Me he leído ambas sentencias del Caso "Manada" y respondo a

TheFiskal

Pues eso, shurs, como jurista que soy he terminado hace 5 minutos de leerme tanto la sentencia condenatoria como también la absolutoria (370 páginas en total) y respondo a todas vuestras inquietudes sobre el sonado caso de "La Manada"

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N

#1 k ha pasao al final? xk hay tanto drama? xk se han comido solo 9 años y no mas? la tia no opuso NINGUN TIPO de resistencia? Hubo violencia o no? Intimidacion? Ha sido violacion o abuso sexual? Cuantos han sido condenados?

totespare

Pues para empezar, un RPV no estaría mal.

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MegalomaniaC

#3 +1

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Bl3sS

Yo también me la he leído, a ver... ¿qué posibilidades crees que tienen en llegar al supremo y que los absuelvan?

kaseiyo

has leido la sentencia mientras probabas la mcrib?

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aimettijosh

Has probado la McRib? Que opinas del beso negro? contestas preguntas?

2
aimettijosh

#6 :triumph:

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azteca

Porque tardas tanto en contestar las preguntas?

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k4za

es verdad lo de que se agarro al pene porque se caia? para sujetarse y evitar la caida

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DalinarKholi

Es verdad que uno de ellos tropezó y se la metió a su colega?

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Zaryei

¿Por qué si Buzz Lightyear pensaba que no era un muñeco se quedaba quieto cuando llegaba Andy?

79 1 respuesta
Vireca

te aburrias mucho para leerte esa chapada de sentencias?

Eyvindur

¿Interpretas que la chica se quisiera follar a los cinco o no?

¿Dice algo sobre si el gordo podía llegar a verse la polla?

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Petterrr

¿A quien ves como ganador de la KBO 2018, a los Doosan Bears o a SK Wyverns?

Voorhees

#12 Para pasar desapercibido.

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B

Has probado la McPolla?

B

hola nhor

actionchip

Has probado la Mcmada?

Tu también te caes y te comes una polla para no perder el equilibrio?

2 respuestas
TheFiskal

#2 Al final ha resultado ser que existe una sentencia mayoritaria y condenatoria (2 votos a favor) por un Tribunal colegiado de 3 jueces, y 1 voto disidente y particular absolutorio.

El RPV podría describirse del siguiente modo:

La denunciante se sentó al lado de "El Prenda" en un banco de la Plaza del Castilo de Pamplona y comenzaron una amistosa conversación. Hablaron de sus ciudades de origen, tatuajes y fútbol. Luego de ello la conversación derivó a un contexto más "picante" donde incluso El Prenda soltó: "yo no soy un sevillano cualquiera. Yo soy cinturón negro comiendo coños". Después de ello se acercó Angel Boza y le preguntaron a la chica que cuál era más atractivo. Ella respondió que ambos. Llego el resto de integrantes de la Manada y acordaron tener sexo grupal. Algunos de ellos como Boza y Prenda ya habían practicado sexo grupal con anterioridad. En los fotogramas captados por las cámaras de vigilancia de la ciudad se aprecia como los integrantes de La Manada realizan señalizaciones direccionales para buscar un lugar en el que practicar sexo. La chica decía en la denuncia que lo que ella quería era irse a su coche a dormir pero llama la atención que siendo ella la única conocedora de la ubicación del mismo, no fuese ella quien dirigiese al grupo. Contra lo dicho, la chica sigue a la Manada según se aprecia en diversos fotogramas a diferentes locales de ocio. Allí tratan de buscar algún baño pero está repleto de gente. No pueden. Van hasta el Hotel Europa y preguntan por una habitación para follar. Les dice el portero que está todo lleno. El portero afirma que la chica estaba a su lado y escuchó "la habitación para follar". La chica sigue con el grupo hacia calles por las que ella nunca antes había recorrido, pues no era natural de Pamplona. Sigue llamando la atención el hecho de que no fuese ella quien dirige el grupo cuando supuestamente quería irse a dormir a su coche. Se desvía de la Avenida Carlos III (calle más ancha, concurrida e iluminada a las 3am), y más corta para llegar al automovil, el cual estaba aparcado en Soto de Leizkaru. Se aprecia en los fotogramas de la ciudad como va de la mano con Ángel Boza en todo momento, de manera "cariñosa" junto, asimismo, los 4 compañeros. Incluso se besa con este mismo. Llegan al nº 5 de Paulino Caballero y se meten dentro de un portal. Allí comienzan a mantener un acto crudo de puro sexo grupal. Ella misma se retracta en fase plenaria de sus declaraciones en sede de instrucción judicial y afirma que nunca la habían violentado ni intimidado en ningún momento previo, coetáneo y posterior a los hechos. Tampoco consta ningún rasgo de violencia en los informes periciales médicos. En los vídeos se aprecia en forma de audio el siguiente diálogo: - "Quieres que te la meta?. -"sí". - "Pal fondo". 2 Policías tenían la obligación de aislar el audio, mejorar la calidad para poder identificar quién emite la afirmación pero no lo hicieron y no lo presentaron en el juicio cuando debían haberlo hecho. Cuando la Manada abandona a la chica luego de haber mantenido relaciones con ella se aprecia en los fotogramas que no huyen, sino que deambulan con total normalidad. Tienen la conciencia tranquila. Cuando la chica es hallada en el banco llorando, una pareja le pregunta qué le ha pasado y ella solamente dice que unos chicos le han robado el móvil y nada más. Cuando llega la policía y pregunta a mayores si la han violado ella afirma que sí. Así empezó todo.

Las violaciones son según la RAE el hecho de tener acceso carnal con alguien sin su consentimiento. Las violaciones pueden producirse en estricto sentido legal por vía de la agresión sexual o del abuso sexual. La diferencia entre agresión sexual y abuso sexual es que en la primera o bien ha de mediar como nexo causal violencia y/o intimidación. En el abuso sexual no existe ni intimidación ni violencia, sin embargo, el acceso carnal tiene lugar sin consentimiento de la presunta persona agraviada.

#5 Han sido condenados 5 por ahora. Sin embargo la resolución no es firme y será recurrida ante el TSJ de Navarra en apelación. Seguramente también lo sea en casación ante el TS. Yo pienso que serán absueltos. Si los han condenado ha sido por presión social. Opino que los 2 jueces condenatorios lo han hecho porque no querían meterse en un fregado de cara al femini-fascismo.

#9 me lleva tiempo

#10 estaba la chica masturbando activamente a los integrantes de la manada. La acusación dijo que lo hacía para no perder el equilibrio

#11 no lo sé. Lo que sí es cierto es que en el video se aprecia el diálogo "quieres que te la meta?" a lo que se reponde "sí" y se termina con un "pa'l fondo". Lo que no se sabe a efectos declarativos y probatorios en sede judicial es quién lo ha emitido. 2 policías debían presentar la prueba de audio y no lo hicieron.

#13

#14 el gordo según él declaró "no soy un sevillano cualquiera. Soy cinturón negro comiendo coños". Hablando de pollas que veo que te interesa, se describe en las sentencias que sus penes se ven flácidos durante los vídeos, por lo que se masturban para tratar de mantener una erección

15 5 respuestas
TheFiskal

#19 personalmente soy más de sentarme encima de la tarta y degustar una buena polla dada mi condición de aliado feminista

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Ozonoo4

#4

Bl3sS

#20 mal empiezas, es ELLA la que se acerca al prenda, que está sentado en un banco

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TheFiskal

#23 Totalmente cierto. Se me fue. He corregido el error

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NickNack

Esto no le interesa a nadie! Si no como van a poder soltar sus cuñadismos, a donde vamos a llegar, leerse la sentencia antes de opinar! Habráse visto! Ahora mismo me voy a darle a compartir un par de veces a alguna gilipollez de FB relacionada para equilibrar la balanza.

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Darax

#20 Yo no me he leído toda la sentencia, pero si me he leído los antecedentes de hecho y la verdad es que deja abiertas muchas dudas acerca de si es o no aplicable el art.281.3 CP, porque yo ni si quiera lo consideraría abuso de ser tal y como se relatan los hechos.
La chica va con ellos en todo momento y nunca manifiesta su disconformidad, habiéndose liado previamente con uno de ellos y sin que en los videos se observe el más mínimo indicio de violencia o intimidación. Efectivamente creo que él y la juez que votaron a favor de condenarles tiraron por un término medio insostenible y que siendo rigurosos no hay hechos que determinen de forma feaciente que esa chica no consintió esos actos.
Hay un argumento por parte de la acusación; y es que la chica se queda en estado de shock, sin embargo cuando acude a urgencias no se le observa que haya estado o que esté en tal estado.
Yo creo que se van a llevar un buen palo aquellos que dicen que van a ser condenados por violación.
Lo que si que te querría preguntar es si crees que tal y como está de mediatizado el asunto, es posible que a pesar de todo les condenen por violación, mantengan el abuso o que directamente les absuelvan, teniendo en cuenta que se presume una mínima profesionalidad de los jueces que vayan a llevar el caso en instancias superiores, además de la información que tienes acerca del caso en base a la sentencia actual y datos que puedas manejar?

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B

#20 eso es un rpv hijo de puta?

1 2 respuestas
Igneox

#27 Hombre, 340 páginas en un par de párrafos está muy bien...

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TheFiskal

#26 En primer lugar, hablando de si es aplicable el art. 181.3 del CP es necesario que se den sin excepción las siguientes condiciones:

1) Situación de superioridad manifiesta; 2) Influencia en la libertad de la víctima, coartándola; 3) El agente es consciente de su superioridad y de sus efectos inhibidores de la libertad de la decisión de la víctima, se prevale de la misma situación para conseguir el consentimiento así viciado a la relación sexual.

EJEMPLO APLICATIVO DEL 181. 3. CP: El director de cine que "amenaza" a una determinada actora con que, si no mantiene relaciones sexuales con él no conseguirá el papel en su proyecto filmográfico.

En el caso Manada se podrían cumplir los 2 primeros requisitos, (digo podría porque aún así habría bastante que debatir), como sería lo típico de manifestar "que solamente porque hay 5 hombres, en caso de no aceptar mantener relaciones con ellos de manera repentina devendría un mal automático contra ella".

Aceptar este discurso de odio hacia los hombres tan típicamente feminista implicaría criminalizar a todo varón sin excepción únicamente por el hecho de serlo, cual pecado original. Se trata de una conjetura o presunción contra reo que no tendría validez en el proceso penal por lo aberrante y antidemocrático que sería aceptarlo (aunque a los aliados feministas como yo nos mola la idea). Res ipsa loquitur en mi opinión, además de que nos abriríamos a las puertas de un Derecho Penal de autor, incompatible con principios constitucionales y democráticos

En relación al tercer elemento, el "dolo" en sentido estricto, los acusados no eran conscientes de ello. Me remito a lo declarado en juicio.

Preguntada la denunciante:

¿Qué manifestación hizo usted, de cara a ellos, para que supiesen que usted estaba en situación de shock y que estaban teniendo esa situación de relaciones sexuales sin su consentimiento? ¿Cómo pudieron ellos; si usted manifestó algo, verbalizó algo?

a lo que responde literalmente:

no, o sea, yo cerré los ojos, si... eh... no hablaba, no, no estaba haciendo nada, estaba sometida y con los ojos cerrados, sí, eso... o sea, estaba con los ojos cerrados y sin hacer nada

a la siguiente pregunta formulada a la denunciante:

Desde el punto de vista de los procesados, ¿usted en algún momento hizo algún gesto para que pudiesen saber si consentía las relaciones?

responde ella que:

no, no hablé, no grité, no hice nada, entonces eh... que yo cerrara los ojos y no hiciera nada lo pueden interpretar como... eh... como que estoy sometida o como que no

(la tontería de la chavala habla por si sola).

Si incluyésemos como cierto que la chica estaba en estado de shock y que por ello la denunciante no negó su consentimiento a las relaciones sexuales cuando anteriormente sí lo había dado a entender, estaríamos hablando de un error del tipo invencible o vencible en la comisión del supuesto hecho (art. 14 CP), siendo en este caso absueltos puesto que los abusos sexuales no contemplan su comisión en forma culposa o negligente sino única y exclusivamente de manera dolosa.

Respecto de lo del estado de shock. El doctor Alfonso Sanz Cid y perito en el caso, (http://studylib.es/doc/319224/curr%C3%ADculum------vitae-dr.-alfonso-sanz-cid--1 he ahí su CV), declara que tras haber visualizado los vídeos cientos de veces no puede afirmar que en la denunciante se aprecie una "sumisión provocada por estrés agudo porque hay más actividad que pasividad", ya que la denunciante "está más cerca de saber lo que hace a no saberlo", no ve ninguna fuerza y sí movimientos sincronizados entre los varones y la mujer, movimientos que no son de empuje del varón sobre ella sino sincronizados y que requieren de una participación activa de la mujer. También aclara el perito que no existe la palabra "shock" en psiquiatría sino reacción de adaptación o de estrés, lo cual cabe esperar de dicho estado de ánimo una reacción de defensa y/o evitación.

Hablaré resumidísimamente y como así resalta el juez discordante que en este caso se ha fallado y condenado sobre abusos sexuales, (delito de cual no se enjuició, acusó y contradijo en ningún momento del proceso judicial), y que vulnera el principio acusatorio del procedimiento penal. Para que lo entienda la gente que no posee conocimientos jurídicos; no se puede por regla generalísima condenar a una persona por abuso sexual si ella solo se ha defendido de la acusación por agresión sexual que son cosas distintas. Se vulnera así el derecho fundamentalísimo a un juicio justo, garantista y a la pertinente defensa. De hecho así lo manifestó el abogado defensor Martínez Becerra; se trata de una sentencia condenatoria no ajustada a Derecho legal ni jurisprudencial.

En mi opinión los acabarán absolviendo, el CGPJ ya está tratando de curarse en salud frente al idiotismo sesgado, populista, victimista e irracional contenido en el ideario, (ya bastante expandido cual cáncer maligno), feminista porque sabe que le acabará llegando el caso por vía del recurso de casación, (dado a su notorio interés general y jurídico), y que tendrá que fallar sobre él pro reo y de manera absolutoria. Véase en este sentido el comunicado reciente del Presidente del Tribunal Supremo y CGPJ

1 respuesta
TheFiskal

#27 Sep, ese es mi RPV sobre un caso tan polémico y controvertido

PD: la tuya más

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