Cambio de contrato: Prácticas > Indefinido

STAN

Hola amigos, bienvenidos al templo del aim.

Mi duda reside en saber si cuando un contrato en prácticas cambia a un contrato indefinido, se recibe algún tipo de liquidación, pago, etc.

El día 31 acaba mi contrato en prácticas (para el que no lo sepa: un contrato en prácticas después de dos años pasa a ser indefinido), y me gustaría saber si debería recibir algo, o simplemente es un cambio a un nuevo contrato con mejores condiciones salariales.

Quizás alguno de vosotros haya pasado por ello, o bien sabe como es la legislación, y puede echarme un cable.

Un saludo y gracias.

glolg

Como mucho si te daban algo en las practicas (dietas, transporte etc.) quizás te lo den. Pero no están obligados a hacerlo.

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STAN

#2 En prácticas se cobra el 60% del sueldo de una persona con el mismo título el primer año, y el 75% el segundo. Pero ahora que termina, no sé muy bien si simplemente pasa a ser indefinido, o hay que cobrar la liquidación del de las prácticas para formalizar uno nuevo.

Mi jefe es buena gente, pero me gusta estar interesado en estos temas.

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wolfmanovich

#3 Si te renuevan pasas directamente a indefinido y a cobrar el 100% (salvo que negocies unas condiciones mejores, eso ya va por los intereses de ambas partes), te harán firmar la actualización del contrato igual que cuando pasaste del 60 al 75%

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granaino127

#1 Bueno.... puede ser que te hagan indefinido, pero el 90% de empresas lo que hacen es tras los 2 años echarte unas semanas/meses y después hacerte contratos temporales si les gustas "y quieren tenerte".

Así jamás podrás pedir una hipoteca porque con contratos temporales te darán puerta y siempre estarás con la presión y miedo en el cuerpo de si "te irás o no te irás", que en estos tiempos donde no sabes donde acabarás pues realmente jode....porque en "época buena" sabes que teniendo experiencia a poco que te muevas siempre tienes salida laboral, pero ahora....eso hay quien lo usa como arma para meterte condiciones de mierda con el pretexto de "si no lo aceptas tu lo hará otro".

Si pasaran a hacerte fijo (como si te echan y vuelves con contrato temporal tras X tiempo) cobrarás el 100% de lo que por convenio laboral esté estipulado en esa empresa.
Pero adivina, la mayoría de empresas sabiendo eso lo que les interesa es poder meter gente siempre con contratos en prácticas porque además de pagarte menos reciben ayudas y les cuestas practicamente gratis y una vez se termine el contrato en prácticas no es que les cuestes un 30% más caro si no a lo mejor un 70-80% más caro dependiendo las ayudas que estén cobrando por ti, así que si realmente acabas fijo puedes "besar el santo".

Actualmente la mayoría de empresas buscan que tengas Bono Joven o estés en el programa de Garantía Juvenil o que te puedan hacer contrato en prácticas.... Cuando no dispones de esas "herramientas" jodido está.

PD: #3 Hasta donde recuerdo es el 70% el segundo año, aunque supongo que por convenio puede ser más si así se acuerda.

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Just1n

#3 No se liquida nada. Simplemente pasas a indefinido. Eso si, tu antiguedad en la empresa es desde que comenzaste las practicas.
Ya veras que ostion de IRPF te van a meter (si te estaban reteniendo un 2% en practicas como me hicieron a mi :X)

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STAN

#4 Gracias tío :).

#5 La verdad es que sí, las bonificaciones que tenían antes conmigo no las van a tener ahora. Pero por suerte ya esta todo hablado y voy a pasar a indefinido. Esperemos que con un sueldo decente. Como dice el amigo, ahora el IRPF ya no va a ser un 2% :P.

#6 A ti y a todo el mundo jajaja, los contratos en prácticas llevan implícito un 2% de IRPF. Gracias por la información!

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H

2 putos años en prácticas lol, lo que hay que ver

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granaino127

#7 Enhorabuena entonces, y el IRPF si, ya verás en función de tu tramo que bien xD.

Actualmente ni la compra de vivienda desgraba así que te van a dar unos crujidos buenos hasta que no seas padre de familia xD!

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B

#3 Sigue el tracto sucesivo del contrato, y no se liquida nada, ya que te cuenta como antigüedad.

T

#9 lol y por que le van a crujir? si lo que quieres es no pagar y que te salga a devolver siempre ponte un minimo de un 10% y ya veras como no hay crujido,es lo que tiene querer cobrarlo todo y pagar solo el 2%

Pontifex

Yo estuve en esa situación, el único finiquito que me dieron fue la parte proporcional de la paga extra que me tocaba

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cristofolmc

Si cuando se acabe el contrato no te han despedido, en teoria automáticamente se convierte en indefinido. Pero sería mejor hablarlo antes con los bosses. Pero te sorprendería saber la de gente que no sabes esto y se encuentran en los tribunales demandados por despido improcedente porque resulta que el contrato pasa a ser indefinido automaticamente sin que ellos se enteren. xD

STAN

No no, si ya esta todo hablado, me hacen indefinido 100% (otra cosa es el sueldo que mañana me digan).

Aprovechando qué estáis aquí? A que afecta tener un 8% de IRPF o un 12%, aparte de a la declaración de la renta?

#12 Las tengo prorrogadas, así que entiendo que nada.

#8 Muy hard, eh?

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granaino127

#14 La retención que se te hace mensual en la nómina es lo que va destinado a hacienda según el tramo que te toque.

Si te retienen demasiado poco, cuando hagas declaración te pegan el crujido y abonas de golpe todo y si te retienen bastante puede que en la declaración incluso salga a devolver.

Así que los porcentajes lo que significan es el % de sueldo que te retienen mensualmente para hacienda.... más % más sueldo retenido.

Por cierto, si tienes curiosidad en saber en que tramo estás:

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STAN

#15 No me cuadra, la mayoría de amigos que tengo cobra menos de 20.000€ brutos y solo tiene IRPF de 8%. Además, suelen devolverles siempre, aunque sea poco o nada.

Aparte, ¿el IRPF solo afecta a la Declaración de la Renta? Porque alguien que no llegue al mínimo podría ponerse el IRPF más bajo, ya que no tendría que hacerla y ganaría más cada mes.

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granaino127

#16 A ver, para que entiendas como va.... pongamonos en este año 2016:

Hasta los 12.450€ se te aplica el tipo del 19% y lo restante (si estás debajo de los 20.200, segundo tramo) sería el tipo del 24%.

El % que comentas no es "el IRPF que pagas" es el % que te retinen a modo de adelanto y cuando sea el plazo para presentar declaración y la presentes, si pagas de más te devuelven y si pagas de menos te cobran.
Las empresas generalmente calculan al alza la retención para evitarse problemas.

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STAN

#17 Y ese 19% o 24%... hablas de IRPF directo? Lo que te quitarían? Porque no me cuadra :P.

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granaino127

#18 No entiendo a que te refieres con IRPF directo....

El IRPF es lo que vas a pagar a hacienda ese año según el tramo en el que estés...pero la cifra es variable en función de edad, discapacidades, número de hijos, estado civil (y si tu pareja tiene ingresos y que ingresos sean), etc.

En tu caso creo que eres soltero, sin cargas familiares y sin hijos así que no tienes "descuentos".

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Zoth

Estamos en las mismas. Una cosa, que estés de práctica y termines no quiere decir que te tengan que hacer a la fuerza indefinido, es solamente si quieren que sigas trabajando con ellos. El plazo termina, es lo mismo que si no te hubiesen renovado el contrato en prácticas el año pasado (o hace 6 meses) no te renuevan, que es diferente a que te despidan.

Y en prácticas podemos cobrar el 100% pero como no es obligatorio en los dos años pues... pero como poder se puede, compañeros míos pasaron a cobrarlo el año pasado justo antes de las elecciones (oh).

Y del IRPF tampoco vas a notarlo mucho, tampoco sé tu sueldo pero yo pasaría del 19% al 24%, psee.

De todas formas enhorabuena. Yo hasta Junio del año que viene no sé nada, aunque bueno, le salimos baratos así que.

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STAN

#19 No entiendo lo de los tramos, porque donde pone un 19% yo pienso en un 19% de IRPF al mes y eso es una sobrada, lo estoy entendiendo mal.

#20 Por suerte me quedo, ya esta hablado y mañana firmo, aunque aun no se con que condiciones. Es muy triste que les exijan el 60% el primero año y 75% el segundo, y no se salgan de ese margen, pero como tú has dicho, les salimos baratos...

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Zoth

#21 Sí es triste, sí. Yo tengo que compartir piso si quiero ahorrar algo a fin de mes, que a fin de cuentas son 100-150€. Ya cuando tenga el contrato al 100%, si es que llega, entonces podré buscarme un piso para estar a solas.

Es triste, sí.

PD - Me he equivocado, seguiría en el 19% de IRPF, psee...

#21 Lo del IRPF es al año entero.

Pontifex

Lo que hay que hacer es pedir a la empresa que te ponga la retención al mínimo. Luego si ganas menos de ¿12.000? al año no has de hacer declaración

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B

#21 el limite que te exime de presentar declaración son 22.000 euros anuales, si tienes un solo pagador.

ah, y lo de los tramos, se aplican a la base imponible, que no a tus ingresos anuales, ya que estos tienen deducciones.

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granaino127

#23 Aun poniendote el minimo de retención del 2%, en esos casos sigue siendo probable que hasta haciendo declaración salga a devolver...

Aun los que están en primer tramo yo siempre aconsejo hacer el borrador por lo menos aunque sea, porque aunque sea poco no es dificil que salga a devolver.

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Zoth

#25 Sale a devolver sí, lo he hecho los dos años.

PEPEPAKO

#1 En principio me parece que al no cesar el trabajop no tienes derecho a ninguna liquidación ni nada por el estilo. Lo que te hacen es una actualización del copntrato por el cual dejas de estar en prácticas y pasa a estar en el régimen normal con lo que cobras el 100% del salario. Vamos que es como si te subiesen el sueldo pero nada más.

Respecto al IRPF, lo mejor ers que firmes con la empresa que te retenga el porcentaje que te corresponda, así no te llevarás sorpresas el próximo junio con la declaración. Y paqra lograr deducciones si no estás casado, tienes hijos, eres dicapacitado etc etc yo te recomiendo un plan de pensiones. Es un dinero que aunque no puedas disponer de el, sigue estando en tu bolsillo y no en el de hacienda.

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granaino127

#27 Hasta que te hagan un "Bankiastyle" y ese dinero no esté en tu bolsillo y/o te pongan 90238943 problemas si quieres recuperarlo antes de tu jubilación por el motivo que sea.

Los planes de pensiones no son ninguna garantía 100%....más garantía te va a dar el Estado salvo que el nos gobierne la extrema derecha y eliminen las pensiones y se privaticen mandando el estado de bienestar a la mierda xD!

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KueS

#21 Pues si que te van a robar un 19%, si. La vida de los mayores, que es muy dura xD.

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ManOwaR

Yo estuve de falso autonomo con bonificaciones hasta septiembre de 2015, luego me pasaron a empresa fijo y este año me crujieron casi 800€ en la declaracion. Todo en la misma empresa (pero lo de falsos autonomos lo llevaban por cooperativa ajena a la empresa). Tecnicamente tuve 2 pagadores diferentes y ya no son 22000€ lo que te obliga a hacerla y pagar, son 11000€ en un año fiscal de uno de los pagadores (y claro, como autonomo cobraba una burrada, compensando que tienes menos paro en regimen especial, no tienes vacaciones, ni pagas dobles. Simplemente facturas a base de horas).

Si te liquidan de practicas y te pagan algo despues de pasarte a fijo, significa que te llevara otro pagador dentro de la misma empresa, y que tienen algun chanchullo montado con los que estan en practicas, al igual que otras empresas lo hacen con cooperativas y falsos autonomos. Si no te liquidan, estas salvado y sigues tu rumbo conservando incluso antigüedad, que a la hora de que te echen, son 20 y pico dias por año trabajado.

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