que pasa si me voy de un trabajo sin avisar

Don_Verde

Lo normal es que te quedes sin finiquito y paro debido a que lo consideren un cese voluntario en vez de un despido procedente, luego si el empresario tiene ganas de tocar la moral al extremo te puede reclamar que no lo avisaste con 15 días de antelación y buscarte alguna trama legal.

Mi consejo es que avises, aunque sea un día antes, sueles quedar bastante mejor y, muchas veces dependiendo del sector laboral, eso de abandonar trabajos sin previo aviso se corre el rumor como si fuese la pólvora...y puede conllevar consecuencias laborales nada agradables.

Si es por algún tema de explotación laboral, ni lo dudes:

http://www.empleo.gob.es/buzonfraude/

O contactar con algún sindicato o abogado laboralista, que generalmente no suelen ponerte una factura por una simple consulta. Si es un fraude muy notorio, y lo suele ser, ni siquiera llegarás a ningún tipo de juicio y en el acto de conciliación te van a dar lo que busques con tal de no llevarlo ante un juez.

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B

#1 como tú está el mundo lleno, irresponsables por doquier.

Eos si, quiere hacer lo mismo la empresa con una alimanaña garrapatil tiene que pagar lo que no está escrito

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B

Que te van a poner una falta grave y a la siguiente llaman a tus padres para que firmen el castigo, ojo, en boli rojo...

Leoshito

#32 Normal, porque la empresa ya se dedica a robar y amenazar a los que necesita para existir.

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B

#5 Eso no es cierto. Simplemente afrontaría un despido procedente.

B

#34 que dejes de mentir.

Que eso lo puede hacer una empresa, o dos o las que sean pero no todas. Que eres un demagogo.

Hoy asistimos a una persona, que no sabemos el tiempo que lleva.

Puede llevar una semana o 7 años.

Si se va, sin avisar, lo único que tiene que hacer es “pagar” esos 15 días.

Si es la empresa la que lo tiene que echar, pues desde 0€ hasta una millonada.

Claor qe si, todo correcto

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Don_Verde

#36 Yo lo dejaba atado con una cadena al lado de su puesto de trabajo hasta que no consiga un beneficio suficiente para pagar su propio despido. Algunos lo llamarán esclavitud, pero como no se usa el látigo, no lo sería.

Ya seriamente, en todo caso a culpa será del departamento de personal o recursos humanos que contrató a una persona no capacitada, en aptitud o actitud, para el puesto de trabajo. Si es una PYME, pues del empresario. No será por opciones por parte de la administración de contratos de formación, periodo de pruebas y demás zarandajas como para comprobar la forma de trabajar de una persona en un puesto antes de realizarle un contrato normal y que te comience a doler en el bolsillo el despido.

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B

#37 ja jajajjaja aún me caigo de la silla que la culpa es de la empresa por contratar mal stias macho XD

Si no digo que tenga que pagar su despido , digo que si él no lo paga no se proque lo tiene que pagar la empresa

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Aidanciyo

Poco

Mnotauro

#5 Si llevas menos de un año en la empresa no y si tienes contrato de prueba tampoco.

Don_Verde

#38 Se llaman derechos laborales, algo muy viejo y anticuado ya conseguido a finales del XIX y del XX tras un periodo de explotación laboral brutal y bastantes revueltas, sangre y muertos. No te preocupes, de aquí a un par de generaciones no queda ya ni el recuerdo de eso.

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B

#41 que si que si y hace 50 años se seguía usando el garrote vil y era legal. Peor que no deja de ser igual de absurdo

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Don_Verde

#42 Don't worry, de aquí a menos de 100 años volvemos a lo anterior a los derechos laborales, aquel maravilloso mundo laboral de comienzos de la revolución industrial y para despedirte solo hará falta una voz del empresario mandándote a tomar por el culo. Luego se nos llenarán las calles de pobres y gente pidiendo, pero bueno, así las pobres empresas no serán explotadas por los malvados trabajadores que pretenden una indemnización por despido.

Que oye, yo pienso que el estado roba al empresario inmensamente más que el peor trabajador posible...pero como contra papá no se puede decir ni mu por que te reforma la ley y te joden el negocio...pues toca apretar la soga del pringao del currela. Aún queda margen para apretar la soga, bastante.

TheStarKille

En un principio nada, pero sería un putadon para la empresa, mejor no lo hagas

keyvex

como pasar, no te pasara nada.. pero no vuelvas a pasar por esa calle, a riesgo de que te rajen..

SabinoArana

Pasará que depende de que trabajo sea y lo bien que se lleven los del sector, no trabajas en un puesto similar en tu puta vida xd

Prixhus

@Rutgly Si estás en período de prueba no pasa nada, ni justificación ni indemnización (artículo 14 del Estatuto), si ya has pasado el período de prueba necesitas hacer un preaviso de 15 días.

B

#31 como curiosidad, el finiquito no se debe perder per se, porque es la expresión de la liquidación de las cantidades adeudadas al trabajador, cómo puede ser el salario, la proporcional de la extra o las vacaciones generadas y no disfrutadas.

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Prixhus

#48 Puede que este usuario se refiera a la prestación de desempleo y lo haya confundido con finiquito. Finiquito lógicamente sí que tiene.

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Don_Verde

#48 Lo desconocía, se agradece el dato, siempre es muy importante mejorar la información sobre materia laboral, nunca se sabe como puede ir la cosa, aunque (creo) tengo estabilidad laboral por ahora. Tenía entendido de que si te marchas voluntariamente, aparte del salario proporcional a los días trabajados, perdías el resto como las vacaciones no disfrutadas o las extras...por simple curiosidad, supongo que también se aplicará a las extras cuanto la recibes prorrateadas, ¿no?

Si la respuesta es no, ya tengo posible mejora del contrato cuando me toque sentarme con el jefe :P

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B

#49 a ver es que lo que dice el no es incorrecto, porque si no media preaviso muchas veces se compensa x los días no preavisos como "castigo" por el perjuicio generado.

#50 te diría que si, ya que la propia naturaleza de la extra no cambia, este o no prorrateada.

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Prixhus

#51 Sí, esos días se pueden descontar del finiquito.

Halcon1987

En caso de que estés en periodo de prueba no ocurre nada.

Por el contrario, si ya no lo estás depende del convenio laboral que te corresponda. Lo normal es que te descuenten de la indemnización la parte proporcional que corresponda al plazo mínimo que tienes para avisar de que renuncias a tu puesto de trabajo, pero pueden existir alguna otra cláusula. Es echarle un ojo a tu convenio y ver que dice.

RosaNegra

Ya solo por irte no tienes derecho a paro. Además, sería un despido procedente, por lo cual no tienes derecho a finiquito. E incluso la empresa podría retirarte de tu sueldo una porción correspondiente a los 15 días de preaviso en concepto de pérdidas.

Eso es todo lo que te puede pasar. Ah, y si es una empresa grande, olvídate de trabajar más con ellos. Ya de por sí suelen poner en la black list a la gente que se va avisando, más a alguien que se va sin avisar.

OJO!: Hay empresas que se portan y te pagan aunque te vayas de un día para otro. Por ejemplo, a mi en Mediamarkt me fui de un día para otro porque encontré otro trabajo y les avisé diciendo "mañana no vengo". Me pagaron finiquito y no me descontaron nada. La verdad que me quedé con cara de LOL.

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AlunaGeorge

Depende, si trabajas para la CIA no se.

Retourned

Pregunta trampa. En España apenas hay trabajo.

Me la sabía.

Prixhus

Me hace gracia la gente que pone que sería despido (procedente o improcedente) y es mentira ya que es una dimisión no un despido, es otra manera de extinguir la relación laboral, pero no es lo mismo despido (involuntario para el trabajador) que dimisión (extinción a priori por decisión del trabajador).

La dimisión aparece en el artículo 50 mientras que los diferentes tipos de despido aparecen a partir del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.

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Culebrazo

2018 y los derechos laborales siguen siendo absurdos para algunos...

Osea que si te tienes que cambiar de ciudad por X motivo, lo primero es preocuparte por la empresa donde trabajas, y si eso pues ya luego puedes preocuparte por tu vida xD

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eXtreM3

#58 tanto te cuesta llamar 1 minuto por teléfono a la empresa simplemente para decir que te vas y no vas más?

Bienvenido a la vida de adulto y las responsabilidades.

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totespare
#54RosaNegra:

Ya solo por irte no tienes derecho a paro. Además, sería un despido procedente, por lo cual no tienes derecho a finiquito. E incluso la empresa podría retirarte de tu sueldo una porción correspondiente a los 15 días de preaviso en concepto de pérdidas.

Amos a ver, no mezclemos churras con merinas, que vas a confundir al personal. Si te vas sin firmar tu carta de renuncia voluntaria, te echarán del trabajo, lo cual sería un despido procedente, con el cual tienes paro y finiquito, y ni preaviso ni mierdas. De hecho sería un despido disciplinario, concretamente.

Si firmas tu carta de renuncia, tienes que dar 15 días laborales de preaviso y te quedarías sin paro.

Y bueno, el finiquito te pertenece por ley, eso no te lo pueden quitar nunca.

#58 todo un drama mandar un email o hacer una llamada, por supuesto.

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