Andrzej Sapkowski finalmente recibirá una compensación adicional por parte de CD Projekt RED

1Vash1

yo no entiendo este hilo, que tiene que ver que el libro sea mejor o que el juego guste mas, aquí hay un señor que acepto un acuerdo porque ni el mismo confiaba en su propia obra, al ver que la cosa es un éxito quiere mas y ese acuerdo le parece poco. si no crees tu en tu propia obra y la malvendes mala suerte, es un negocio mal cerrado pero cerrado. y por mucha ética que le queráis poner CD project podría haber mandado al señor polaco a afilar cucharas y sin embargo le han hecho un favor.

B

#210 Cuentame que te parece mal de mi comentario xD

Han cogido una idea que no conocía nadie (o generaba tan poco que su propio autor la vende por menos de 10.000€ me da igual) y la han convertido en un juego de la hostia capaz de darte como propina 14 millones años después. Que si, que la idea original era del escritor, y digo era porque el mismo la vendió a pesar de que le ofrecieron porcentaje.

Si es que le han hecho publicidad encima para vender mas libros JAJAJAJA Es ridículo.

Es como si compras un coche por 20k, ganas una competición que genera 50k y la marca del coche te pide parte del premio. No coño, es mas, el año siguiente te regalan el coche por la publicidad que les haces.

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Coman2Sueco

#212 en serio me pides explicaciones de que tiene mal tu comentario? solo tiene una y para que no suene mal es de anomalo total, creo que queda mas que explicado y de manera razonable que no necesito ninguna linea mas que perder contigo

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B

#213 Pues lo típico en Mediavida. Para no decir nada lo mejor es no comentar.

vinnen

#212 ¿Cuando le vendió la idea? Según tengo entendido los derechos morales no se pueden vender. Lo que vendio es un tipo de derecho el creador sigue siendo el y no tenemos el contrato para ver cuáles eran las condiciones de tiempo y demás ¿Cierto?

Es sencillo un señor sale diciendo que se arrepiente de su venta sin tener ni idea de leyes, alguien que si las conoce le dice que le deben algo por su trabajo porque según el la empresa a vulnerado sus derechos de autor (si, existen más que solo el que vendió y son suyos porque es SU obra). La empresa se lo niega porque dice que no debe nada.

El juicio va para delante, en el acto de conciliación los abogados de la empresa recomiendan un acuerdo, eso da a entender que podían perder más dinero. Llegan a dicho acuerdo.

Es algo que obviais mucho, este señor no debe nada porque es su trabajo, pero parece que hay una vulneración de derechos por parte de la empresa.

Pd: no es una verdad, es según las actuaciones de uno y otro lo que parece en mi opinión lo que ha ocurrido.

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n3krO

#208 Seguro que no ha pedido solo 10 mil dolares XD

1
rusillo_

#215 Es que para empezar algunos parece que no han visto un contrato en su vida xd, por cosas asi hasta me alegro de que ahora se enseñe fol en los ciclos formativos.

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vinnen

#217 Pues agárrate los machos que todavía es peor la cosa, más o menos como me había supuesto...

La demanda presentada tiene dos puntos importantes, el primero es la ley de coyright de Polonia que en el artículo 44 dice:

Article 44. In the event of gross discrepancy between the remuneration of the author and the benefits of the acquirer of the author's economic rights or the licensee, the author may request the court for a due increase of his/her remuneration

Y luego vamos a lo gordo, según la parte demandante la interpretación del contrato dice que en el caso de que la compañía adquiriera algún derecho sería referente al primer juego unicamente y que por lo tanto la distribución de los siguientes, de los dlc,etc es ilegal. Que en el mejor de los casos (de la interpretación del contrato) los contratos no reunen los mínimos legales (no sé cómo explicar la palabra al español) y que en el caso de que los siguientes contratos confirmaran la alegación del traspaso de los derechos no estaban, cómo decirlo... Debidamente legalizados y pasaríamos a hablar del artículo 43 que al no indicar que el los derechos se transferirian gratis (hablando de los siguientes juegos) el autor tiene que ser remunerado.

Y básicamente que están al tanto de que la compañía quiere comprarle todos los derechos (ergo no amigos ellos no tienen los derechos de la saga del brujo) y que si se satisface la petición del 6% de royalties desde el segundo juego en adelante (normalmente rondarían el 5-15%) el autor estaría dispuesto a negociar sobre ello, por lo que ya sabemos a qué viene la "donación" al "cansino".

Cómo había supuesto una vulneración de derechos lo que pasa es que la prensa de videojuegos lo trata como un aprovechado cuando al parecer la compañía se ha aprovechado de el y ni si quiera tiene los derechos.

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diprote

esto trae moraleja amigos. ser cansino hasta la muerte tiene sus resultados una paguita de discapacitado para que se calle, eso le pasa por no valorar su propio trabajo en su momento.

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isvidal

#219 Que tiene que ver "No valorar su propio trabajo" con no creer en 4 polacos calvos en su garaje se convertirán en una empresa billonaria sobre tu obra?

Me hace mucha gracia el mantra este que escupís de que no creía en su obra, en todo caso no creyó a 4 frikis que fueron a comprarle sus derechos para hacer un juego hace mas de 10 años.

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RosaNegra

#30 the witcher 1 para la época fue buen juego. El 2 es muy buen juego, el 3 bebe muchísimo de él.

Y del autor he leído bastantes de sus libros de la saga el brujo y si, la historia mola. Pero la adaptación de CDP es mejor que los libros.

Prava

#218 Que sea legalmente correcto no significa que sea moralmente correcto. Si yo te vendo una vasija por 10€ y tú la vendes por 10.000€ porque resulta ser antigua yo me jodo y pedaleo.

#220isvidal:

Me hace mucha gracia el mantra este que escupís de que no creía en su obra, en todo caso no creyó a 4 frikis que fueron a comprarle sus derechos para hacer un juego hace mas de 10 años.

¿¿4 frikis?? Te recomiendo que te informes de quién está detrás de CDPR, que de "4 frikis" no tienen nada.

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AlexD

#222

¿No es moralmente correcto firmar un contrato para cada uno de los juegos? No voy a decir yo que las leyes polacas representan la moral en su máximo esplendor, pero aquí los que la cagaron fueron CDPR por no asesorarse sobre estos temas desde el principio.

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Prava

#223 No hemos visto el contrato, así que es mucho suponer que dicho documento hablaba de un único juego.

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AlexD

#224

Si dicho contrato no hablaba de un único juego y hubiera estado blindado nunca hubieran tenido que llegar a un acuerdo de conciliación años después cuando saben que tienen posibilidades de perder incluso más pasta que la que pidieron los abogados del colega.

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Prava

#225 Puede haber otros motivos, como este:

Article 44. In the event of gross discrepancy between the remuneration of the author and the benefits of the acquirer of the author's economic rights or the licensee, the author may request the court for a due increase of his/her remuneration

Se supone que es una traducción del derecho polaco en cuanto a derechos de autor y tal.

vinnen

#225 #223 De hecho es al reves, para tener los derechos para futuros juegos o merchadising para esos futuros juegos tu deberias colocarlo en el contrato o en su defecto tener los derechos totales que atañen a esa parte. Ahora bien, segun la demanda en una interpretacion ventajosa para la empresa en el mejor de los casos podria darse una renovacion al ceder los derechos, el problema es que esa renovacion no incluye como es obvio que esos derechos se cedan gratis. Al no indicarlo el contrato estarian obligados por el articulo 43 de derechos polacos a renumerar al autor, por lo que el autor pide un 6%, que en un juicio la justicia podria fallar a favor del autor pero en vez de un 6% podria fallar con un 15%, recordemos que los royalties van normalmente desde el 5% al 15%

Sin contrato, no podemos asegurar nada como es obvio, pero que la empresa haya cedido quiere decir que no solo el articulo 44 tiene algo que ver, porque seria una cantidad mucho menor.

#222 Te voy contestando: El caso es que como bien dices no es moralmente correcto al vender, pero es que el termino vender se suele utilizar al ceder los derechos para algo, son cosas totalmente distintas, el autor no ha transferido x derechos a la empresa, lo que ha hecho es ceder (permitirles usar para que se entienda mejor) su producto como un alquiler por asi decirlo... es mas complejo pero creo que es una buena analogia.

De hecho en la demanda hablan (en las demandas tambien se habla con la parte demandante) de que el autor no esta interesado en vender los derechos totalmente pero que un acuerdo satdisfactorio abriria la puerta para que el autor se siente a negociar. Sobre lo que decia el compañero de forma muy poco acertada se referia a que en ese momento eran 4 gatos y en inversion existe un "indice" que se denomina factor de riesgo, realmente la empresa no era nadie en ese momento y es normal que no muchos invertirian en ella. ¿Que puede dar un pelotazo? Si, como ha demostrado, pero era un activo de mucho riesgo.

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