DashCam - Legal o Ilegal

B

Buenas MV.

A mi suegro ayer le ocurrió una locura en la autopista mientras iba hacia Valencia.

El caso es que iba por el carril izquierdo a unos 140 por hora. Cree que le multaron y tal. El caso es que con el susto frenó y, mal hecho, no cambió de carril (estaba la carretera medio vacía) y con la distracción de ir hablando y tal no se percató. De nuevo reitero, mal hecho.

El caso es que un loco con un BMW, como no, apareció de la nads, debía ir a 180 según mi suegro y le adelanto por la derecha, se puso delante de él, hasta ahí todo "correcto" pero el pavo empezó zo a frenar delante del coche de mi suegro hasta ponerse a 50 por hora... Una temeridad vaya que se podían haber matado ambos.

Mi duda es... Si le llega a dar mi suegro lógicamente tenía la culpa el por dar por detrás pero si llega a tener una Dash Cam? Valdría como prueba? Aunque multen también a mi suegro por ir por ese carril, al otro se le caería el pelo?
Es legal llevar una DashCam por si alguien da marcha atrás con el objetivo de arreglarse el coche gratis? O alguien se te tira en la vía para cobrar indemnización?
Si es así... Que modelos conocéis y recomendáis?

Gracias a todos.

challenger

En españa son ilegales hasta donde sé.

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Weahl

#2 No lo son, pero hay que tener cuidado con dónde se posiciona y con el manejo, ya que si dificulta la misión o tienes que accionar un botón para activarla y grabar los últimos eventos que estaba grabando, puede ser motivo de sanción.

https://www.legalitas.com/actualidad/Sabes-que-es-una-dashcam-o-si-es-legal-en-Espana
https://computerhoy.com/noticias/motor/donde-colocar-dashcam-765357

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K

Yo lo veo muy inteligente eso de ir a 140 por la izquierda estando el carril derecho y encima dar frenazo porque me asusté. Dile a tu suegro que amtes de grabar aprenda de nuevo el codigo de circulacion y que se conduce por la derecha asi evitara que otros por su retraso deban adelantar por la derecha.

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Bl3sS

En principio no hay ninguna norma que te prohíba grabar en vía pública a terceras personas siempre que entre en el ámbito personal. De la misma manera que puedes ir dando un paseo y grabando con el móvil lo que pasa a tu alrededor.

Lo que no puedes hacer bajo ningún concepto es utilizar esas imágenes en otra cosa que no sea ponerlas a disposición judicial, pues contienen datos personales de terceros e incumplirías la LOPD.

De todas maneras la normativa que hay sobre esto es bastante gris y sujeta a interpretación.

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d8D

#5

Aunque cualquier persona tiene derecho a captar imágenes en la calle, según la AEPD hacerlo de forma continuada vulnera el derecho a la intimidad de los viandantes… sobre todo cuando no existe un motivo concreto como sucede en este caso. El expediente recuerda que las dashcam deben enfocar “preferentemente hacia el espacio particular evitando controlar zonas de tránsito” y, además, hay que informar a la gente de que pueden grabados a través de un cartel.

Absurdo?

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B

#4 Si eso esta claro, pero no has entendido el punto. El problema no es que le adelanten por la derecha aqui (que también). Soy el primer critico con mi suegro. El problema es poner a alguien a frenar a 50 en la autopista. Imagino que dado que es lo unico que no mencionas seras de los que hace algo parecido.

Aun con todo, yendo a 140 y que te adelante tambien es para criticar a quien va a mas de 140 pero bueno.

Respecto a las demas contestaciones, muchas gracias a todos. Tendre en cuenta todo lo que me decis, sobre todo lo de no tener que activarla. Modelos nadie sabe verdad?

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d8D

#7

Te refieres a eso no? a lo del minuto 1:17

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K

#7 yo creo que jodisteis al del bmw y pensó en joderos con lo mismo y poco mas. Quiza ese dia el del bmw estaba ya harto de los que hacen eso y le tocó a tu suegro.

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K

#10 yo no defiendo a nadie solo digo que hay que conducir bien y te evitaras que haya gente loca que haga esas cosas. Por cierto tu defiendes a alguien que conducia por encima de la velocidad permitida y que encima por asustarse de un radar frenó en el carril izquierdo sin tan siquiera pensar en que podia crear un accidente 🤦‍♀️

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Sinso

#7 El problema es que habéis estado a punto de cargaros al otro, que tuvo que dar un volantazo a 180 e irse al carril derecho para esquivar a un subnormal que sin nada delante pega un frenazo tremendo en el carril izquierdo de la autopista con la única intención de joder al que viene detrás adelantando.

Tú me dirás un qué no era esa la intención blablabla, pero que el otro pensó exactamente eso y se puso como loco, es obvio, y aunque después hiciese mal poniéndose a 50 para buscar que tú suegro le diese por detrás, tiene todo el derecho a pensar que tú suegro le ha querido matar voluntariamente, porque es lo que ha pasado.

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Bl3sS

#6 No se de donde sacas ese texto pero mira este enlace de la propia AEPD

https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-12/guia-videovigilancia.pdf

  1. Tratamiento de imágenes a través de tecnologías emergentes
    5.1 Cámaras “on board”
    Este tipo de tecnología consiste en instalar una cámara dentro de un vehículo o también en ocasiones en el casco del conductor, e ir grabando todo el recorrido que se realiza con el mismo. Incluso, existen vehículos que ya llevan incluidos este tipo de cámaras.

Sobre este tipo de grabaciones procede distinguir dos tipos de supuestos:

· Las grabaciones para una finalidad “doméstica”, que estaría exceptuada de la aplicación de la normativa de protección de datos. Por ejemplo, el uso de estas cámaras en los cascos de un ciclista o motorista, que fuesen tomando imágenes paisajísticas.
No obstante, su uso posterior, como por ejemplo, la publicación de las grabaciones en internet quedaría sometido a la normativa de protección de datos.

· Las grabaciones con la finalidad de obtener pruebas para determinar responsabilidades asociadas a la producción de un suceso, es decir, obtener fotografías o grabaciones de imágenes como pruebas en relación con posibles accidentes o incidencias de tráfico.

Este segundo tipo de grabaciones vendrían permitidas por la aplicación de la regla del interés legítimo (art.6.1.f del RGPD), en base al derecho a la tutela judicial efectiva, derecho fundamental recogido por la Constitución Española de 1978.

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BliNk_PoWa

Lo mejor es leer a la peña justificando la acción del anormal que iba a 180 xddd me dais lástima

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d8D

#13 Si, pero lo que pones es a modo informativo no legislativo. Para las grabaciones ON-BOARD con la finalidad de obtener pruebas para determinar.... etc etc te tienes que ir al art.6.1.f ( https://www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf ) y ver lo que está permitido y creo que ahí está lo de que tienes que avisar de que estas siendo grabado y blablabla

Yo lo que te he pegado lo he sacado de https://www.autobild.es/noticias/cuidado-dashcam-llevar-coche-te-puede-costar-1500-euros-multa-754073

#14 No te metas con los que están malitos
#1 Deberías de eliminar la parte de que tu suegro casi provoca un accidente para luego preguntar por lo de la cámara onboard que es lo que te interesa, ya que la peña le cuesta y no asimila tanta info.

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K

Yo espero a #1 y #8 respondiendo a zas de #12 por no poder usar el comodin de jaja attwhore next.

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Bl3sS

#15 Las obligaciones que marca la aepd sobre creación de ficheros, avisos a terceros y demás no son de aplicación a los supuestos del entorno personal o esfera íntima (aunque sea en vía pública), es decir, cuando la finalidad de las imágenes sea para tu uso personal, no como profesional.

Hice en su momento una consulta a la propia aepd porque tuve un debate con un compañero al respecto y fue lo que me dijeron.

Lo que pongo es informativo porque es un tríptico de la propia aepd, que es el órgano encargado de interpretar las directrices en materia de protección de datos, mira aquí tienes algo más específico en la que se interpreta el supuesto recogido en el reglamento de la UE

https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-09/informe-juridico-rgpd-camaras-on-board.pdf

Básicamente se permite pero con restricciones, no con grabación continua, sino activable.

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poisoneftis

#7 es que lo de hacer bajar a 50 habría que verlo, porque siempre está el típico subnormal que vas adelantando a 120 y se te pega al culo del coche porque cree que la autopista es suya y le tienes que ceder el paso...

Cuando me he encontrado alguno así no guardando la distancia de seguridad y poniéndome en peligro lo que hago es no acelerar absolutamente nada y además pisar el freno sin accionarlo para que se encienda la luz roja, y entonces se les bajan los humos.

En cualquier caso si no mantienes la distancia de seguridad es tu culpa, fin.

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Mar5ca1no7

Yo les quitaba el carnet a los 2. Al macarra del bmw de por vida.

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d8D

#18 Es un poco cacao todo este tema, ya que por una parte te dejan grabar :

En el presente caso, el interés legítimo invocado parece referirse especialmente
al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE), en la medida
en que las imágenes grabadas únicamente se utilizarán para la obtención de
pruebas con la finalidad de determinar las responsabilidades asociadas a la
producción de un evento, es decir, obtener fotografías o grabaciones de
imágenes “como pruebas para denunciar infracciones a las normas de tráfico
”.

Entonces creo que la consulta que mandastes a AEPD son diferentes, quiero decir, tu estas preguntando sobre la legalidad de unas imágenes tomadas de puertas para fuera de tu casa y lo otro es tomar imágenes continuadas del exterior, se supone que el tio de toledo que se llevo una multa fue por grabar la calle sin causa justificada.

Y sobre lo que te he puesto en negrita, creo que se refiere a que puedes grabar siempre y cuando sea para denunciar un acto delictivo que esté ocurriendo en el momento y no grabas permanentemente por si sucede algo.

No soy ningun experto, pero estaría guay que se aclarara el tema entre todos :)

elfito

Es absurdísimo que el Guardia civil admita la denuncia de una conducción temeraría (fue noticia hace años de un payaso frenando agresivamente a 120 en autopista) de un copiloto grabando con el móvil, y no de un dispositivo que existe únicamente para ejercer como prueba de tu seguridad y la de tu vehículo ante esas situaciones.

Ahora bien, si la gente la lleva para grabar y luego publicar matriculas o coches sin censurar, que les caiga todo el peso de la ley. Pero como mecanismo de seguridad para protegerte de completos enérgumenos en carretera, me marcaría un Rusia, y lo pondría "obligatorio".

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Kimura

Todo esto para decirnos que tienes novia.

DiAbLo0o

#22 en Rusia no es obligatorio

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tada

Dile que se la ponga, total si le tiene un accidente a 140 por la izquierda haciendo frenazos va a ser el menor de sus problemas.. la dashcam grabará lo mal que conduce y de paso su muerte también

B

#4 o sea que está peor pasarse 20km/h del límite por el carril izquierdo que pasarse 60km/h y adelantar por la derecha y luego ir a velocidad menor de la permitida para bloquear al de atrás como un energúmeno intentando demostrar nosequé? Lo primero es un error con poca trascendencia, lo segundo es la acción de un subnormal poniendo en peligro la vida de los dos para ser más alfa.

El suegro hizo mal, se equivocó y la lió. El otro no debería conducir jamás.

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elfito

#24 bueno lo matizo para la gente literal y lo entrecomillo xD

En rusia no es obligatorio, pero los seguros en muchas ocasiones deniegan hacerte el seguro o te suben el precio una barbaridad, si no llevas una. Si para que te salga el seguro por un precio justo o te aseguren, tienes que poner una dashcam... ya sabemos en que se torna, aunque sea de manera indirecta.

B

#11 que cuando freno iba solo…siguió solo un rato (ya puse que no había nadie) y después ocurrió esto. Mi suegro hizo mal en estar un rato sin cambiarse. Típico listo que va siempre por el carril del medio y tal sabes? PerO esta vez a la izquierda. El energúmeno vino después.

#12 reitero lo que acabo de escribir…no habéis entendido o no me he sabido expresar pero ,i suegro después de lo del radar siguió unos kilómetros solo, no hubo volantazo del otro , no hubo temeridad por su parte. Se quedó a 120 en el carril izquierdo después de haber estado yendo a 140. Un estorbo vaya…pero no como para hacer esas maniobras del otro

#19 otra loca

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TripyLSD

Veo peor la acción del subnormal que luego se pone delante a 50 voluntariamente.

Nunca he entendido esas acciones de venganza. Si no estás dispuesto a aceptar que en la carretera hay subnormales de diferente grado y a hacer todo lo posible para evitar colisiones, mejor no pilles un volante en tu vida.

2 respuestas
Verslayer

#29 El problema es cuando el subnormal eres tu (hablo del que adelanto al suegro de #1) .

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