La PSOE permite quitar custodia sin denuncia de malos tratos

B

#59 Que no vulneran la presuncion de inocencia del hombre?
Ve una noche a los calabozos because yes y me lo cuentas

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Celestine

#52

ahora se puede ser víctima de violencia de género sin ni si quiera tener que abrir un procedimiento penal

Sí, pero como explico en #59, sólo a efectos laborales, no civiles ni por supuesto penales.

No solo eso, afecta a la Patria Potestad, lo que de por sí lo hace inconstitucional al no poder los Decretos-Leyes afectar a materias del Título I.

No estoy de acuerdo con ese argumento. Los decretos leyes no pueden afectar a derechos, deberes o libertades del Título I, pero no a todas las materias que allí se regulan (porque en ese caso no podrían versar sobre nada xD). Los 2 artículos que se suelen citar, tanto el 32.2 como el 39 de la CE, para mí no reconocen ningún derecho o deber a nadie. Son en ambos casos (sobretodo el 39, que es un principio rector, no un derecho) mandatos al legislador, pero no reconocen directamente ningún derecho o deber para nadie. No obstante todo es discutible, claro.

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Celestine

#61 Hablo de éste real decreto en concreto... no quiero entrar en otra discusión estúpida sobre la presunción de inocencia en viogen.

Si nos ceñimos a este Real Decreto en concreto, NO, no afecta para nada a nadie que no sea la propia mujer, porque sólo sirve para conceder beneficios laborales ("ayudas", para que la gente lo entienda)

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Von_Valiar

A mi me parece bien. Hay un problema enorme de violencia hacia la mujer y a los menores de edad por parte del heteropatriarcado. El PSOE sólo está haciendo lo correcto, medidas preventivas para poder salvar vidas frente aquellos que suponen una amenaza.

Vuestra misoginia os ciega. Como se nota que no sois víctimas de nada. Ninguna mujer denuncia por miedo y esto es más que correcto

TrumpWon

#63 las paguitas son el articulo 27. Que ya es bastante es decir todos los españoles a pagar paguitas a las que quieran cobrar una paga sin mecesidad de declarar nada. Ya no es el gasto obvio y obsceno sino el impacto económico que haya un gran sector que viva de las ayudas sin necesidad de buscar empleo ni crearlo.

El artículo 23 habla de las medidas cautelares y luego menciona que no es necesario que vengan por parte se sentencia judicial o fiscalía. Vamos que mos amigotes hinchados con dinero público actuarán como tribunales inquisidores. Estoy en el móvil pero es lo que pone. El artículo 23 que es el.importante no es el 27 que es el de las paguitas

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Ilore

#1 Repugnante. Lo peor es que luego extirpar todas estas aberraciones de las leyes, cuesta muchísimo.

El giliprogresismo es un mal mucho mas dañino y longevo, que la corrupción. Lo cual es descorazonador para cualquier español. Sales de la sartén para caer en las brasas.

Yo lo tengo clarísimo para las próximas elecciones: solo votaré a aquellos partidos, que estén abiertamente en contra del feminazismo, si es que hay alguno... y si no lo hay, entonces votaré a Podemos.

D
#51Mako666:

te parecen creibles por que con tal de meter mierda al otro bando

no creas, soy bastante imparcial, es solo que la noticia suena demasiado al psoe

es como si ves una donde dicen que hay un nuevo caso de corrupción del pp, te lo vas a creer a la primera porque es demasiado creible

aparte, que lei que era okdiario después de comentar, si te fijas en post mios como demuestro que no me fio de okdiario aún cuando habla de la "izquierda" :

#26D4N7:

viniendo de okdiario vete a saber si es verdad

en el caso de que fuese cierto seria un tanto hipócrita por parte de ellos, no porque no tengan derecho a comprársela (que están en todo su derecho) pero se contradeciría con el discurso que intentan dar

https://www.mediavida.com/foro/off-topic/casa-pablo-irene-consulta-militancia-609231

en mi caso no tiene nada que ver con que sea de derechas o de izquierdas el criticado

Meleagant

#59 #63 Lo explicaba el otro día Verónica del Carpo (abogada y profesora de Derecho Civil) en su blog. He subrayado en este extracto las partes que contradicen lo que tú estás diciendo.

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KaSe

A pocas *****.

TrumpWon

#68 es que es feminista y está en la fase de negación dale tiempo

kraqen

#52

#62Celestine:

Sí, pero como explico en #59, sólo a efectos laborales, no civiles ni por supuesto penales.

Eso de que no tiene relevancia alguna va a ser bastante discutido, ya que el hecho de ser declarado víctima de violencia de género implica que tiene que haber un agresor, o la posibilidad de que exista, y las personas que pueden ser autores de este tipo de delitos son bastante delimitadas.

#62Celestine:

No obstante todo es discutible, claro.

Tendrás que debatirselo a la jurisprudencia y la doctrina que lo considera como parte de esos artículos. Y sí, en el 39.3 CE se reconoce un derecho a los hijos y se impone un deber hacia los padres. Igual ocurre con el 39.2 CE, que se reconocen varios derechos a los hijos.

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Celestine

#65 Las "paguitas" en materia laboral (permisos, exedencia, posibilidad de faltar al trabajo) son todo el Capítulo II de la Ley, del artículo 21 al 23.

En el artículo 23 se habla de los requisitos para poder acceder a estas ventajas laborales. Antes se pedía orden de protección (que es una medida cautelar) a favor de la víctima o excepcionalmente informe del Ministerio Fiscal en donde acredite indicios de viogen antes de que se dicte la orden de protección.

Ahora con la nueva regulación basta informe de servicios sociales, o medida cautelar de cualquier naturaleza. Eso es lo que ha cambiado. Copio en spoiler el artículo como era antes y el nuevo con la modificación del decreto, en negrita los cambios:

spoiler

Esto solo sirve a efectos de cosneguir las ventajas que se establecen en el artículo 21.

En el artículo 27 se regulan otras "paguitas" en forma de ayudas económicas que también se acreditan con lo que establece el artículo 23 (porque el propio artículo 27 lo dice).

Voy a intentar explicar de forma simple para que todo el mundo lo entienda:

Antes para que te dieran "paguita" por ser víctima de viogen hacía falta que se abriera un procedimiento penal; ahora para que te den "paguita" basta informe de los servicios sociales.

Ya está, eso es todo lo que hay.

PD: La ley de viogen no regula ninguna medida cautelar... ni siquiera la famosa orden de protección que está en otra ley (ésta concretamente) y además se puede conceder en todos los casos de violencia doméstica, no solo viogen.

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Celestine

#71

Eso de que no tiene relevancia alguna va a ser bastante discutido, ya que el hecho de ser declarado víctima de violencia de género implica que tiene que haber un agresor, o la posibilidad de que exista, y las personas que pueden ser autores de este tipo de delitos son bastante delimitadas.

A efectos jurídicos solo sirve para obtener las ayudas de los artículos 21 y 27 de la ley de viogen, para absolutamente nada más. No implica la culpabilidad de nadie, igual que ser declarado víctima de terrorismo tampoco implica la culpabilidad de nadie, y también te dan ayudas por eso.

Tendrás que debatirselo a la jurisprudencia y la doctrina que lo considera como parte de esos artículos. Y sí, en el 39.3 CE se reconoce un derecho a los hijos y se impone un deber hacia los padres. Igual ocurre con el 39.2 CE, que se reconocen varios derechos a los hijos.

No se que jurisprudencia es esa, si me la facilitas te lo agradecería :) Pero yo releo y releo el artículo 39 y aunque sí es cierto que habla de derechos de los niños, en ningún lado veo que hable de la patria potestad, que es lo que viene a regular el decreto.

No tengo ningún interés en defenderlo, me parece criticable tanto jurídica como sobretodo políticamente, pero en verdad digo que simplemente, en mi opinión, regular la patria potestad (o el CC, que por cierto es un decreto-legislativo) por decreto-ley no es inconstitucional. Otra cosa es que esté de acuerdo con que políticamente no se debería de regular mediante decreto-ley (de hecho pocas cosas se tendrían que regular por decreto-ley, poquísimas...) pero jurídicamente en eso no veo tacha. Veo más problema en la falta de "urgente necesidad" (problema típico de los deretos-leyes por otro lado) o en el hecho de que modifique una ley orgánica, que en que afecte a derechos o deberes del título I.

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TrumpWon

#72 habla de medidas cautelares no especifica. Pega el artículo 23 tal y como estaba si no. Y elpropio boe deja todo muy abierto a las asociaciones de igualdad a los acuerdos entre autonomías y estado y todo fuera de los tribunales que quedan maniatados y señalados.

Así es como los fascismos empiezan a ganar el poder suficiente para derrocar al estado que es el fin último

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Celestine

#74 Ya lo he puesto, lo tienes en el spoiler, tanto como estaba antes como ahora xD.

nervlos

Esta ley es un engaño en toda regla con el ÚNICO PROPÓSITO DE COMPRAR VICTIMAS y AUMENTAR LAS ESTADÍSTICAS, vamos a ver un aumento de las victimas salvaje. Otra forma de comprar más votos

Meleagant

Si el 80% de las denuncias no acaban en condena, y ahora se va a considerar víctima incluso sin denunciar, pues sí, es esperable un aumento del número de víctimas bastante bestia.

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B

#77 La verdad que si. Si ahora digamos hay por redondear 100.000 denuncias al año y 20.000 acaban en condena, hay 20.000 victimas de violencia de género.

Si ahora van a tener en cuenta como victimas a estas 100.000 + otras por ejemplo 100.000 (esta cifra es ya mas jodida, hasta que no haya datos dentro de un año, dificil, pero sabiendo que muchas con problemas de viogen no denuncia), serán en total 200.000 victimas de viogen al año es decir 10 veces mas.

Pasas de 20.000 victimas a 200.000 un bonito x10 con un decreto ley rapido en veranito.

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DoRiTo

Todas las burbujas se vuelven absurdas antes de reventar.

Meleagant

#78 Realmente cada denuncia no es una denunciante. Normalmente tienen varias cada una.

Pero vamos, aún así... Si estás diciendo a la gente que les vas a dar una paga mensual, facilidades para concursos públicos, y todo tipo de beneficios varios, sin tener que denunciar siquiera, me puedo imaginar el panorama.

U

Luego nos preguntamos cómo ciertos regímenes pudieron suceder.

Tan sencillo como que demasiados idiotas pensaban que se hacía lo correcto.

SasSeR_18

Seguro que esta medida contribuye a que haya menos víctimas, además de guapo, se le ve inteligente.

En fin, política de rebaño.

Xoid

Han perdido el puto norte.

-

#20 Las caretas caen por su propio peso.

t3r3r3

Yo, ya informo a mis novias, si se da el caso de que esto dura y tenemos hijos, si nos separamos, a mis hijos no le vas a faltar de nada y 15 días cada uno, que lo quieres llevar por ley para sangrarme, no vas a llegar al día del juicio, ni tu, ni mis hijos, ni nada que tenga a mi nombre. ( ni yo ofc)

Solo una me dijo que estaba loco...(obviamente ya no estoy con ella).

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Sinso

Okdiario Psoe y violencia de género, todos los ingredientes para que sea mentira /exageración, pero claro, viendo los precedentes del Psoe si fuese cierto tampoco tampoco es que sorprenderse a nadie

Meleagant

#85 Un poco jodido de la cabeza sí que suena, la verdad.

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Belerum

El partido de la desigualdad generando mas desigualdad. Menuda sorpresa.

B

#87

Si, obviamente cuando mete de por medio hacer daño a los hijos pues si.

Pero no me extraña ese pensamiento para otras cosas. Si piensas que la ley es injusta de base, que no te va a proteger, y que por tanto no es justicia, no te quedan muchas opciones no? o aguantar la injusticias o tomarte la justicia por tu mano. No digo que este de acuerdo, pero que por ahi si lo puede entender.

Claro ya habiendo niños dificil, pero si por ejemplo no hay y ves que otra persona te va a encarcelar injustamente? por este tema u otros, y sabes de antemano que la justicia no te va a proteger... :man_shrugging:

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kraqen

#73

#73Celestine:

A efectos jurídicos solo sirve para obtener las ayudas de los artículos 21 y 27 de la ley de viogen, para absolutamente nada más. No implica la culpabilidad de nadie, igual que ser declarado víctima de terrorismo tampoco implica la culpabilidad de nadie, y también te dan ayudas por eso.

No creo que sea comparable, primero porque un atentado terrorista suele ser más obvio, y segundo porque el sujeto activo en un atentado terrorista puede ser cualquier persona, mientras que las personas que pueden ser sujeto activo en delitos de violencia de género son un grupo de personas muy reducido y cercanos a la 'víctima'.

Y luego estará el truco de las estadísticas.

#73Celestine:

No se que jurisprudencia es esa, si me la facilitas te lo agradecería Pero yo releo y releo el artículo 39 y aunque sí es cierto que habla de derechos de los niños, en ningún lado veo que hable de la patria potestad, que es lo que viene a regular el decreto.

Pues se invoca en bastantes recursos, ya que la reforma del 81 del CC se fundamenta en los cambios que introduce la constitución en materia de familia, filiación y patria potestad. Solo tienes que ver el art. 154 CC antes y después de la reforma.

De todas formas, tienes la STS (Sala 1ª) de 24 de Abril de 2000:

La patria potestad es en el Derecho Moderno, y concretamente en nuestro Derecho positivo, una función al servicio de los hijos, que entraña fundamentalmente deberes a cargo de los padres, encaminados a prestarles asistencia de todo orden, como proclama el art. 39.2 y 3 de la Constitución; de tal manera que todas las medidas judiciales que se acuerden, incluida la de privación de la patria potestad, deberán adoptarse teniendo en cuenta, ante todo, el interés superior del niño, como dispone el art. 3.1 de la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, incorporada a nuestro derecho interno mediante la correspondiente ratificación. Además, un precepto similar contiene la vigente Ley 1/1996, de 15 de enero, sobre protección judicial del menor (art. 2).

#85

#85t3r3r3:

Yo por suerte ya informo a mis novias, si se da el caso de que esto dura y tenemos hijos, si nos separamos, a mis hijos no le vas a faltar de nada y 15 días cada uno, que lo quieres llevar por ley para sangrarme, no vas a llegar al día del juicio, ni tu, ni mis hijos, ni nada que tenga a mi nombre. ( ni yo ofc)

Solo una me dijo que estaba loco...(obviamente ya no estoy con ella).

Sinceramente, yo también me alejaría de alguien que amenzase con suicidarse y llevarse a su familia por delante. Cuidado con lo que vas soltando, porque un día acabas en un juzgado de verdad.

#89 Da igual que no haya hijos, incluso el amenazar con tu propio suicidio está mal (aunque si mal no recuerdo, no es delito generalmente).

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