[Abogados] Quebranto de moneda por convenio pero no en nómina

kOnOrZ

Tengo la siguiente duda: si el convenio de mi contrato indica que debería recibir un plus por quebranto de moneda, pero en mi nómina no aparece ningún concepto que haga mención de dicho quebranto, ¿podría reclamar/demandar porque el empresario esté incurriendo en algún tipo de falta? El único plus que consta es el de transporte.

¡Gracias y un saludo!

c0b4c

Tuve que ir a Google para saber que era el quebranto de moneda.

Primera vez que lo leo hulio

2 2 respuestas
Kb

Si tu convenio lo pone y te correspone por la tarea que ejerces, si, deberian pagartela.

Seguro que en tu contrato no pone los pluses que debes cobrar, y aunque lo ponga si falta uno no es excusa de no pagarlo

Panch

#1 Si no puedes consultar con un abogado, puedes mirar a ver en algún sindicato... En principio si está en tu convenio deberían de pagártelo, pero hay q tener cuidado tanto como de tener razón como con las formas en estos casos.

kun294

En el convenio tiene que poner que categorías tienen derecho a ese plus porque ese suele ser un plus particular y no general.

Si la tuya esta incluida y no te lo pagan como es el caso, habla directamente con el jefe o un escrito solicitando que te abonen así como los meses anteriores.

kOnOrZ

Genial, muchas gracias por las respuestas!

B

Yeeeeees, y si no te lo han abonado te van a pagar el plus debido desde que reclames vía papeleta de conciliación para percibir de un año para atrás.

Coge el plus, multiplica por las pagas normales más las extras e interponerse papeleta, y luego reclamación de cantidad.

Todo ello en aras y señalando que las cantidades se van a ir actualizando, pues no te lo pagan.

1 respuesta
markath

#2 A mi me recuerda esto

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DunedainBF

Siempre puede ser que te lo estén pagando con otro concepto, sin desglosar en la nómina.

Igual tienes un concepto que sirva de cajón de sastre que vete tu a saber cómo se llama A Cuenta Convenio o lo que sea, y ahí está metido. No es lo mismo no haberlo cobrado que no haberlo recibido desglosado en la nómina.

edit: he estado leyendo sobre ese concepto concreto, es muy raro y es una especie de indemnización, no creo que sea lo que dije arriba.

1 respuesta
Sheraph

Si no cobras dicho plus y te equivocas en dar el cambio y luego falta dinero en la caja, hasta donde yo sé no te podrán reclamar dicha cantidad.

Aunque si en la caja falta dinero día si día también es probable que puedan alegar despido procedente, no porque robes, sino porque eres un patán xD

Si te pagan algún plus o te pagan más de lo que marca el convenio la empresa podría "alegar" que te lo está pagando pero sin desglosar (si no estoy equivocado).

Si reclamas cantidades, puedes reclamar cantidades que te deben hasta 1 año atrás desde que pones la reclamación, lo demás lo has perdido.

Saludos!

2 respuestas
B

Pues mira que es difícil romper una moneda macho...

Las que liáis

Loa

#10 para que eso pase no es cuestion de que te paguen mas que salario de convenio si no que este metido en una categoria diferente, por ejemplo se hace mucho meter en la nomina un concepto como "plus personal" o parecido y absorver con ello todos los demas pluses

#1 tienes que mirar como es el texto de tu nomina y si solo estas cobrando en un unico concepto seguramente no te lo esten abonando. si hay mas conceptos tienes que ir al convenio y buscar los "conceptos absorbibles"

para poder ayudarte necesitaria que pusieras los textos de los conceptos de tu nomina tal cual aparecen y que convenio rige en tu empresa.

ten en cuenta que en leyes laborales nada es blanco o negro

AlexD

#10

Buena recomendación para que al chaval lo manden a la mierda con un despido disciplinario, suerte contando en un Juzgado de lo Social que robaba de la caja porque no le habían pagado una cosa supuestamente en una nómina. Además de básicamente llevarse dinero sin declarar en negro de la empresa.

Lo que hay que hacer en estos casos es intentar resolverlo con la empresa directamente exponiendoles el caso desde el desconocimiento y con buenas formas, y si no te hacen ni puto caso o te dicen que no y tienes razón pues al SMAC y luego ya al Juzgado de lo Social

1 respuesta
Soy_ZdRaVo

#7 y podrá solicitar 1 año para atrás como reclamación de cantidad, no?

#9 en las nóminas tiene que venir todo desglosadito o puede haber lios (para el empresario)

2 respuestas
1 comentario moderado
ManOwaR

Estas cosas es mejor consultarlas con RRHH de tu empresa. Si ves que te dan largas acudes a alguien del enlace sindical o comite de empresa. Y ya como ultimo recurso a un abogado laboralista, pero siempre buscando un metodo de conciliacion mas que de ir a las bravas.

1 respuesta
Panch

Lo q te ha dicho #16 es más o menos lo q t he dicho yo en #4, pero ten un poco de cuidado. RRHH por muy amigos y simpáticos que parezcan, miran mucho por la empresa, yo he vivido alguna tontería menor q dices, vaya hijos de puta.

Tienes q ir siempre de buenas, pero sin q t sisen lo tuyo, consultar con sindicato aunque sea por e-mail (o abogado si te resulta viable), puede ser muy útil...

MaTrIx

#15 yo tampoco lo sabía y llevo currando casi 15 años. Siempre dejas muy bajo el nivel.

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B

#14 si, se aplica el plazo general de prescripción de derecho de un año, pero claro si siguen sin pagarte el citado plus porque entienden que no corresponde, es bueno hacer saber que la cantidad de va a ir actualizando en función de los meses que medien desde que lo solicitaste hasta que se celebré la conciliación o eventual juicio.

Escribo por el móvil y a veces ni entiendo lo que escribo, que mal me expliqué.

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Sheraph

#13 En qué momento animo yo a robar de la caja?

Si trabajas con dinero cobrando y dando cambio todo el día, es posible que con las prisas te equivoques alguna vez, son cosas que pasan. Si al final del día cuando se hace el cierre se detecta que falta dinero y sólo has estado tú dando el cambio hay dos opciones, o lo has robado o te has equivocado con el cambio.

Dicho plus entiendo que es para cubrir ese caso, de que falten por ejemplo 10€ en la caja y el empresario te diga "ha sido durante tu turno, te toca pagarlos a ti porque es error tuyo". Como cada mes cobras X por el plus, pues te toca asumirlo.

Si cada día falta dinero entonces o una de dos, o eres un inútil que no puede estar en ese puesto (y por ende te echarán) o estás robando (te echarán con más motivo). Pero si un día puntual falta dinero y no te pagan dicho plus, no deberían retenerte nada en tu nómina (ya que para que el trabajador asuma esa responsabilidad, debe cobrar ese plus).

Pero bueno, habría que ver el convenio y tal para poder hablar con más propiedad.

Loa

#14 realmente no, si tu convenio no dice explicitamente que los complementos salariales no son absorbibles, el empresario puede retribuirte según le apetezca mientras que el devengo total sume al menos el SMI + complementos de convenio

lo mas normal es que una persona no cobre el SMI asi que su nomina tenga el aspecto de:

Salario Base o Salario convenio
Complemento personal

con esas dos categorias ya te pueden meter todo lo que les apetezca, e incluso hacerte cosas como bajarte el complemento personal para subirte el salario base cuando implanten la subida del SMI, siempre que ambos sumen mas que el mínimo que te corresponde

1 respuesta
Soy_ZdRaVo

#21 esa es la teoría pero yo ya he visto algún lío por nóminas no claras y jueces fallando a favor del empleado por si las moscas

Algunos utilizan lo de “ante la duda falla a favor del empleado” muy en serio. Por eso digo que es mejor desglosar todo bien

pJ_KoKo

Seguro que por tu barrio tienes unas cuántas gestorías/asesorías laborales...etc y pregunta ( Ayer mismo fuimos un compañero y yo a una por una duda de unas nóminas y como ya lo teníamos bastante claro la chica ni nos quiso cobrar )

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