Mv abogados LAU

AeNeK

Buenas tardes MV.

A ver si me podéis resolver la siguiente duda:

En caso de que el propietario de una vivienda la necesite para vivir en ella ya sea él mismo o alguien de parentesco de primer grado, el inquilino deberá ser avisado con un mínimo de dos meses de antelación para deshabitar la vivienda. Ok, hasta ahí bien.

Pero qué ocurre en caso de que el dueño ponga el piso en venta tenga un inquilino y ésta se termine vendiendo. Se aplica lo dicho en el primer párrafo o se tiene que respetar el contrato del inquilino como he leído en algunas partes?

michi
#1AeNeK:

se tiene que respetar el contrato del inquilino como he leído en algunas partes?

Si, el contrato se respeta a no ser que haya impagos u otras causas justificadas

1 respuesta
AeNeK

#2 Tengo cita con un abogado a finales de la semana que viene pero tengo esto en la cabeza xD

El pasado verano vino a ver el piso un potencial comprado y bueno, lo terminó comprando. Me comentaron que iban a respetar mi contrato( termina febrero 2025) pero que posiblemente me iban a ofrecer dinero para ver si me iba antes.

Hace una semana recibí un burofax que expone lo siguiente:

Estimado inquilino, en calidad de administradores de la propiedad que tiene usted arrendada le informamos que el pasado día 6 de octubre de 2023 la vivienda cambió de propietarios pasando a ser los titulares tal persona con dni tal y tal persona con dni tal(tienen varias viviendas).

En representación de los nuevos propietarios del inmueble mencionado y en virtud del contrato de arrendamiento del piso de uso propio firmado con fecha 1 de febrero de 2020 le comunicamos el deseo de la propiedad de recuperar el inmueble para destinarlo a vivienda permanente a partir del 4 de marzo de 2024.

Que, dicha notificacion se realiza con antelación a la fecha a la que se va a necesitar la vivienda, conforme lo dispuesto en el L4/2013, de 4 de junio, en concreto, el apartado 3º del art. 6 LAU, interrumpiendo cualquier clase de prórroga del presente contrato.

Por lo tanto, y de acuerdo con la legislación vigente señalada, le comunicamos que la entrega de llaves y posesión del inmueble debe ser en la fecha indicada, el próximo 4 de marzo de 2024 dando por finalizado el contrato de arrendamiento sin posibilidad de prórrogas.

Total que he llamado a la administración porque me he quedado a cuadros y me ha dicho que el hijo que tienen en barcelona necesita la vivienda y que bueno, la van a reformar totalmente.

cabron

Lo de reclamar la vivienda es solo si va a vivir ahí, no vale para reformarla y realquilarla.

Si hacen eso, puedes denunciar y tienen que volver a dejarte entrar.

1 respuesta
AeNeK
#4cabron:

Lo de reclamar la vivienda es solo si va a vivir ahí, no vale para reformarla y venderla.

El piso es antiguo, entiendo que lo quieren tirar todo abajo para que el hijo venga a vivirse. Eso sí tengo entendido que dispone de 3 meses para habitar la vivienda, en caso contrario podría denunciarles.

Y yo firmé un escrito en el que rechazaba el derecho a tanteo. No me interesa comprar el piso.

De todas maneras me toca los cojones esta situación, lo del hijo me parece un as de la manga y me cuesta creer que de verdad se venga a vivir aquí.

2 respuestas
michi

#5 Lo del hijo huele a jugada para vaciar el piso y alquilarlo mas caro. Puedes solicitarles pruebas de que la necesidad del piso para su hijo es real, pero vamos ya te contará mejor tu abogado

cabron

#5

Nada lo del derecho de tanteo era porqué no había leído tu respuesta, no tiene nada que ver con este caso.

Me imagino que la clave está aquí

La necesidad de recuperar la vivienda debe obedecer a un hecho que ha surgido espontáneamente y no a un plan urdido por el propietario antes de la firma del contrato.

Por su parte el arrendatario está facultado para exigir al arrendador un principio de prueba que obedezca a una verdadera causa de necesidad de recuperar la vivienda arrendada y no a un mero cambio de parecer arbitrario del propietario

Si ya tenían el plan de echarte desde el principio no pueden hacerlo, tienen que demostrar que realmente les ha surgido esa necesidad de forma imprevista y que van a hacer uso de ella.

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