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Kaledros

#41429 Mira y aprende, pequeño saltamontes:

gogogo

Dime que no tienes ni idea sin decirme que no tienes ni idea:

https://blogs.elconfidencial.com/economia/laissez-faire/2023-01-18/defensa-modelo-big-four_3559542/

1 respuesta
Wei-Yu

buen bait para que vengan las mentes pensantes de offtopic a hablar de comunismo

a ver cómo transcurre esta página

wdaoajw

#41432 sabía que era el mongolo de Rallo antes de abrir el artículo

3 2 respuestas
Kaledros

#41434

¿Qué preferiría usted? ¿Un trabajo estrictamente de ocho horas diarias, donde empieza cobrando 25.000 euros anuales y progresivamente va viendo acrecentar su salario hasta alcanzar los 50.000 euros anuales al final de su carrera profesional o un trabajo de 10-12 horas diarias, donde empieza cobrando 25.000 euros anuales, pero en 10 años tiene una probabilidad del 10% de cobrar 50.000 euros anuales, en 15 años una del 5% de cobrar 80.000 y en 20 años una del 1% de cobrar varios cientos de miles anuales?

Cuando habla de economía puede engañar a alguien porque es una pseudociencia ofuscada a propósito para eso, pero cuando suelta burradas como esa te das cuenta de que en realidad no sabe ni dónde tiene el pie derecho.

1 respuesta
MTX_Anubis

#41435 Es un subnormal. Me encanta ver a liberales defendiendo que no se respeten los contratos firmados.

1
Fyn4r

#41434 hombre es la URL de su blog, columna o como le llamen xd

isvidal

Aqui pagandole el paro a @Wei-Yu

Me estoy cansando de pagar, creo que me dejare el curro y me pondre en el paro unos meses

Wei-Yu

dale duro que me lo voy a gastar en quinoa ecológica y espirulina

B

Cuando os sentáis inútiles pensad en ese fragmento de código de 70 líneas que está dentro de un if el cual ve si se trata de una clave primaria específica, valor que solamente va a pasar por ese código una vez y nunca más en la historia del programa.

JuAn4k4

En dos saltos estás ya en esos 50K, tres más y ya llegas a los 80K. Estas en el 2%. Ya solo te falta aguantar y dar el último salto para pasar de los 100K, ya eres 1% de las big four sin pasar por el aro.

TMZ
paulinho

.

2 respuestas
Sphere

#41443 ¿Qué pone en tu contrato? ¿Tienes remoto o debes trabajar en la oficina de la consultora y donde sus clientes realicen sus actividad?

Si no pone remoto estás fucked y la baja voluntaria te la comes.

1 respuesta
paulinho

#41444 No hay ninguna mención a que trabajo en remoto en el contrato.

Pero digo yo que si no redacto la baja, me tendrán que hacer un despido procedente y tendré derecho a paro no?

1 respuesta
Amazon

No pidas la baja voluntaria, si les sale de la polla que te paguen la indemnización y el paro

PD: te mando lo de openbank que me dan 1000 pavos

3
PiradoIV

Pase lo que pase, ve tirando CVs, que igualmente el paro y nada es casi lo mismo.

1 respuesta
paulinho

#41447 Eso desde luego, pero uno o dos meses vienen bien para buscar como es debido, que los procesos son largos de cojones.

Seyriuu

#41443 A ver, yo haría estas cosas:
1) Me busco un abogado antes que nada, que pueda ver si puedo negarme o no a trabajar en presencial, si me pueden despedir disciplinariamente sin indemnización o sería impugnable y me tendrían que indemnizar o incluso si pudiera anularse. De lo que te diga mediavida a lo que te diga un abogado puede ir un mundo.
2) Si no haces el punto 1, entonces probaría a negociar con el cliente final si ya estoy en contacto con ellos, si ellos lo entienden y no les importa que no vayas, no te pondrán problemas.
3) Si puntos 1 y 2 fallan, le diría a la empresa que yo no tengo ninguna obligación contractual de ir a las oficinas de cliente, que en todo caso, tendría que ir a las propias de la empresa.

Si todo eso falla, pues yo seguiría trabajando normal, y el día que me tocase ir, no iría, y ya si quieren que me despidan pero al menos el paro lo tendré aunque pierda la indemnización.

Soltrac

#41445 y por q te van a despedir???

Vamos a ver, si en tu contrato no pone nada de remoto tienen todo el derecho del mundo a cambiarte de modalidad y si tú no aceptas eres tú quien pide la baja.

Si no acudes a tu trabajo pues ellos te despedirán de forma procedente por incumplir tu contrato, no tienes otra.

Yo lo veo muy claro, la culpa es tuya, no de ellos. Al menos así, tendrás derecho a paro, aunque sea de esta manera.

1 2 respuestas
paulinho

#41450

y por q te van a despedir???

Te respondes tu mismo

Si no acudes a tu trabajo pues ellos te despedirán de forma procedente por incumplir tu contrato

TheBrotha

Digo yo que podrás pelear algo por el tema de derecho adquirido, al final no has trabajado en la oficina jamás, a nadie le ha importado, ha sido siempre así y obviamente ha sido algo que en su día a tu empleador le pareció bien

Seyriuu

#41450 Yo creo (y de ahí que le diga que busque un abogado) que si su contrato no es remoto y le hacen trabajar en remoto durante un periodo largo que justifique que formes en tu vida raíces (tales como hipoteca, hijos, etc) no pueden quitártelo ya.

Pero vamos, que pregunte a un experto que oara 70-100 euros que le cuesta la consulta le sale mejor que escuchar a randoms de mediavida

1 respuesta
Kaledros

¿Soy el único que hizo FOL en el ciclo? ¿A los de la carrera no os enseñan la legislación laboral?

Si te modifican sustancialmente las condiciones del contrato puedes extinguir la relación laboral: https://www.mites.gob.es/es/guia/texto/guia_7/contenidos/guia_7_16_4.htm

Causas

Para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato de trabajo y percibir las correspondientes indemnizaciones por despido improcedente deberá efectuarlo por alguna de las siguientes causas:

  • Modificación sustancial de sus condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el art.41 del Estatuto de los Trabajadores, y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.
  • La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
  • Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones en los supuestos de movilidad geográfica y modificación sustancial de las condiciones de trabajo, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.

Procedimiento

El trabajador tiene que solicitar la extinción de su relación laboral en el Juzgado de lo Social (ver apartado 17, «Actuaciones en caso de despido»). Las indemnizaciones serán las señaladas para el despido improcedente.

Ahora tienes que mirar si ese cambio entra dentro de los supuestos. Si tienes dudas, te vas con el contrato a un abogado laboralista y que te las resuelva.

1 2 respuestas
Soltrac

#41454 fol? No hablo fpero

1
TheBrotha

#41453 un año desde que entra de la empresa y siempre en remoto menos ahora? Evidentemente es un derecho adquirido y debería pelear por el cambio sustancial de condiciones, al menos en una empresa normal, no sé si por ser consultora tienen algún beneficio en ese aspecto al escudarse del "cliente"

Seal67

#41454 Efectivamente, no nos enseñan nada de legislación laboral ni nos orientan nada respecto al trabajo, yo tuve que mirar por mi cuenta XD, se lo dije a los profesores porque me parece absurdo, pero yo creo que van a sudar. Los graduados de las universidades salen calentitos del horno para que les den bien por el culo las cárnicas.

En cambio hay muchas otras asignaturas muy importantes como economía de empresas o ética xd

B

Por un año de trabajo os sale más caro el abogado que lo que le van a dar...

Vaya tela, ni que lleve 20 años.

1 respuesta
Seal67

#41458 Si es improcedente por un año es bastante, y además así le dan paro. Si te vas de baja voluntaria te quedas sin paro que puede ser un problema.

1 respuesta
B

#41459 si lo sé lo sé. Lo que no tengo tan claro es que sin estar eso en contrato, por un servicio te den remoto 1 año y tú ya des por hecho que ya te tienen que dar remoto siempre.
A eso me sumas la pasta de un abogado.
Y no sé primero si vas a ganar (y perder abogado + costas) y segundo que si ganes te compense el neto de indemnización - abogado.

Vamos, que si llevas 20 años vale, pero en 1? Yo no me meto en eso.

1 respuesta

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