Contrato media jornada computa como jornada completa?

kukuxumuxu

Me ha dado la lucidez y la curiosidad de pedir mi vida laboral y me he encontrado que en la empresa que actualmente trabajo, y en el que estoy dado de alta a media jornada durante año y medio, aparece registrado que mis días cotizados son 272, frente a los 543 que llevo trabajados.

Me he quedado muy pillado ya que desde el último cambio de normativa referente a los contratos parciales vs completos, ambos se consideraban equiparables y lógicamente las prestaciones serían la mitad o la parte proporcional frente a un contrato a tiempo completo, pero los días cotizados si que se mantienen. 1 día cotizado a media jornada = 1 día cotizado a jornada completa pero en caso de desempleo, obviamente, 50%.

Alguien me puede confirmar esto? o se me escapa algo?

Eustakiooo

Lo mejor va a ser que te acerques a la SS y preguntes allí.

edit: Googleando un poco creo que si trabajas media jornada cotizas el 50%, el cambio que mencionas es para que los trabajadores a media jornada tengan derecho a una jubilación de forma más accesible, pudiendo llegar a ella con menos tiempo cotizado

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Chefoxs

Mejor tarde que nunca.

C

Quien a buen árbol se arrima

Psicotropica

Yo llevo 3 empleos a media jornada y todos los he cotizado a la mitad que cualquiera de jornada completa :psyduck:

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kukuxumuxu

Visto lo visto, me voy a acercar, porque la cara de gilipollas que se me ha quedado ha sido antológica, y me da que me van a decir que es todo correcto y bla bla bla. Lo que me parece de traca, es que miras por internet y en todos sitios dice que ambos computan por lo mismo, vamos, desinformación de manual nivel over9000.

kukuxumuxu

#5 El caso es que miras por internet, y te ponen el típico ejemplo de, "Trabajo 90 días a jornada partida, computa como 90 días cotizados" cuando a mi lo que me están diciendo es que son 45 días.

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Psicotropica

#7 A mi igual, si te dicen algo avisa!

kukuxumuxu

Pues me parece un sin sentido la verdad. Los dos trabajos son los mismos días, uno 4 y otro 8 horas, por lo que ambas personas el día lo han trabajado por igual pero distintas horas. Sería totalmente lógico y justo que el que trabaje la mitad obtenga la mitad ante una situación de desempleo.

Yo lo que veo es que el término que usan de días de cotización está muy mal empleado. Deberían de usar horas cotizadas, en vez de días, ya que considerando días, tienes que trabajar el doble para obtener el año de derecho a paro, para luego encima, obtener la mitad de la prestación. Es decir, te dan por culo dos veces.

SmashingP

El tema iba por lo que comenta #2 , con el cambio ahora lo que trabajes a media jornada contaría como jornada completa a efectos de jubilación, sino en vez de necesitar los 15 años para tener derecho a contributiva tendrías que haber estado trabajando 30 años a media jornada, y para tener el 100% hubiesen sido 60 años de curro a media jornada :psyduck: . No te dan por culo 2 veces, trabajas la mitad, por saco te dan cuando estás currando a la vez en varios curros y hacienda se piensa que te estás haciendo millonario.

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Prixhus

No recuerdo exactamente como era porque lo vi hace tiempo, pero me acuerdo que los días trabajados a jornada parcial cuentan diferente. Primero se aplica el porcentaje de jornada a los días (si es media jornada es 50%) y después se le aplica una cantidad llamada coeficiente de parcialidad.

Lo que se hace es mejorar los días cotizados a jornada parcial debido a ese coeficiente, por último se suma la cantidad resultante de los días a jornada parcial con los días a jornada completa.

kukuxumuxu

#10 Sigo pensando que es un sin sentido, se está en la misma situación que en la jubilación. Se puede decir que estás en la misma situación en el caso de acceder al paro en el día que te vayas a la calle. Para acceder a paro, debes trabajar en vez de 1 año, 2 años, y para obtener la misma cuantía 4. Con las cuantías no hay problema, porque si cotizas la mitad deberás de cobrar la mitad que alguien que haya hecho tu mismo trabajo, pero no tiene sentido que días cotizados sean la mitad.

Yo voy a trabajar los mismos días que va uno con jornada completa, lo único que difiere son las horas. Que no te pongan dias cotizados y pongan horas cotizadas para ser más precisos.

Lo mismo que con dos trabajos, bastante es que te buscas un segundo curro para llegar a fin de mes, para luego te digan que hay que pagar más, es para tortearlos a todos.

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Eustakiooo

#12 Discrepo en un detalle, una media jornada no tiene por qué trabajar 5 días a la semana, eso no se estipula en ningún lado. Media jornada implica 20h semanales, no necesariamente 4h diarias.
Yo mismo trabajé un tiempo a media jornada echando 4h los viernes, 8h los sábados y 8h los domingos

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