Convalidar prácticas FCT

Clyppie

Buenas,

Os quería plantear una duda. Actualmente estoy trabajando como ayudante administrativo en una asesoría. Mi idea es hacer el ciclo superior de Administración y Finanzas (seguramente a distancia, por tema de compatibilidad de horarios), hasta ahí ningún problema. Ya lo tengo hablado con mis jefes y ningún problema. La duda viene por las FCT, podría convalidarlas? Para cuando me toque hacerlas contaría con más de un año de experiencia en la empresa. En caso de no poder convalidar, se pueden hacer las prácticas en la misma empresa en la que trabajas?

Gracias!

mimmosin

Creo recordar que esas practicas no te las convalidan, tienes que hacerlas por pelotas para recibir el titulo, al menos un colega que es auxiliar de farmacia o técnico de farmacia, como carajo se llame el puesto, tenia ya mas de año y medio trabajando en una farmacia en ese puesto y tuvo que hacerlas igualmente, por suerte como estaba a media jornada, hizo unas practicas extendidas de media jornada y pudo compatibilizarlo.

Lo que si te sirven es para convalidar practicas si estas en una carrera.

Tandro

Si que las convalidan, peeo no se cuanto tiempo tienes que tener en el puesto, me suena 2 años pero no te aseguro nada, de esto hace 3 años, Nose si ha cambiado

n3On

yo tengo entendido que si que convalidan si es de lo mismo que estudias y demas, eso si tienes que tener un minimo de contrato en ese sitio, como dicen creo q son 2 años.
Obviamente no puedes convalidar practicas de mecanico, siendo administrativo xDDDD Pero si es d la misma rama y creo q la empresa y colegio se ponen de acuerdo q has dado las mismas cosas, sin problema...

_RUGBY_

#1 si que las convalidan si es de lo mismo que has estudiado, y necesitas 1 año de experiencia; eso sí el proyecto lo tienes que hacer igual. Y te tendrás que matricular tanto de las FCT como del proyecto

Clyppie

En mi caso sería la misma rama, porque mi categoría ahora mismo es auxiliar administrativo, entiendo entonces que es compatible con el ciclo de administración y finanzas. Empezando este año a estudiar, para cuando tenga que hacer las prácticas llevaría algo más de dos años trabajando (empecé en enero de este año). De todos modos miraré de informarme con el centro donde lo voy a realizar. Pero así me hago una idea de lo que me puedo encontrar. Porque supongo que en caso de que si o si tenga que hacer las prácticas, estas no se pueden hacer en la misma empresa en la que estoy trabajando y tendría que combinar horarios para realizarlas en otra empresa, cosa que si que ya sería más complicada.

Gracias por las respuestas.

1 respuesta
Tandro

#6 cuidado que auxiliar Nose si te valdrá que eso es el medio... Míralo bien

1 respuesta
Clyppie

#7 Ah pues entonces preguntaré no vaya a ser que no sirva. Es que es una movida que no convaliden, no se si podría combinar bien las dos cosas. Mañana si puedo llamo al centro y pregunto y ya os diré, por si puede ayudar a alguien más que esté en la misma situación.

Clyppie

He preguntado y esto es lo que me han contestado:

En resumen: 1. El módulo de FCT es susceptible de exención por su correspondencia con la experiencia laboral, según se establezca en el artículo 49, del Real decreto 1538/2006, del 15 de deciembre (BOE del 3 de enero), por lo que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. 2. La solicitud de exención se formalizará por lo menos 20 días hábiles antes del inicio de las actividades programadas para el módulo de FCT. 3. La exención podrá ser total o parcial, dependiendo de la correspondencia que haya entre la experiencia acreditada y los contenidos del módulo formativo de FCT. 4. La exención requirirá, además de cumplir el requisito de experiencia laboral, la matrícula previa del alumno o alumna en un centro docente autorizado para impartir enseñanzas conducentes al título del ciclo formativo correspondiente. 5. Se debe acreditar una experiencia laboral correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionada con los estudios profesionales respectivos. En el caso de contratos a tiempo parcial, los días de cotización deberán ser equivalentes a un año a tiempo completo.

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