[AYUDA] Contrato hasta fin de obra

SoyLoPeor

Estoy trabajando este mes con un contrato hasta fin de obra.

Lo que me gustaria saber es que me pagaran cuando este termine, que seria el 31 de Julio.

Asi a botepronto creo que es: Salario + Horas extra + Nocturnidad + Festivos + Proporcion de pagas extra + Dias de vacaciones generados.

¿Se me olvida algo? ¿Pagan algo mas que lo que esta en negrita por acabarse el contrato? ¿O la liquidacion es eso?

Gracias ^^

artuditu

creo q tiene q formalizarse por escrito obligatoriamente (ya q es uno de los contratos donde más fraudes se producen), y ahí te pondría todo lo q va... voy a mirar si en la LET pone algo.

lo de nocturnidad y horas extras es algo de todos los contratos lo de negrita no sé realmente.

edit: aquí ta la legislación general de los contratos temporales (incluido de obra), no sé si vendrá lo q pides pero por si acaso. Te incumbe el artículo 2, q es específico del de obra, y del artículo 5 al final, q es para todos los temporales.

http://www.inem.es/legis/empleo/rd2720_98.htm

Enkripted

y aprovechando este post, pa no abrir otro, en el trabajo que estoy ahora, si yo cojo y lo dejo, me cuentan los días trabajados para cobrar el paro? o solo es si me echan ellos?

artuditu

#3 no estoy 100% seguro pero creo q la prestación x desempleo es sólo si te despiden.

por eso a veces algunas dimisiones se "disfrazan" de despido (por mutuo acuerdo), para cobrar el paro si no tienes otro trabajo asegurado.

Enkripted

#4 es tal y como temía, y no creo que pueda negociar nada xddd gracias iwalmente :)

SoyLoPeor

#2 Esta firmado y todo eso, y me pagaran lo que pongo ahi, estoy tan seguro porque la empresa en la que trabajo esta muy controlada por la UGT debido a que lleva fondos mineros.

Lo que quiero saber realmente, es si me pagaran eso o alguna cosa mas.

Bueno, tambien cabe decir que me quitan un 2% para Hacienda.

KingFish

Yo diría que el paro va en relación a los días cotizados, por lo que es indiferente que sea despido, baja voluntaria o sucedáneos. Lo de los arreglos que dice #4 supongo que será para cobrar vacaciones no disfrutadas y/o partes proporcionales a pagas extraordinarias que no haya cobrado. Que en caso de baja voluntaria, y sin su correspondiente preaviso, no podrías cobrar.

#6 ¿El 2% de retención es por el primer año de trabajo?

SoyLoPeor

#7 Ni idea, pero es mi primer trabajo y durara un mes aproximadamente, solo digo lo que me comentaron, que se llevan un 2%.

SgtKabukiman

#7 si te piras del curro por ti mismo, osea baja voluntaria, no tienes derecho a prestacion por desempleo, tiene que ser o fin de contrato o despido para cobrar el paro.

Yo coji baja voluntaria, pero llegue a un acuerdo con la empresa y me ponian como fin de contrato para que puediera cobrar el paro. Depende del empresario claro, si es un cabron que pasa de todo olvidate, pero si es enrollado seguro que hacen el chanchullo para que lo puedas cobrar.

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