Duda embargo de la Seguridad Social

Kr4K1

Buenos días, el viernes recibimos en casa una carta donde se explica que este lunes vendrían a casa a llevarse lo que hiciera falta para pagar una cuantía por impagos a la SS..

El impago es por un tema de autónomos de mi padre de hace años, deuda que ya estaba pagando mensualmente con su trabajo (200€ al mes), pero la empresa ha dejado de pagar a los trabajadores porque sí y no les dan siquiera la baja (así que ya no pueden embargar esa nómina).

Mi duda es:
Se pueden llevar cualquier objeto que quieran a pesar de que la casa no es de mi padre, es de su pareja?
Se pueden llevar mis cosas porque resulta que me vine a vivir hace un par de meses a pesar de que no esté empadronado aquí siquiera?
Se pueden llevar a su bulldog francés que está a nombre de mi padre?

Consultaríamos un abogado pero es domingo y no hay dinero para abogados ._.'

Gracias, cualquier ayuda es buena.

allmy

#1 Si la casa es de su pareja igual puede decirles que no tienen permiso para entrar.

Dudo que se lleven un buldog, no se si pueden, pero el ordenador es muy goloso. Además el buldog y el ordenador no os generan más que gastos.

ChaRliFuM

#1 Solo de pueden llevar cosas de tu padre. Ni tuyas ni de su pareja. En caso de que estuvieran casados y su régimen económico matrimonial fuera la sociedad de gananciales, antes de tocar nada tienen que pedir judicialmente la disolución de la sociedad de gananciales y repartir entre los dos lo que le corresponda a cada uno después la SS embargaría los bienes de tu padre, nunca los de su cónyuge a no ser que su mujer accediera voluntariamente a pagar con sus bienes la deuda de tu padre, en cuyo caso luego la mujer tendría derecho a que tu padre le devolviera lo que hubiera pagado xD.

De todos modos.... esto que te digo no te lo puedo corroborar al 100% porque en tema de embargos de la SS no se si rigen las mismas normas.

2 respuestas
DEVE

Lo primero que nada, ante cualquier tipo de embargo sea por deuda con la S.Social o cualquier entidad privada, lo autoriza un juez mediante sentencia. Eso de que va a ir alguien al piso donde vivis a embargaros me huele más a coacción pura y dura a ver si aflojais la guita.

En todo caso podría ir un perito a tasar las propiedades del afectado, pero si este reside en el domicilio de otra persona ajena a la deuda no tendría que haber problema alguno.

Ahora bien, si tiene algun tipo de bien material que no sea indispensable para la vida cotidiana te los pueden embargar, (descarto al perro porque no es un bien material).

allmy

#3 Y siendo el domicilio de ella no les podría impedir la entrada en caso de que no estubieran casados?

1 respuesta
ChaRliFuM

#5 Ellos van con una orden de embargo al domicilio del deudor XD. No hay ningún problema en que entren xd

Kr4K1

#3 Como demuestra que la nevera o el sofá es de ella y no de él?

Mi padre está empadronado aquí pero la casa es de ella 100%

PD: Ahora subo foto de la carta.

2 respuestas
vinilester

#7 Porque la casa es de ella.

Kr4K1

Esto es lo que ponía exactamente:

Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/08.En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, debidamente notificadas en tiendo y forma, y cuya cuantía corresponde al siguiente detalle:

Principal................................. XXXXXXX

Recargo .................................XXXXXXXX

Intereses de demora devengados hasta la fecha.XXXXXXXX

Costas devengadas hasta la fecha............ 0,00

Total deuda.............................. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Transcurrido el plazo señalado en [a citada notificación para hacer efectiva la deuda pendiente, sin haberse atendido, se le requiere para que de forma inmediata y en todo caso antes de la práctica del embargo, haga efectiva la deuda en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, significándole que de no hacerlo se llevará a cabo el embargo de sus bienes en el domicilio o lugar en el que se encuentren, fijándose para la realización del mismo el día XXXX, en horario de 9:00 a 14:00 horas. El embargo seré extensivo a toda clase de bienes que, a juicio de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, garanticen debidamente la deuda.

A tal efecto, podrá señalar bienes embargables de su propiedad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 91 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio («B.O.E.» del día 25).

La ausencia del deudor en su domicilio en la fecha señalada, la negativa del mismo o cualquier otra causa que impidiese la práctica del embargo no será obstáculo para su realización, pues se solicitaria del Juzgado competente la autorización para la entrada forzosa en su domicilio y, en su caso. Locales de negocio, así como para proceder al embargo de bienes en el mismo, todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento citado.

EL importe reclamado podrá hacerlo efectivo mediante ingreso en la cuenta restringida de la Unidad de Recaudación Ejecutiva (U.R.E.) que más abajo se indica, durante el presente mes de agosto. Transcurrido este mes, antes de pagar la deuda deberá personarse en La citada U.R.E.

Entidad Financiera:XXXXX

Para abonar la deuda deberá consignar en el documento bancario de ingreso, además del importe a pagar, los siguientes datos:

Tipo/Identificador: XXXXX

En xxxxx, a xxxxx .La Recaudadora Ejecutiva en funciones,

allmy

Entonces pueden decir que todo es de ella xD

1 respuesta
Kr4K1

#10 Claro... si eso lo supongo, pero en realidad es así... Me parece un poco nazi que 2 meses sin poder pagar porque tu empresa decide dejar de pagar y ya te vengan al piso..

2 respuestas
allmy

#11 La verdad es que si, y más cuando las administraciones públicas están pagando a 90 días (y con suerte)

ChaRliFuM

#7 Facturas o cualquier medio de prueba posible xD

1 respuesta
vinilester

#11 Asi funciona este pais:

Si alguien te debe pasta, date por jodido porque no cobras. Las leyes estan hechas para que el moroso tenga mil salidas de escape. Y en el hipotetico caso de que puedas cobrar algo, pueden pasar meses e incluso años.

Si tu le debes un euro al estado, date por jodido, porque la ley actua de muy distinta forma: rapida y contundente.

1
Soy_ZdRaVo

#13 si no tienen factura los muebles se presuponen que son del dueño del inmueble del que forman parte como accesorio, no?

Veo rarisimo que quieran embargar cosas de una casa a nombre de otra persona, me da que no nos está contando todo y que ya hay una sentencia o algo que "levanta el velo" sobre las propiedades de su pareja por considerar que estan en fraude de ley para evitar el pago de los requerimientos del padre de #1 o algo asi.

1 respuesta
ValdemarAK47

No abras la puerta...nadie va a ir con un martillo a tirártela abajo.

Kr4K1

#15 De fraude nada, ni sentencias repito que él está empadronado en esta casa (se juntaron y empezó a trabajar aquí hace unos años) pero la casa ya la tenía hipotecada ella (y está al tanto de todo pues tiene un trabajo estable desde hace años)... Más no hay :S

LiuM

Solo pueden embargarte bienes a tu nombre. De hecho ni siquiera pueden hacerlo con una nómina si es menor al SMI.

Si no tienes medio de pago, te aconsejo coger un abogado de oficio, sólo con meterlo por ahí te paralizan la deuda y no sigue creando intereses de demora

4 meses después
T

Buenas, al final que pasó con lo del embargo?
Yo estoy en una situación muy parecida, van a embargar a una persona que vive con nosotros (no es familia) y me toca mucho los cojones que vengan a mirar todas mis cosas.
hay cosas de las cuales obviamente no tengo factura porque son de hace mucho tiempo...
Me puden joder por esto??

juakine

#1
1-mirate esto:
http://www.indiegogo.com/projects/cancer-took-my-right-testicle-please-help
2- abre uno con tu caso y añadele drama

  1. ????
    4 - Profit
B

Si tu pregunta es si te vas a quedar sin pc sí.

T

Por favor payasos y trolls abstenerse de responder a mi pregunta, el que de verdad quiera arrojar un poco de luz a este tema gracias de antemano.

1 respuesta
SasSeR_18

#22 Pinta una esvástica en la puerta y no abras a nadie. No insistirán demasiado.

Yo sería capaz si me veo en la situación y nadie me para los pies.

Usuarios habituales