[MV-Abogados] Recurrir multa inapropiada

Sakeo23

Buenas pongo en situacion,

ReBeLStRiKe

#1 El boletín de denuncia te lo pueden entregar en el acto o no. Lo que has recibido es la notificación por parte de la Delegación de Gobierno del inicio del expediente sancionador, por lo que se abre plazo para presentar las alegaciones que estimes oportunas.

Teniendo en cuenta que los agentes tienen presunción de veracidad, tanto en vía administrativa como en contenciosa poco vas a conseguir frente a una sanción de este tipo.

-Edit- Pon más datos de la notificación recibida, a ver si puedes alegar prescripcíon, aunque en tu caso creo que la sanción está tipificada como grave y prescribe al año desde que se cometió la infracción.

2 2 respuestas
Sakeo23

#2 Que hijos de puta...
Gracias x responder
La multa, si no es pagada en X plazo, aumenta de cuantía?

edit: En la carta de la delegación pone expresamente que si se entrego el bolentín

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ReBeLStRiKe

#3 ¿Recuerdas haber firmado el boletín? En muchas ocasiones firmas el boletín pero no te lo entregan, por lo que la infracción te la deben notificar en tu domicilio, como ha sido el caso.

Lee el edit de mis post de arriba, a ver si puedes poner más datos y te puedo echar un cable.

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Sakeo23

Voy a resumir un poco la carta: En hechos:
Primero

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ReBeLStRiKe

#5 ¿Esa resolución que te han notificado da pie a recurso en el plazo de un mes? De no haber firmado absolutamente nada, recurre solicitando la nulidad del expediente sancionador por omisión total de los trámites esenciales

1 respuesta
Sakeo23

#6 Contra la presente resolución cabe, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposicion transitora tercera , letra c) y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento

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ReBeLStRiKe

#7 Ese mes empieza a contar desde que recogiste la carta en correos. Según la resolución, las autoridades te entregaron in situ el boletín notificándote la denuncia y no presentaste alegaciones.

En estos casos lo que se suele hacer es ver el expediente sancionador en la oficina de la administración correspondiente, comprobar que efectivamente no hay ningún boletín firmado por ti, no te notificaron fehacientemente en tu domicilio el inicio del expediente sancionador y de haberlo intentado, que ambos intentos se hayan llevado a cabo conforme a la normativa (suelen incumplir este extremo muchas veces y el segundo intento de notificación lo realizan en la misma franja horaria).

Si tienes intención de recurrir acude a algún abogado y pregunta cuánto te costaría. En estos casos conviene ver el expediente físico y hacer copia de toda la documentación que puedas utilizar en contra de la administración (boletín de denuncia sin firmar, inicio de expediente sancionador sin notificar correctamente, etc.).

Para intentar solucionar estos asuntos en vía administrativa conviene darle masticado el trabajo al funcionario de turno, porque si lo mandas a que se "moleste" en buscar tu expediente, ver la documentación que alegas no haber firmado y hacer las comprobaciones oportunas, tarda menos tiempo en desestimarte el recurso que en intentar hacer bien su trabajo.

2 1 respuesta
Sakeo23

#8 Perfecto, muchísimas gracias!

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B

#2 en contenciosa tambien? Me suena que no peor me has hecho dudar.

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ReBeLStRiKe

#10 No, la presunción de veracidad es en vía administrativa, me refiero a que tanto en vía administrativa como en la contenciosa, ante un caso así, tampoco tiene muchas garantías de resolverlo a su favor.

En el siguiente post ya ha resumido la carta y el caso ha cambiado un poco de perspectiva.

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