AltCoins | Más allá del Bitcoin

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T

#1980 llegará un momento en que esto no pase o nos encargaremos de que no pase por lo fiscal, bastantes impuestos pago yo como para que si me esfuerzo en doblar mi dinero vengan lo hijos de puta de Hacienda a querer llevarse algo. Ya pague impuestos con ese dinero invertido, si en vez de gastarlo en comprarme unas zapatillas lo invierto y salgo ganando le pueden dar por culo a Hacienda porque ese dinero no lo va ni a oler. De hecho estoy pasando todo mi dinero de bolsa a la criptomoneda

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nerkaid

#1981 Ponlo por un foro, es la forma más inteligente de evadir.

PD: Hasta donde yo sé se consideraría aumento patrimonial, pudiendo tener que pagar hasta un 40 y pico % sobre el beneficio obtenido con la regla de first in first out.

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Bl3sS

Yo estaría encantado de tributar el 40%

wdaoajw

Me recomendáis algún sitio para comprar ETH que no sea Coinbase ni Etoro? No hay manera de que me funcionen esos sitios.

T

#1982 no pueden saber lo que tengo y lo que no, asique bueno, quería desahogarme un poco, pueden hacerse a la idea de lo que he metido de mi cuenta a un exchange, nada más.

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xPipOx

¿Como veis Siacoin?

1sioke1

#1985 Si crees que el bitcoin es una inversión a largo plazo, siempre puedes "no declararlo", es una moneda que no tributa y nadie puede saber cuanto tienes y cuanto no ya que no hay registros legales de ningún tipo, solo webs de empresas privadas que "comercian" con las criptomonedas. Si quieres traducir a día de hoy el bitcoin en dinero tienes que declararlo igual que si lo hubieras ganado en la bolsa hasta donde tengo entendido, es como si compraras y vendieras acciones.

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nerkaid

#1987 La cuestión, es que tu si lo quieres declarar, tienes que justificar la compra de esos BTC o su minado, no puedes decir que se te aparecieron 3 BTC en tu cuenta por arte de magia, y si no estás dado de alta como autónomo es ilegal minar.

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1sioke1

#1988 No lo se exactamente, eso que dices me suena raro pero si hablas con tu banco te deberían de decir el que. Tu lo que vas a tener es un ingreso por parte de una empresa llamada coinbase, kraken etc... Si lo que haces es trading puro y duro, por lo que tienes que declarar que esa empresa te ha pagado eso, y una forma es justificarlo como los ingresos que consiguieras en la bolsa. Y sí que puedes decir que tienes 3 BTC, otra cosa sería un intercambio entre particulares que eso si que se ajusta más a lo que tu dices. Pero si haces trading es como justificar los ingresos de la bolsa hasta donde yo se.

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nerkaid

#1989 Si, exacto, el tema es que si tu vas a Hacienda, y le dices que has ganado X€ en acciones, que no habías comprado en ningún momento, yo creo que les va a raspar.

Para declarar ganancia en acciones tienes que decir cuanto te costaron, y cuanto has ganado con ellas, para indicar el beneficio (aumento patrimonial) y poder calcular el % a pagar. Con esto es igual, puedes decir que compraste X moneda, a Y precio, y que ahora la has vendido por Z, pero no puedes decir que has ganado Z con X moneda que nunca compraste.

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1sioke1

#1990 Si, pero ese dinero no ha tenido por que salir de tu cuenta bancaria, tu puedes poner que te costó X, el rollo sería el justificante de pago pero bueno. Si haces mútiples operaciones imagino que tendras que declarar el incremento de patrimonio obtenido que te ha generado la compraventa, es decir el total. No creo que tengas que justificar cuantos movimientos has hecho, cuanto has invertido, cuantas "divisas" y cuanto has obtenido.
" Este cambio siempre es contable al precio del momento en el que efectúes el cambio." "Bitcoin no es un objeto como puede ser una moneda o un billete, es un derecho para apuntar en la cadena de bloques una transferencia. Por el mero hecho de tener Bitcoin no hay que declarar nada, en cuanto realizas el cambio a moneda fiat, ahí si tienes que declarar el incremento de patrimonio."

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nerkaid

#1991

#19911sioke1:

...en cuanto realizas el cambio a moneda fiat, ahí si tienes que declarar el incremento de patrimonio.

Ese es el tema, si tu puedes justificar de algún modo que compraste X moneda a tanto, puedes declarar que sobre un valor que pagaste de X, ahora has conseguido un valor de Y, y tu beneficio ha sido Y-X, del que tendrías que pagar el % que sea a Hacienda. Si tu llegas a Hacienda, y le dices que compraste X moneda, pero que no tienes justificación de nada, y que ahora esa moneda vale yo que sé, 10k€, lo más probable es que se rían en tu cara.

A partir de aquí, según como lo vea Hacienda, podrías inquirir en un delito por generar esta cantidad de beneficio sin ningún tipo de declaración ni justificación, considerándose una actividad laboral encubierta (o algo así, no lo tengo muy claro), que podría conllevar una multa de hasta un 150% del valor generado (es decir, pagas tus 10k€ de BTC, más otros 5K€ de multa), o bien, pedirte un modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, y que Hacienda lo acepte como una ganancia patrimonial no justificada, por lo que tributaría al tipo marginal de gravamen (45%).

A nivel legal, hasta donde yo tengo entendido, lo mejor es guardar justificantes de compra, y llevar un registro de cada compra/venta y el valor de la divisa en ese trade, de ese modo se quedaría en una ganancia patrimonial normal y corriente en la base imponible del ahorro (como una compra/venta de acciones vaya) en la que tributarías en torno a un 23%, te quitas de líos, y pagas menos, todo ventajas.

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1sioke1

#1992 Supongamos que hay empresas que se dedican a darte un rédito rollo depósito o fondo de inversión, estas te pagan en BTC en una cartera online, y supongamos que el dinero que inviertes no es ganado en España, sinó de haber trabajado en otro país. Por ejemplo yo invierto unas 1000 libras en BTC, ganadas de currar en UK, invierto en trading y empresas rollo ICO o de inversión. Genero un capital mensual de 500 euros. En 12 meses he generado 6000 euros y está ingresado en el banco, no se puede partir de la base que mi captial inicial era de supongamos 10000 euros y al cabo del año son 16000 + lo que hayas trabajado en españa?
Se que lo que planteo es un poco follón, pero hay mucha gente con capital en moneda extranjera que gana sus BTC y luego se los trae a Euros, xq en parte es más rentable y no toca sus cuentas Españolas.

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nerkaid

#1993 Cuando tienes bienes/patrimonio en el extranjero, desde el 2012 creo recordar, lo tienes que declarar con el modelo 720.

Es decir, tu piensa en general, que aquí no van a ser comprensivos y van a entender que claro, es que "ains, no lo habías indicado y tal y no pasa nada", todo lo que sea decirle a Hacienda que el dinero aparece de la nada, le va a raspar fuerte, porque lo que les estás diciendo básicamente es que tienes un dinero que ha aparecido del cual no puedes justificar su procedencia, por lo que podría ser desde dinero que has ganado trabajando en B, a dinero que estás blanqueando a narcotraficantes, ellos no saben de donde procede.

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Soy_ZdRaVo

#1994 lo más importante es que los bancos en cuanto una cantidad "importante " o muchas no importantes tocan una cuenta española tienen la obligación de declarar al servicio de blanqueo de capitales así que puede que si alguna vez quieres comprar algo acabes con una investigación por blanqueo

Hipnos

Pero esto tributa como rendimientos del capital, igual que las acciones.

B

Si mal no recuerdo las acciones se consideran ganancias de capital y me parece que el impuesto ronda el 10%. Creo que a las criptomonedas se aplicaría el mismo baremo.

Si alguien quiere evadirlos, creo que podría irse a "vivir" a otro país (Andorra, por ejemplo) y pagar ahí los impuestos, no? Porque creo que esto tributa en el momento en el que tu canjeas tus assets por euros, por lo que si lo haces en otro país cotizarías ahí.

Si me equivoco que alguien me corrija, que de esto tampoco soy ningún experto.

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nerkaid

#1997 Las ganancias derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva, tributarán al tipo vigente en el año en que se haya devengado la renta (ver cuadro).

Source: Agencia Tributaria

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B

#1998 Si llega el día en el que se puedan comprar cosas con criptomonedas, creo que ese impuesto ya no se aplicaría, no?.

3 respuestas
T

#1999 ya se pueden comprar y pagar cosas en establecimientos con bitcoin.

http://mercadobitcoin.com/
http://www.muypymes.com/2016/03/10/empresas-pagar-bitcoins

por poner lo mas rapido encontrado en google pero hay mas, al menos en Madrid por la calle Serrano habia mucho establecimiento que aceptaba

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nerkaid

#1999 No se puede saber... Según como se regularice todo esto, que las organizaciones de los países no sabe muy bien como empezar a meterle mano aún.

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tuput

#1977 lo mismo te digo tio

1sioke1

#2000 #2001 #1999 Se acerca más a lo que dice nerkaid, funcionaría a día de hoy como las acciones, pero de momento no hay una regulación establecida por ley.

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T

#2003 a mi no me parece justo porque ese dinero ya pasó por los impuestos, lo que yo gane siendo listo y móviendolo de tal forma que saque beneficios tendría que ir a mi bolsillo sin pagar nada de más, pero bueno aquí muchos no van a estar de acuerdo con ello pero antes de abrir la boca que den un razonamiento lógico

PoLLeZnO

Está bajando mucho el Eth, hay alguna noticia relacionada?

nixonE1

Esta bajando absolutamente todo. Supongo que esta arrastrado por el bitcoin.

PoLLeZnO

Pues no pienso vender nada, me hundiré como el Popular.

1
T

Es por el entusiasmo de los que compraron a 1600 y al pasar mil euros en un mes ahora les ha entrado el pánico o quieren recoger sus ganancias, yo cambie a euros en el pico y ahora esperare a que baje para comprar las altcoins que quiero. Hay que saber a qué hora va a bajar la ola y saber saltar a tiempo

voido

#1987 #1988 algo de este estilo no te haría más invisible frente a hacienda? https://www.bitnovo.com/PurchaseCard/VisaCardInfo

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Sephi19

El dia que el algoritmo de estas monedas llegue a su tope, si siguen en funcionamiento, van a tener un cambio interesante ya que no podrán ser minadas.

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