Fiscalidad de ingresos secundarios (Adsense, Apps, YouTube, etc)

Hipnos

Buenas, a raíz de un debate similar en otro hilo me entra esta duda.

Imagina que tienes una fuente de ingresos secundaria. Puede ser un canal de YouTube, un blog con publicidad, o incluso una App que te repercute ingresos por publicidad o micropagos. O hasta te has venido arriba y tienes un juego en Steam del que vendes algunas copias cada mes.

Si tus ingresos no llegan a 300€ para cubrir una hipotética cuota de autónomos, ¿hay alguna manera de ganar dinero cumpliendo la ley?

Pregunta bonus: ¿Qué te puede pasar si incumples la ley?

BernyMoon

La pregunta importante es: Eres de Barcelona?

Creo que si no llegas a X no tienes que preocuparte.

Mako666

Si no llegas a un mínimo no tienes que darte de alta en autónomos, aunque sí en el RETA.

3 respuestas
RenTao

En teoría en este pais de mierda, no importa lo pequeño que sea el ingreso, alta autónomos y alta hacienda, a pagar irpf, iva, y todo lo que se tercie.

Otra cosa es que hacienda pierda el tiempo en investigar de donde vienen esos ingresillos. Y luego que hay sentencias dando razón de no pagar autónomos en x casos, pero eso ya es meterse en juicios cuando te lleguen las multas (4 años tienen).

B

No te ralles bro$ki, se de que hilo hablas y la gente después de ver la entrevista de José Elías ayer esta muy subidita pensando que tienen empresas en medio mundo.
Si realmente tuviera empresas tendría gestorías y abogados que le aconsejarían profesionalmente y no tendría que recurrir a un foro de videojuegos.
Se ve rápido de que pie cojea la gente y odio la prepotencia de dichas personas.

1 respuesta
Hipnos

#3 Pero el RETA ya son 300€ al mes ¿no?

#5 Yo en este caso estoy pensando en mí. Me gustaría aprender a hacer apps o jueguecitos para Android y ponerles publicidad para sacar algo. Igual saco 20€ al mes pero si encima voy a cometer un delito pues no me renta :/

2 respuestas
B

#6 en principio no tendrás ningún tipo de problema y no te preocupes que el día que llegues a ganar más del mínimo estipulado serán ellos mismos quien se pongan en contacto contigo, suerte con los proyectos. :thumbsup:

Leoshito

Me suscribo al hilo, pero básicamente pagas irpf por cojones y luego el resto depende de cuánto saques.

Por ejemplo si eres influencer y haces algún tipo de promoción remunerada (aunque sea en especie tipo darte una unidad de un producto gratis o un viaje o algo así), también la tienes que declarar.

pirri1721

Vengo salty, pero me voy a contener y darte un genuino consejo: primero saca esos 20 leres al mes y luego vienes a preocuparte por esto

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B

Pues bien, si la ley establece que los rendimientos del trabajo dependiente (por cuenta ajena) no necesita ser declarados si su cuantía en el ejercicio no supera los 22.000 € anuales, el límite para estar obligados a declarar rentas procedentes de actividades económicas es de 1.000 € anuales. Quiere ello decir que, según la norma fiscal, hay que declarar cualquier rendimiento de actividades económicas (y el comercio electrónico u online lo es) que supere los 1.000 € anuales.

Ejemplo:

En el año 2016 vendió fotos/publicidad/app por valor de 1.500 €, pero también ha tenido que asumir gastos de material fotográfico e informático y gastos abonados a terceros por desplazamientos que se le han supuesto en el año un total de 600 €. Juan ha tenido un rendimiento de su actividad económica de 900 €. Es por ello que no tiene obligación de declarar esta actividad ni sus rendimientos.

#11 MP

1 respuesta
Hipnos

#10 Muchas gracias por esta respuesta. ¿cuál es la fuente?

Mako666

#6 En el RETA no pagas nada, es solo para dar constancia de lo que has hecho.

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Yekale7

Añado una posibilidad de recibir un pago al año, pero tienes un trabajo por el que ya superas los mencionados 22000€. Además que ese pago (decimos que es el beneficio neto por simplificar) es superior a los supuestos 1000€ que han puesto arriba (creo que pagos por encima de 3000€ se obliga a notificar a hacienda).

Qué opciones tienes? Solo se me ocurre darte de alta de autónomos declarar y darte de baja, aunque sospecho es bastante

adrisan

No te irán a buscar por 50€ cuando ves tráfico de drogas por la calle y se llevan varios miles. Necesitan muchas pruebas e historias para abrir una investigación que no cubrirán con tus menos de 300€ ingresados.

Hipnos

#12 Tú que eres autor, ¿puedes ilustrarnos con la fiscalidad de los ingresos de tu libro?

O sea, te van llegando ventas a cuentagotas imagino, pero dudo que eso te de para pagar nada.

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richmonde

Me interesa el hilo, ya que tengo en mente algo como lo que menciona @Hipnos de Apps o otras fuentes de ingresos

JoDeR

Depende de si son ingresos habituales y la cantidad que factures.

Si es una actividad esporadica y no supera el salario minimo interprofesional no tienes que pagar nada.

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richmonde

#17 Eso donde lo puedo comprobar? Porque estamos hablando de 14k al año entonces, no? (1000€ al mes con 2 pagas)?

Bl3sS

#15 Yo lo estuve mirando en su momento, aunque para otra cosa.

Lo que ganes en ese "trabajillo secundario", se suma a lo que ganes en tu trabajo habitual, estás obligado a declararlo.

Además estás obligado a tributar a hacienda el % de impuestos que proceda.

Además tienes que darte de alta como autónomo, antes había cooperativas de autónomos, freelancers y demás que lo que hacían era tributar a través de esa cooperativa y así solo tenían que tributar cuando trabajaban, si un mes no trabajabas (por ejemplo fotógrafo freelancer) pues no te dabas de alta ni nada. Eso lo quitaron y es ilegal tributar a través de una cooperativa.

Darte de alta en RETA es gratuito.

Si ejerces CUALQUIER actividad remunerada y no eres asalariado, tienes que darte de alta en autónomos SÍ o Sí. El importe que ganes es indiferente, lo del salario mínimo no es cierto, la norma no pone ninguna cifra, lo que se han ganado varias sentencias judiciales, pero la norma sigue ahí, no quita que te puedan abrir un expediente y empieces con la montaña rusa de diversión que es verte envuelto en un proceso judicial contra hacienda.

Al ser autónomo tienes que liquidar trimestralmente el IVA, así que toca contratar una gestoría (o hacerlo tú mismo jaejejejajja)

Si ganas 30 € este mes al estado se la sopla, tú paga los 300€ al mes de la cuota.

Yo tenia pensado montar una empresilla online, se me quitaron las ganas.

Hay que pagar la sanidad y educación, a pagar!!

3 5 respuestas
richmonde

#19 Si eres asalariado también has de darte de alta de autónomo, o solo con el RETA vale? Porque si es lo segundo, guay. Si he de darme de alta de autónomo ya no me hace tanta gracia... pagar dobles impuestos por un mismo bien, me da que no me renta.

1 respuesta
Bl3sS

#20 si eres asalariado, eres asalariado, no puede trabajar por cuenta propia, solo por cuenta ajena.

Si eres asalariado en una empresa y además quieres montar tu empresilla por tu cuenta, toca darse de alta en autónomos y tributar doble. Hay muchas cosas que pagar.

guillauME

#19 Si vendes algo de segunda mano de manera recurrente y te pagan con Paypal a la cuenta de Paypal y luego tú gastas ese dinero o lo mueves a tu cuenta ¿Cómo se supone que Hacienda tiene constancia de eso?

Lo pregunto porque por ejemplo cuando vendes algo por Ebay, Vinted,etc. lo habitual es que recibas el pago a través de Paypal.

Es realmente espeluznante que quieran que pagues impuestos y tributes el revender algo que has comprado nuevo o que compraste de segunda mano por ejemplo.

2 respuestas
B
#19Bl3sS:

Además estás obligado a tributar a hacienda el % de impuestos que proced

google ad sense ya te retiene irpf
yo mas bien diria que te tienen que devolver la retencion. si tienes unos ingresos de mierda. y lo declaras.

no tienes que darte de autonomo por cobrar 200€ al mes por adsense. porque eso no se considera actividad economica en ninguna cabeza que tenga 2 dedos de frente.

"Si ejerces CUALQUIER actividad remunerada y no eres asalariado, tienes que darte de alta en autónomos SÍ o Sí."

eso es totalmente falso
si vendes cada mes 1 gamepad usado a 5€ de los trastos que tienes por casa, no tienes que darte de alta de autonomo.
y no tienes que liquidar iva si estás facturando a google que es una empresa en el extranjero, donde se factura 0% iva

quiza darte de alta como recaudador de iva al 0%,

#22 paypal les envia a hacienda X movimientos de dinero
no se la cantidad, la periocidad, ni si es X aumento de saldo cada X tiempo

hay tantisimos millones de cuentas y movimientos en españa, que tienen que ser casos de mucha cantidad de dinero para que suceda.

paypal ya empezó solicitando informacion cuando superabas X cantidad de ingresos, hace años, yo se la di, a mi hacienda aun no me ha dicho ni pio

en ebay pasa lo mismo, como hacienda no puede controlar individuo por individuo, forzó a ebay a que recaudase iva al tuntun, forzando un sobrecoste en las ventas segun nacionalidad del comprador, que acaba cobrando el vendedor, y luego quitandoselo ebay para darselo a hacienda.

como para que luego venga hacienda a pedirte el iva de nuevo ..

y digo iba al tuntun, porque el arte tiene un 10% de iva, y juraria que ebay cobra 21%, pero ni idea, porque no vendo en españa

2 respuestas
Puni

Yo tengo un canal de Youtube y en temporada de nieve tengo algunos ingresos entre Adsense, páginas de afiliados y demás pero que no llegan ni a la mitad de un sueldo mínimo ni de coña, en verano no llega ni para invitar a una cena. La cosa es que tengo a parte mi sueldo normal e intenté hacer lo de Youtube todo lo legal posible.
Al final, en una gestoría online de creadores de contenido (OnlyTax) me dijeron que ni me merecía la pena darme de alta de autónomo.

1 2 respuestas
B
#23Kyasca:

paypal ya empezó solicitando informacion cuando superabas X cantidad de ingresos

Pero eso que yo sepa es por la normativa europea contra el blanqueo de capitales, no porque tengas un rendimiento X de ingresos y tengas que declarar o no algo.
Entiendo que te refieres a lo de los 2.5k ingresos anuales.

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Karch

#22 si lo vendes por menos de lo que te costo comprarlo no hay que declarar nada, solo habria que hacerlo en el caso que sacaras beneficios con ello

1
B

#24 a que no te ha mandado carta maria jesus montero,
que coño, si 1200 millones eso no es poco chiqui, ya ves tu con 300€

cuando ganes 1200 millones le dices que es un desliz, como ellos, que les salio una deuda de debajo de la alfombra.

#25 si, será eso, no se si les mandan info o no, yo escuché que si, pero vamos ... si ganas 1500€ al mes, mejor que declares, si sacas 500€ ni te preocupes.

1 respuesta
ESL_Kaiser

yo lo que tengo dudas es con las criptos, que veo que ahora hay que declararlas y no me hace especial ilusión, alguien tiene buena info al respecto?

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Iwywnsb

#3 Esto no es cierto. Primero el RETA es Seguridad Social. Supongo que te refieres a que te puedes dar de alta en Hacienda pero no en la Seguridad Social, y esto no es así. Se sigue diciendo y no por ello es cierto. Puedes hacerlo, pero si la Seguridad Social reclama los pagos ya te las tienes que ver con ellos o ir a juicio y depender de lo que diga el/la juez/a. Hay jurisprudencia? Sí. Es una norma escrita? No. Es una interpretación de la ley respecto a la habitualidad del trabajo. Y en este caso hay quien mide la habitualidad en el SMI, pero lo dicho: si la SS te reclama los pagos te vas a ver en un marrón de la gran flauta y ya depende de lo que se decida en el juicio.

Respondiendo a #1 y para mi desgracia, y para desgracia de nuestro querido país. No, no hay forma legal de tener esos ingresos haciéndolo legal. Así es nuestra querida patria para los que tienen una idea, o pueden empezar un negocio poco a poco y en un futuro poder facturar bien. Quieren que pagues los 300€ por mes iniciales, o 60€ por mes si es tu primera alta como autónomo o han pasado 2 o 3 años desde la última vez que te diste de alta.
Mucho cuidado también con el tema de las cooperativas, que también se recomiendan y también son una zona gris con problemas y denuncias por parte de la Seguridad Social. Esta gente no entiende que los negocios de hoy en día no son como los de antes, y que alguien empiece con sus ingresos pasivos de AdSense, YouTube, o alguna aplicación o diseño que vaya creciendo no les entra en la cabeza. Prefieren desplumarte antes de que empiece tu actividad (que, de ir bien, en el futuro les darías mucho más dinero en forma de cuotas, IVA e IRPF) que dejarte espacio para que crezcas, aprendas, mejores, aumentes tus ingresos y a partir de ahí cobrarte una cuota proporcional (otro concepto que siguen sin entender). Da muchísima pena y asco al mismo tiempo.

4 1 respuesta
B

#28 legalmente hay que declararlas, tu crees que van a seguir nada? si les tiene que reventar los servidores si recibiesen la info de todos los movimientos que hace la gente con las cripto.

#29 no hay que complicarse:
alguien que tiene experiencia:

#24
"Yo tengo un canal de Youtube y en temporada de nieve tengo algunos ingresos entre Adsense, páginas de afiliados y demás pero que no llegan ni a la mitad de un sueldo mínimo ni de coña, en verano no llega ni para invitar a una cena. La cosa es que tengo a parte mi sueldo normal e intenté hacer lo de Youtube todo lo legal posible.
Al final, en una gestoría online de creadores de contenido (OnlyTax) me dijeron que ni me merecía la pena darme de alta de autónomo."

el resto son todo suposiciones

ni siquiera con una actividad normal hay que darse de alta en la RETA, si tienes o quieres Facturar porque "vendes" puedes no estar dado de alta de autonomo, y a la vez facturar para recaudar iva

https://economia3.com/2021/12/21/467574-facturar-sin-ser-autonomo/
"Darse de alta en Hacienda mediante los modelos 036 y 037"
tributar el iva recaudado :
" tributar por IVA mediante el modelo 030 "

sin necesidad de darse de alta de autonomo puedes emitir facturas con iva.

"En este año, el Salario Mínimo Interprofesional aumentó y llegó a tocar la cifra de los 13.300 euros por año. Lo que se traduce en unos 950 euros brutos por mes. "
los ingresos NETOS (dicen brutos pero son netos, o brutos antes de impuestos(autonomos)) se refieren a beneficios, ingresos - costes de explotacion

que si, que hacienda te quitaria hasta la casa y te dejaria viviendo bajo un puente, pero legalmente no es asi.

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