16 años en prisión por un asesinato inexistente

tholdrak

El problema es que en este país de pandereta ningún partido tiene cojones a reformar el CP por no perder un puñado de votos.

A

y después verdaderos asesinos en la puta calle :palm:

H

#60

Ya sabía que me ibas a contestar eso y me he dado cuenta de que realmente no tengo opinión, estudié el sistema nuestro y lo comparaba con el de grados americano pero nunca me decanté por ninguno ni me llegué a plantear cuál es mejor. Tampoco existió ese debate en el aula.

B

#1 Eso si, roba millones y tendrás a tu disposición los mejores abogados y la justicia de tu lado.

Hipnos

Yo mataría al juez al salir. Total, los 16 años ya te los han echado, que vayan descontando.

1 1 respuesta
PuNTo

No, si matar por ideología esta menos castigado, que matar de muerte natural a una persona ¬¬

Dostoievski

#20 Si te han declarado culpable sin serlo, se ha cometido un error y por lo tanto es necesario una compensacion por ello.

Vamos no se como ves justo que alguien pierda 16 años de su vida y ale, le saquen a la calle y tan feliz.

1 respuesta
Hipnos

#67 Eso no interesa coño, bastante deuda tenemos ya.

Korth

#65 Eso, pégale un tiro al forense en la cara del juez.

Lo que hay que leer.

1 respuesta
Hipnos

#69 Es lo justo, ¿no?

ChaRliFuM

#58 Es cierto que los jueces pueden pecar de corporativistas, sobre todo en recursos sustanciados ante la misma instancia que dictó la anterior sentencia. Aunque no termino de entender qué puede llevar a un juez a ignorar una nueva prueba forense tan sumamente demoledora. El caso es que si creamos tribunales ad hoc para este tipo de recursos lo que hacemos es seguir creando instancias a las que poder apelar, alargar más aún los procesos penales y conseguir más dilaciones indebidas de las que ya hay. Quizás la solución no sea tan sencilla como parece o quizás convenga separar también el órgano judicial que analiza la nueva prueba y el órgano judicial que finalmente decide.

#60 Yo creo que en ese sentido el CP de 1995 sí que dio un paso al frente al regular los delitos imprudentes y solo castigar aquéllos que se encuentran tipificados como tal, básicamente porque es más acorde con el principio de seguridad y legalidad. Los delitos imprudentes se encuentran expresamente regulados, además el código sí gradúa la imprudencia castigando como delito la imprudencia grave y como falta la imprudencia leve.

Graduar los homicidios imprudentes solo tiene sentido si es posible graduar la culpabilidad, ya sabes que la magnitud de la pena no podrá exceder a la medida de la culpabilidad. Además las circunstancias agravantes tampoco se aplican a delitos imprudentes lo que supone otro obstáculo para la graduación de las penas por delitos imprudentes. La única manera de obtener un castigo mayor es mediante la acumulación de delitos, el que atropella y mata a alguien por ir borracho, conduciendo a lo loco y a una velocidad excesiva, recibirá un mayor castigo que quien atropella a alguien por ir demasiado rápido y no poder frenar a tiempo.

Dado el mayor carácter garantista acorde con el principio de legalidad del CP del 95, para castigar con una mayor pena un delito imprudente habría que tipificarlo como otro delito distinto castigado con una pena mayor, lo cual no deja de ser algo muy confuso.

1 respuesta
Eyacua

#56 No se, Manny, si me metes 3 palmos de metal por el culo aunque solo quisieras pincharmelo, si me desangro y tu intencion era "herir" creo que el sentido comun dicta que dificilmente puedes solo herir a alguien con semejante intencion.

Lo de la moto igual, si te paso por encima con un vehiculo a motor sabiendo que te puedo matar muy facilmente al hacerlo pues la excusa de "solo queria pisarle el pie" no parece muy probable que colara, aunque viendo el caso expuesto parece ser que si.

Soy_ZdRaVo

#71 Me da gusto leerte.

M

#57 Si tu circulas a 200 km/h por ciudad y tienes un accidente matando a una persona, se te imputara un delite de homicidio imprudente y no de homicidio doloso. Del mismo modo que si te da por tirar el piano por el balon matando a alguien, esa no era tu intencion, pero sabias que podia pasar, y sigue siendo homicidio imprudente.

La clave es el dolo, la intencion. Si no hay dolo, es imprudencia, y si el hecho no podia preverse es caso fortuito.

3 respuestas
Soy_ZdRaVo

#74 Si vas a 200 KM por hora por casco urbano se te puede condenar por un delito de homicidio.

http://es.iuris.wikia.com/wiki/Dolo_Eventual

Aquí el único que de verdad puede hablar de penal es CharliFum que sabe bastante, yo de penal me se la teoría y de esa manera xD

2 respuestas
M

#75 Yo tambien hablo desde la teoria, de lo que me enseñaron en la facultad xD.

1 respuesta
Soy_ZdRaVo

#76 Yo es que aprobé penal hace ya bastante y juré no tocarlo mas, no me gusta en absoluto.

1 respuesta
VENTURIN

Eso me pasa a mi y arde el país entero. El Juez y el forense responsables se cagan vivos nada mas salir de la cárcel

M

#77 Yo la aprobe tambien hace bastante, hara unos 4 años creo recordar. A diferencia de ti, es lo que mas me gusta, pero por experiencias de mi entorno no me dedicare a ello nunca xD

P.D: vaya mierda aprobar a la primera una materia que a uno le entusiasma y estar arrastrando otras que aborreces :D

cristofolmc

#74 En casos similares he visto que se ha tirado de dolo eventual para imputar por homicidio no la imprudencia.

Prava

#43 Mal. Nunca hay que ponerse en la piel de las víctimas si quieres impartir justicia.

Prava

#42 La medalla roja policial me parece un sinsentido en el 99% de las ocasiones. Que un GC o policía muera de servicio tiene la misma relevancia que muera un obrero, transportista, médico o cualquier otra persona trabajando.

LA MISMA.

1 respuesta
B

¿No puede ie al Tribunal europeo?

1 respuesta
Soy_ZdRaVo

#83 A priori no porque el TJUE hace cumplir la legislación de la UE (que no tiene nada que ve con esto) y el TEDH los derechos humanos que tampoco.

Ni el Tribunal Constitucional, ni el TJUE ni el TEDH son instancias a las que puedas acudir a pedir que miren una prueba.

ChaRliFuM

#74 No hay delito sin dolo o imprudencia

A partir de aquí podemos debatir largo y tendido. El dolo como tal no es sencillo de analizar, de hecho el Código penal ni siquiera define el dolo, solo hace referencia a él mediante términos como "malicia", "a sabiendas" o "intención". Luego la doctrina y jurisprudencia distinguen varios tipos de dolo.

Dolo directo de primer grado: Quieres matar a alguien con una pistola, le disparas y le matas

Dolo directo de segundo grado: Quieres matar a Juan y para ello envenenas el cocido que se van a comer él y su mujer Maruja. Ambos comen el cocido y mueren envenenados. A Juan lo has matado con dolo directo de primer grado y a Maruja con dolo directo de segundo grado. Tú intención no era matar a Maruja, pero efectivamente te cargas a Maruja también.

Dolo eventual: este dolo es mucho más complicado de determinar puesto que a menudo se confunde con la imprudencia consciente. El ejemplo de dolo eventual es lo que tú has dicho puesto que contabas con la posibilidad o probabilidad de producir el resultado.

Si actúas con cualquier tipo de dolo se puede imputar un delito doloso, mientras que si actúas con imprudencia solo se te puede imputar el tipo imprudente (si es que está tipificado como tal). Esto último es muy importante porque no todas los tipos delictivos tienen su respectivo tipo imprudente. Si se comete de forma imprudente un delito que solo aparece tipificado como doloso, será penalmente irreprochable y por lo tanto dará lugar a impunidad, podrá dar lugar a responsabilidad civil o administrativa pero no a responsabilidad penal.

#75 El Derecho Penal sí que me gusta pero tampoco es que sea mi rama favorita, lo que ocurre es que en nuestra facultad es junto con Procesal y Tributario las materias que más caña nos dan... cuando tienes un tutor de Penal que es Fiscal Jefe y después del examen se lo pasas para que lo resuelva él y solo es capaz de sacar un triste 3,5... te das cuenta del grado de desmesura que tienen algunos departamentos de la UNED. Para aprobar hay que llevar la materia bien empolladita y dar gracias si sacas un 5 (en mi caso saqué un 7 en el último examen, que tampoco es nada del otro mundo xD)

2 respuestas
Soy_ZdRaVo

#85 Se lo que son los examenes de la UNED de penal, mi profesor era TAN VAGO que muchísimas preguntas eran de vuestros famosos test de esos que cambian una puta coma y no sabes bien qué es la diferencia entre a y b y encima c es que todo es correcto xD

Yo saqué un 6.7, mejor nota de la convocatoria y me ESTAFARON los muy hijos de puta porque habían prometido redondear en el expediente hacia arriba y me pusieron 6.7

1 respuesta
M

#85 #86 Yo no recuerdo ya con que nota aprobe Penal (aunque se que no fue un 5 raspado). Lo que si se es que en el examen de junio, que fue cuando aprobe, sali del examen y todo cristo estaba comentando el caso practico que habia caido relativo a prostuticion de una menor y el abuso sexual. Todos decian lo mismo, y yo pensaba "pues yo he puesto otra cosa..." y asi fue, yo y otros 2 mas fuimos los unicos que tuvimos bien el caso practico. Todo dios a septiembre xDDD

Bl3sS

#82 tengo sensación de deja vú, esto ya lo he discutido contigo hace tiempo y no voy a volver a hacerlo. Todo el mundo sabe que no es lo mismo ser policía que médico, transportista, obrero o cualquier otra profesión, todos menos tú.

2 respuestas
2 comentarios moderados

Usuarios habituales