Violación en San Fermines

Soy_ZdRaVo

#8158 mas que independiente es mas random.

En EEUU si que es verdad que no puedes estar seguro de nada antes de empezar un juicio. Lo mismo el jurado acaba tragángose cualquier gilipollez o encabronandose con el acusado por un detalle que no deberían tener en cuenta (un gesto, que no preste atención a una declaración) y cebándose.

Es tan genial y proporcional que por el mismo delito cometido por dos personas distintas, si consiguen que se le juzgue por separado uno acabe con una condena pequeña y el otro con dos cadenas perpetuas.

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B

#8153 #8159 Claro, lo mismo es irte tu solo con una pava y luego se arrepienta, a que te agarren 5 maromos que te doblan en edad, te graben varios vídeos y luego te roben el móvil.

Triste pero cierto (el que creais que teneis un mínimo de cordura)

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B

#8159 #8160 Venga pareja troll, que estais en casa los dos solos y vuestra vida consiste en meteros en un foro de gamers a hablar con randoms, suerte.

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B

#8163 Encima contestándose el uno al otro xDDD

Tristérrimo.

HeXaN

En pleno 2018 y todavía hay quien le sigue el rollo a @Everything xD

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Soy_ZdRaVo

#8157 Artículo 1 Competencia del Tribunal del Jurado

  1. El Tribunal del Jurado, como institución para la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia, tendrá competencia para el enjuiciamiento de los delitos atribuidos a su conocimiento y fallo por esta u otra Ley respecto de los contenidos en las siguientes rúbricas:

    a) Delitos contra las personas.
    b) Delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.
    c) Delitos contra el honor.
    d) Delitos contra la libertad y la seguridad.
    e) ...
    Letra e) del número 1 del artículo 1 suprimida por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Vigencia: 1 julio 2015

  2. Dentro del ámbito de enjuiciamiento previsto en el apartado anterior, el Tribunal del Jurado será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal:

    a) Del homicidio (artículos 138 a 140).
    b) De las amenazas (artículo 169.1º).
    c) De la omisión del deber de socorro (artículos 195 y 196).
    d) Del allanamiento de morada (artículos 202 y 204).
    e) De la infidelidad en la custodia de documentos (artículos 413 a 415).
    Letra e) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra f).Vigencia: 1 julio 2015
    f) Del cohecho (artículos 419 a 426).
    Letra f) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra g).Vigencia: 1 julio 2015
    g) Del tráfico de influencias (artículos 428 a 430).
    Letra g) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra h).Vigencia: 1 julio 2015
    h) De la malversación de caudales públicos (artículos 432 a 434).
    Letra h) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra i).Vigencia: 1 julio 2015
    i) De los fraudes y exacciones ilegales (artículos 436 a 438).
    Letra i) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra j).Vigencia: 1 julio 2015
    j) De las negociaciones prohibidas a funcionarios (artículos 439 y 440).
    Letra j) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra k).Vigencia: 1 julio 2015
    k) De la infidelidad en la custodia de presos (artículo 471).
    Letra k) del número 2 del artículo 1 renombrada por la disposición final tercera de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Anterior letra l).Vigencia: 1 julio 2015

  3. El juicio del Jurado se celebrará sólo en el ámbito de la Audiencia Provincial y, en su caso, de los Tribunales que correspondan por razón del aforamiento del acusado. En todo caso quedan excluidos de la competencia del Jurado, los delitos cuyo enjuiciamiento venga atribuido a la Audiencia Nacional.

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Frave

#8157 Y decirle a la persona del atentado que hizo mal en verse superado por los acontecimientos en lugar de correr y esconderse, es ser mala persona ?? es no ser empático??? somos una mala sociedad si intentamos enseñar a la gente a como actuar ante situaciones malas??? yo entiendo y lo he puesto que era una situación difícil y que creo que la violaron pero repito la justicia no va de creer va de pruebas y de hechos demostrados, y parece que no se puede demostrar que no hubiera consentimiento o conocimiento de que no había consentimiento. Bueno no voy a comentar lo del robo por no desvirtuar que encima esta tan cogido por los pelos que no merece la pena.

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-

#8161 Estamos hablando que la condena a un tipo depende de 23 personas.

No de una sola persona, como en el caso de que sea el juez el que dicte sentencia.

¿Acaso no nos hemos encontrado con condenas contradictorias dependiendo del juez que interprete las leyes?

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Wachuflay

No comparen el sistema judicial español con el americano , son totalmente diferentes . En eeuu se sigue el sistema del common law, en los que el precedente judicial es decisivo y la jurisprudencia es la primera y ppal fuente de derecho , el juez no aplica la norma sino que crea la norma . En España encambio es un sistema codificado la ajurisprudencia no es fuente del derecho el juez no crea la norma sino que la aplica y la interpreta pero muy muy muy limitadamente por medio de la equidad , no tiene sentido compararlos . Aquí ( aunque siempre hay casos que huelen) el juez da igual que sea rojo azul amarillo de la ideología que sea aplica el derecho tal cual es , en eeuu muchas veces se sabe como terminará un juicio según la tendencia ideológica del juez

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AikonCWD

Por qué las mujeres en twitter están con lo de "nos están matando a todas" o que ahora se sienten con miedo de ser violadas por 5 hombres? Cogiendo los delitos en España, es más probable que te atropelle una mujer borracha antes de ser victima de una violación entre 5 hombres.

Porqué la gente es tan hipócrita?

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B

#8170 Porque hay mucho dinero en juego.

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SasSeR_18

#8170 No sé, pero de unos años para aquí el término 'histeria colectiva' se queda corto, más allá de estar a favor con la sentencia o no

nizku

#8130 Oye si tienes pruebas aclaratorias que no han llegado a manos de la fiscalia te insto a que las pongas a disposicion de las autoridades.

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Mariox93

Planteo una idea, no os parece que la situacion, independientemente de lo que diga el codigo penal, hablando de forma mas "filosofica" de estar una mujer rodeada de 5 hombres, en estado de shock, ¿esa situacion de superioridad sin que ella quiera no os parece que deberia ser considerada violencia o por lo menos intimidacion? A lo que me refiero es que la violencia e intimidacion exigen unas caracteristicas, ¿pero no os parece que la definicion juridica de estos terminos deja de considerar ciertas circunstancias violentas o intimidatorias cuando seria idoneo que si que las condiderara?

awiiky

#8170 les dijeron que así conseguirían algo "bueno" "" para las demas ""

Soy_ZdRaVo

#8168 Son 3 jueces para evitar confusiones. Y puedes encontrar distintas interpretaciones de la ley, pero no vas a encontrar a jueces que se coman teorias conspirativas sin indicio alguno, que crean que alguien apuñala a otro 20 veces por miedo a que le viole por ser gay etc etc etc

Y ya si nos metemos como en EEUU con jurados para cosas de derecho civil... anda que 23 personas van a poder interpretar algo de hipotecas o de derecho de patentes xd

#8169 EEUU ya tiene mas leyes que España. Mas que de Common Law son de precedentes, la jurisprudencia pesa mas que aquí, pero tienen normas y muchas...

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StkR
#8167Frave:

Y decirle a la persona del atentado que hizo mal en verse superado por los acontecimientos en lugar de correr y esconderse, es ser mala persona ?? es no ser empático???

Joder, no me hagas responderte eso, de verdad xD. Vas a ir a dar lecciones a una persona que ha vivido una situación traumática, eso es. Espero que nunca lo entiendas, para serte sincero, lo digo porque creo que solo lo entenderás si lo vives en primera persona, y no querría que te pasara algo así.

#8167Frave:

somos una mala sociedad si intentamos enseñar a la gente a como actuar ante situaciones malas???

No lo somos, pero un estado de shock no te permite pensar con claridad, diría que ni pensar, no se puede enseñar a alguien a no estar en shock, a eso voy.

A pesar de todo, entiendo tu punto de vista, aunque no lo comparta, y ojo, yo no quiero que los quemen en la plaza del pueblo ni que valga la sola declaración de una supuesta víctima para meterlos a chirona, pero lo que he podido leer del fallo pone los pelos de punta.

pd. no me tengas en cuenta lo del ejemplo, lo he pensado en 10 seg y si, es penoso xD.

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Erterlo

#8162 Pues leyendo como a ido la cosa....Fueron a un hotel y la chica sabía perfectamente que iban a tener relaciones, lo dijo un seguridad de un hotel, en ese momento podía haber ido al seguridad y pedirle ayuda.

Y que me digas que puede pasar que te vayas con una chica y después de tener relaciones se arrepienta...pfffff, pues lo que digo, peligroso precedente.
Amén de la declaración de uno de los jueces...

#8163 Que la masa vaya en una dirección no quiere decir que sea la correcta.

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StkR

#8173 Eh? De qué estás hablando? Hablo de hechos probados, escritos en el fallo de los jueces. A hacerte el listo puedes ir a otro sitio.

D

No entiendo como está internet de loca con el tema como si la gente estudiase derecho

haciendo de jueces sin tener ni idea

Han sido condenados? Si
Pues que se jodan.. no tenemos acceso al video ni pruebas imagino (no sigo el tema)

Aunque si son como dicen son un claro peligro para la sociedad, pero de ahí a creernos jueces sin tener ni idea...
Habria que tener todas las pruebas para poder juzgar justamente

Pero en parte entiendo el cabreo conociendo el sistema judicial Español
Lo que sigue siendo vergonzoso es como aprovechan el filón para lanzar propaganda...

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B

#8177 No podemos enseñar a alguien a no estar en shock pero tampoco podemos enseñar a la gente a leer la mente, puede que ella se sintiera violada mientras que a ellos ni se les paso por la cabeza que ella lo estuviera pasando mal.

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-

#8176 Pero este caso es algo sangrante. Son 3 jueces, como 2 pueden ver agresión sexual en un video y 1 solo ve abuso. Al final no es intepretacion de leyes, si no de lo que a ti como persona te transmite ese video.

¿No es mas garantista si tienes a 23 personas? ¿Qué a 3?

Ojo las 23 personas en Estados Unidos es para juicios como este por ejemplo. Para otro tipo de juicios civil o mercantil no tienen porque recurrir al jurado popular.

Por cierto, ¿Qué opinión te merece el sistema alemán con el sistema mixto de jueces legos y los magistrados técnicos? Te pregunto a ti porque eres el abogado.

wizar5

#8130 revisa lo que puse porque te falló la comprensión lectora

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LaChilvy

#8181 Es que según el movimiento feminazi:

“Quedarse callada es NO”

Ay por favor, pa’ mear y no echar gota.

Yo tb añadiría:

“Comerle el ojete a un tío es NO”

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Karch

#8180 tienes la sentencia en la que se relatan las pruebas y donde muchos apreciamos que si hay intimidacion y pro tanto se debe considerar un agresion sexual

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aimettijosh

«Cuando la denunciante toma el pene de uno de los acusados y realiza movimientos masturbatorios sobre el mismo, quizá ocurrió que lo hiciera para no perder el equilibrio y evitar caerse" :person_gesturing_ok:

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gebimelo
#8157StkR:

no hay delitos con jurado popular per se.

Ufffff, acabas de enterrarte vivo tu solo

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B

#8180 la única prueba que ha interesado por aquí era una foto que han ido rulandose unos cuantos monos.

#8184 pues deja de decir porque da vergüenza ajena leerte. No sé si es cuestión de incapacidad o de mala fe, pero el resultado es el mismo

StkR

#8178 MEN-TI-RA. Otro que va de listo. El episodio del segurata está explicado. En ningún momento iban los 6 (violadores + víctima) en "horizontal" por la calle, hubo en ocasiones 1 y en ocasiones 2 que se adelantaron, precisamente para pedir habitación en un hotel se adelantó uno de ellos, y cuando ella llegó se quedó en la calle mientras hablaban porque estaba fumando. De hecho, ella explica a raíz de esto que le parecía normal que buscaran habitación puesto que eran 4 para dormir en 1 coche y es incomodísimo. Te recuerdo que todo esto se da en medio del "acompañamiento" que ellos le hacen al coche, en ningún momento se habla de que vayan a follar. Todo se empezó a torcer según ella cuando la empiezan a tocar más de la cuenta varios, y dice que va a girar por una calle y le dicen que no, que la acompañan hasta donde sea ellos.

Por cierto, muy normal que te estés follando a una tía con tus colegas y digas "illo, esto no tiene guasa" mientras ella hace gemidos de dolor y se la ve apática y sin mostrar ninguna proactividad. PERO OK.

#8181 GOTO

personaje

Si q hay gente q ha visto el vídeo...

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