Absuelto de abusar de una niña de 11 años porque parecía mayor

Agrael120

#116 No hay proporción, pero bueno es tu opinión y en parte la entiendo, si tienes la capacidad de tomar una vida deberías afrontar que se te recluya, pero no estoy de acuerdo en que la pena sea cadena perpétua. Ya de por si el asesinato implica que no es un homicidio común.

Además, en el caso del asesinato pides cadena perpétua, lo cual deja sin valor a cualquier circunstancia agravante. ¿Habría que aplicarlo también al robo o hurto? No es lo mismo un robo con agresión que uno con fuerza en las cosas, por poner un ejemplo. Al igual que no es lo mismo un homicidio imprudente que un homicidio doloso.

#114 Bueno, ese es un tema muy peliagudo porque ahí lo fundamental es actuar con proporcionalidad. Yo por ejemplo no estoy de acuerdo en que si sufres un allanamiento no puedas defenderte sin alegar una situación de miedo insuperable, por ejemplo, pero es cosa de la doctrina. Pero también está la dificultad de probar qué sucedió realmente. Imagínate que unos chavales menores de edad se cuelan en tu jardín a yo que sé, robarte fruta, y tú decides coger la recortada que tienes en la pared y meterles 4 tiros, y luego al juez le dices que te amenazaron de muerte y que iban armados. Es un tema en el que parece sencillo decir que aquí la ley está protegiendo al ladrón, pero para nada es así.

Es una de las cosas a pulir del sistema, que no son pocas, pero no es suficiente como para generalizar y decir que es más importante el agresor que la víctima.

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M

#121 Lo sé, por eso el juez actúa como mediador, no solo aplica leyes como un robot. Si yo veo a niños robando fruta no es lo mismo que encontrarme a un tio encapuchado dentro de mi casa rebuscando cajones. Eso un juez, lo ve.

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Agrael120

#122 No es lo mismo, al igual que tampoco es la misma reacción la que tendrías tú que la que tendría otra persona. Tu tal vez te limitarías a intentar reducir al encapuchado, otro a lo mejor intentaría pegarle un tiro. En eso se basa ser proporcional, que, a menos que concurran ciertos elementos, una reacción desmedida no exime de culpabilidad.

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M

#123 Es que el criminal que hace eso, sabe que la ley le ampara y sabe como salirse con la suya, ese es el problema.

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B

#120 Tú como persona, no puedes pedir el DNI a nadie, no tienes permiso ni licencia para pedirlo. Eso de primeras.

Un establecimiento tiene la licencia para poder vender productos alimenticios y alcohol. En ellos reside un requerimiento que es el no vender alcohol a partir de ciertas horas y a menores de edad. Ante la duda de que un menor pueda comprar alcohol, si pueden pedir el DNI para demostrar que así lo están haciendo. Pues si no lo hacen, en ellos recae una sanción por incumplimiento de la ley.

Y otra vez con la presunción de delitos. Esta persona no sabemos si es un pederasta o un día paseando al perro se le calentó la polla y quiso meterla en caliente. Lo que si sabemos es que la chica mintió sobre su edad, el varón decidió creerla y acabaron consumando una relación consentida por ambas partes.
No hubo dolo, no hubo abuso ni se buscó daño a una de las partes.

Aunque moralmente nos sea reprochable, ante la ley que fue cuando se produjo el "posible delito" era legal mantener esa relación con consentimiento. Es por ello que se modificó el reglamento para aumentar la edad legal para poder dar su consentimiento. Y como no se puede legislar retroactivamente ante una ley futura, este hombre está en la calle.

Lo que se puede hacer es que si este "posible delincuente" recae, caiga el peso de la ley, pero ahora mismo ante los ojos de esta, está libre de culpa.

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Sairih
#124MiaSkylar:

Es que el criminal que hace eso, sabe que la ley le ampara y sabe como salirse con la suya, ese es el problema.

¿Cómo se sale con la suya? por curiosidad.

Es decir, si entras a robar a una casa ajena y tienes un forcejeo con el dueño, y te acaba rompiendo un brazo, lo más que vas a conseguir es que te indemnice por la lesión, pero el robo con violencia te lo comes igualmente (o el delito que corresponda).

No entiendo a qué te refieres con salirse con la suya ni con que la ley le ampara. Que no puedas coser a tiros a un delincuente no quiere decir que la ley le ampare. Él está actuando fuera de la ley, pero tú también.

M

#125 El problema es ese, no entiendo por qué para venderle alcohol a un niño tienes la obligación de pedir DNI... ante la duda de qué edad pueda tener pero para ACOSTARTE CON NIÑOS la palabra del niño en cuestión sea más que válida. El problema no es solo el señor al que le gusta acostarse con niñas, sino la ley que lo ampara y se demuestra con esta sentencia. Este hombre se acostó con una niña de 11 años lo cual es un delito, luego ha sido el juez a quien le ha parecido excusa suficiente el burdo pretexto que usan todos los abusadores de menores de "parecía mayor" (que ya me diras tú cuán mayor puede parecer una NIÑA DE 11 AÑOS). Lo peor es que las personas que hacen estas cosas ahora se van a ver legitimadas y van a ver una excusa en sus actividades.

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B

#127 Pues sácate la carrera de Juez y cambia las leyes.
No vengas aquí hablando de injusticias cuando miles de personas trabajan diariamente para que se haga justicia día a día.

En su día era legal mantener relaciones entre personas de esa edad. Ergo no es culpable.

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I

#127 Parece que olvidas que es una niña de 11 años cuando la edad límite era 13, así que se creyeron que podía tener 2 años más.

Por suerte ahora la edad ha subido a 16, así que es muy muy difícil que alguien se acueste con una de 11 haciendo ver que creía que tenía 16. Se están viendo los mismos argumentos que en el otro hilo de hace un año, de gente que no tiene ni puta idea de leyes...

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M

#128 Nunca fué legal tener sexo con niñas de 11, no te equivoques. Además, me quejo de que la ley les ampara, no pongo en duda que le hayan puesto en libertad con la ley en la mano.
#129 es que me parece absolutamente surrealista que 13 años pudiera ser edad de consentimiento en un país del primer mundo.

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PapaNoeel

#111 léete el Corán

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Rezagado

Llevais no se cuantas páginas haciendo el tonto y omitiendo deliberadamente la parte importante, que la niña da consentimiento. Lógicamente ante eso al juez no le queda otra que absolverlo, es que es de cajón, el tio será un enfermo pero delito no hay.

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M

#131 El corán tiene numerosas partes que condenan la homosexualidad y tratan a la mujer como a un ser inferior. Qué tengo que leer exactamente?
#132 La ley afirma que el sexo, aunque consensuado, con alguien por debajo de la edad de consentimiento es abuso sexual.

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B

#130 La ley estaba en 13 años, la chica aparentaba 13 años, dijo que tenía más de 13 años. El varón y ella consumaron un acto en el que ambos estaban de acuerdo. La ley les amparaba. Hoy en día a esa edad no le sería posible acostarse con la chica, pues aumentaron a 16.

Deberías estar agradecida que con casos como este se subiera la edad mínima a los 16 años.

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M

#134 La ley amparó a un hombre que se acostó con una niña de 11 años cuando es/era ilegal, esa es la conclusión.

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Rezagado

#133 El tio es un puto enfermo pero para mi la única razón por la que está absuelto es que en ningún momento la forzó a hacer nada y ahí está la clave de todo. Si lo hubiera hecho hubiera dado igual que la chica tuviera 11, 7 o 45 años.

B

#135 Esa es tu conclusión.

La mía dicta que las leyes a lo largo de su historia evolucionan y se adaptan a las necesidades de los ciudadanos para que estos se sientan seguros y protegidos. Pero no pueden proteger a los ciudadanos de sus propias locuras e irresponsabilidades. Lo único que podemos pedir como tales es pedir modificaciones para que las leyes se adapten a nuestras necesidades. En su día acostarse con una chica de 11 años que aparentaba 13 era legal, ahora tiene que tener explícitamente 16 años y no vale el desconocimiento como eximente de culpa.

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Seyriuu

#120 Mira no vamos a llegar a un punto en común, pero una cosa sí te preguntaré, ¿Tú crees que ese juez consideraba a esa persona culpable pero por sus cojones morenos lo tergiversó todo porque le gusts absolver a pedófilos y además confiado de que obrar así no tuviera repercusiones sobre él mismo?

¿Es eso lo que crees que ocurrió?

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M

#137 No lo retuerzas, acostarse con una niña de 11 no era legal ni lo es, el tío lo hizo y salió impune usando la excusa estándar que a ese juez en específico le pareció válida.
#138 Yo creo que ese juez no ve gravedad en un hecho grave por sus creencias, muy posiblemente ancladas en una época donde ver a tios con niñas estaba normalizado. Me gustaría saber la edad del mismo.

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B

#139 Y cuáles son las tuyas? Hablas como si el juez hubiera impuesto las suyas cuando el se ve atado a un reglamento de leyes y sentencias los cuales determinan si hay delito o no.
Viendo las declaraciones, los informes periciales y las pruebas, "no pudo determinar" que hubiera delito en la realización del acto sexual. Remarco lo de "no pudo" porque sabemos que la chica tenía en su momento 11 años, que tenía una discapacidad mental pero en el momento del acto, el acusado las desconocía pues ni siquiera habían sido declaradas hasta pasado el hecho.

No se puede culpar a alguien por sus creencias sino por sus actos. Si en dos juicios realizados, en ninguno de ellos se ha podido probar que el acusado es culpable de los hechos no se le puede inculpar porque creamos que lo sea. Menos mal que existe "Eres inocente hasta que se demuestre lo contrario". Si no, hoy en día más de uno estaría en la cárcel por parecerse a un delincuente, haber estado en el lugar incorrecto en la hora errónea.

Si crees que se deben cambiar las leyes, te invito a presentarte a la carrera de abogacía y cambiar las leyes desde dentro, si piensas que estás son erróneas o arcaicas.

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Seyriuu

#139 O sea, que sí, crees que el juez absolvió el tío sin regirse por el código penal y los hechos probados, que le absolvió por sus cojones morenos.

#140 ¿No sería mejor meterse en política? Las leyes las cambia el legislativo, no el judicial, lo cojonudo es que el legislativo no tenga que pasar unas oposiciones tan duras como las de los jueces y sin embargo pueda modificar las leyes.

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M

#24 No se trata de desconocer la ley, sino los presupuestos fácticos.

Si tú mañana compras en el super un producto que ha sido robado sin tú saberlo, estás ignorando que robar es delito? No, estás ignorando que el producto era robado, y no creo que vayamos solicitando al comprador la documentación pertinente para corroborar que el producto ha sido adquirido legalmente cada vez que compramos algo, verdad?

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B

#142 ¿Y cuales son los presupuestos fácticos? ¿los que dice el agresor, no? Recordemos que la niña dice que aseguró que le comunicó su edad al agresor.

Al final vemos que tenemos una serie de acontecimientos, que se le exije a una niña de 13 años que tenga lucidez y sepa argumentar perfectamente como un adulto sin caer en contradicciones cuando el mismo agresor también en su declaracion tiene contradicciones (aparentaba 15, luego 19) y la interpretación le da la razón al unico de los dos que pudo manipular al otro o que pudo abusar del otro.

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M

#141 cada juez aplica su ley, es sabido. Otro juez quizás le hubiera penado por tener relaciones con una niña de 11 y no se hubiera tomado en serio esa excusa comodín.

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M

#143 Presupuesto fáctico: mantener relaciones con una persona menor de 13 años se castiga como delito de abuso sexual.

La niña dice una cosa y el hombre otra, ahí entra la prueba como en cualquier proceso judicial.

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B

Las personas mienten, las pruebas no.

El hombre diría que aparentaba 13 y luego 19 para cubrirse la espalda. De la veracidad de sus palabras y que no haya fallas en su discurso se determinará si miente
La chica dio consentimiento en el acto, que estaba más preocupada por lo que diría su padre que por haber tenido sexo.

Como no han podido demostrar la culpabilidad de la persona ni hubo dolo en el acto consumado tras las pruebas médicas, se determina que el hombre es "no culpable" de los hechos que se le inculpan.

Seyriuu

#144 Eso es, cada juez aplica su ley, propis, subjetiva y redactada por él. Y además no de evaluan si sus decisiones de salen de la ley nunca ni pueden destituirlos. Es un complot para que podamos follar con niñas.

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B

#145 De acuerdo contigo, ¿entonces?

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M

#148 Entonces hay que estar a la prueba en el proceso, y fallar en consecuencia.

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B

#149 Me estás explicando un juicio y creo que no entiendes que no voy por ahí. Estoy haciendo una crítica de como se interpretan los sucesos, de que la legislación tiene bastantes deficiencias a mi criterio a la hora de interpretar los abusos en las relaciones sociales, sexuales, amorosas,etc

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