El ayuntamiento de Waterloo abre expediente contra Arrimadas

B

#88 el asunto es muy sencillo

el ayuntamiento te puede decir que no hagas la manifestacion?

si tiene derecho a decirte que no, pues es un permiso

3 respuestas
Soy_ZdRaVo

#89 Lee otra vez el post que citas, digo que lo que tu describes se llama autorización/pedir permiso, pero que en España no funciona así. Lo pone clarísimo en la Costitución.

Otra cosa es que vaya alguien a comunicar, no tenga ni idea y le metan el toreo de su vida.

#91 El ayuntamiento desde luego que no puede no autorizar. Y menos mal, la administración mas corrupta de todas decidiendo sobre derechos fundamentales.

1 respuesta
alepe

Creo que ha quedado de sobras entendido xd

elred

#91 Tal cual, lo han entendido de sobra, pero mola más hacer copy & paste de internet para discutir a lo tonto.

#92 En España no funciona así, no.

Aquí tu comunicas que vas a realizar una manifestación y el estado puede no autorizártela.

Esto en la práctica se llama pedir permiso, lo ha entendido todo el mundo ya.

1 respuesta
Soy_ZdRaVo

#94 cualquier persona que haya aprobado Derecho Constitucional II no necesita ir a Google para entender cómo funcionan los derechos fundamentales en España xd

1 respuesta
_RUGBY_

#75 No me puedo imaginar como algo palpable, que se puede consultar ya que está tipificado en el código penal no existe..
Si en una lamentable actuación que denigra el marco jurídico europeo se negaron , no he visto cosa tan lamentable desde hace tiempo pero bueno ya les tocará en otra situación y llorarán por abrir la veda.

1 respuesta
alepe

Pues yo saque un notable en Consti I.

Algo falló, cuando soy más lazi que mi put* madre

1 respuesta
elred

#95 Lo que tienes que entender es que cuando tú tienes que comunicar lo que vas a hacer a alguien, el estado en este caso, y ellos te lo pueden prohibir, en la práctica se llama "pedir permiso" aunque en la teoría se llame de otra manera.

Lo ha explicado bastante bien #91

2 respuestas
Mewtwo

#98 el estado no te prohibe la manifestacion , tu mismo lo dices te dejaban hacer concentracion sin recorrido.

Lo que prohiben y pueden es evitar que cortes la castellana por que quieres manifestarte por la procreacion de las focas .

Interes general prevalece siempre.

3 respuestas
elred
#99Mewtwo:

el estado no te prohibe la manifestacion , tu mismo lo dices te dejaban hacer concentracion sin recorrido.

Si te la puede prohibir.

Soy_ZdRaVo

#98 Es que no pueden decirte no concentres, la jurisprudencia del TC es clarisima. Cuando no te autorizan tienen que darte una alternativa de recorrido o lugar (a no ser que sea xq es una manifestación ilegal)

La obligación de comunicar, previamente, a la Autoridad gubernativa la realización de la manifestación es, por el contrario, tan sólo exigible con respecto a las reuniones «en lugares de tránsito público» (art. 21.2). En la actualidad dicha comunicación se rige por los arts. 8 y siguientes de la L. O. 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, de cuyo régimen interesa destacar. En primer lugar, que no se trata de interesar solicitud de autorización alguna (art. 3, L. O. 9/1983), pues el ejercicio de este derecho fundamental se impone por su eficacia inmediata y directa (arts. 9.1 y 10.1 C.E.), sin que pueda conceptuarse como un derecho de configuración legal -sino tan sólo de efectuar una declaración de ciencia o de conocimiento a fin de que la Autoridad administrativa pueda adoptar las medidas pertinentes para posibilitar tanto el ejercicio en libertad del derecho de los manifestantes como la protección de los derechos y bienes de la titularidad de terceros, estando legitimada, en orden a asumir tales objetivos, a modificar las condiciones de ejercicio del derecho de reunión e incluso, a prohibirlas, previa la realización siempre del oportuno juicio de proporcionalidad y en esta última solución extrema siempre que concurra el único motivo que la Constitución contempla para sacrificar el ejercicio de este derecho fundamental: La existencia de razones fundadas de alteración de orden público, con peligro para personas o bienes; y en segundo lugar, que dicha actuación administrativa no es reconducible a ningún género de manifestación de autotutela, pues la imposición de condiciones gravosas o la prohibición del ejercicio de este derecho fundamental es inmediatamente revisable (art. 11 de la L. O. 9/1983), por una Autoridad independiente e imparcial, como lo son los órganos de Poder Judicial, a quienes la Constitución (art. 53.2), en materia de protección de derechos fundamentalcs, más que la última les ha otorgado «la primera palabra».

El TC ya en 1990, y te aseguro que hasta 2019 hay muchísimo mas escrito, hay hasta jurisprudencia sobre si la comunicación via redes sociales es válida (y entiende que si)

1 respuesta
Full_Royox

#96 pero los cargos por los que España intentó que les entregaran a Puxi no existen. De echo en Europa se parten el culo de nosotros cuando les dices que quieren detener a alguien por poner Urnas para que el populacho vote. Supongo que es lo que tiene vivir en el país de la pandereta y los estancados en los 70 :) . Es que los tienes que querer al final

1 respuesta
AikonCWD

Menudo derrail que han metido los sensatos al hilo para que se deje de hablar de lo subnormal que es Arrimadas haciendo lo que hace. Os daría manita y todo.

elred

#99 #101 Si te pueden prohibir una manifestación:

"El Gobierno prohíbe cuatro manifestaciones el día de la proclamación de Felipe VI"

La Delegación del Gobierno de Madrid ha prohibido la manifestación convocada por la Coordinadora Republicana de Madrid que coincidía en lugar y hora.

https://www.20minutos.es/noticia/2168073/0/prohiben-manifestacion/republicana-mismo-dia/proclamacion-rey-felipe/#xtor=AD-15&xts=467263

Primer link que he encontrado.

2 respuestas
B

Se pueden meter el expediente sancionador por el arco del triunfo estos pringaos xD

Soy_ZdRaVo

#104 Claro que pueden, pero no pueden autorizarte una manifestación.

Y hasta aquí el absurdo.

AikonCWD

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/participacion-ciudadana/derecho-de-reunion/requisitos-para-celebrar-manifestaciones

Pues aquí pone bien claro que tienes que pedir permiso e indicar una serie de datos.

1 respuesta
Mewtwo

#104 ahora te lees la noticia y dicen que es motivos de seguridad por el dia que se hace.

Que puedes hacer todas las piruetas que te de la gana pero no llevas razon

2 respuestas
_RUGBY_

#102 como no van a existir? Claro que existen otra cosa es que un juez de otro país se atreva a inmiscuirse en el proceso judicial afirmando que según su interpretación no está probada la violencia y no se le puede juzgar por rebelión que no por los otros cargos como malversación.. lo que es de pandereta es la actuación del juez alemán y si eh muy de pandereta cumplir la ley , se descojonan de un país que hace cumplir la ley , me imagino que baviera montase una rebelión y ya veríamos si tienen tanta paciencia como hemos tenido.

1 respuesta
elred

#108 No vengas con el cuento que tú has dicho:

#99Mewtwo:

el estado no te prohibe la manifestacion

Y si que pueden prohibírtela. Evidentemente tienen que alegar X motivos, no van a decirte que la prohiben por sus huevos morenos.
Hasta aquí creo que llegamos todos.

Soy_ZdRaVo

#107 no pone nada de permiso, pone comunicación.

Y ya está. Sabéis mas que yo y que el TC.

1 respuesta
Full_Royox

#109 Cumplir la ley dice xD. Si es que de verdad hay que quererlos xD

1 respuesta
_RUGBY_

#112 es verdad te dejo porque veo que se vive muy bien en la República imaginaria de Narnia

1 respuesta
AikonCWD

#111 Al comunicar que quieres hacer una manifestación, estás pidiendo permiso.

Ya que sin esa comunicación, no puedes hacer la manifestación de forma legal. No entiendo porqué dais tantas volteretas para defender a unos políticos que hacen el subnormal públicamente.

1 respuesta
1 comentario moderado
Soy_ZdRaVo

#114 Si yo he dicho que Arrimadas me parece retrasada haciendo esto.

Pero vamos, no es lo mismo comunicar que pedir permiso. Y si que puedes hacer una manifestación legal sin comunicación formal. O vamos, tu sabes mas que el TC. Que también es posible.

2 respuestas
kraqen

#97 Como si en las universidades no hubiera catedráticos con sus propias ideas de lo que deberían ser algunas cosas, que no se van a aplicar nunca porque su doctrina es completamente contraria a la jurisprudencia del Supremo.

A parte, solo hay que ver a bastantes profesionales del derecho metidos en el mundillo indepe diciendo que no se ha hecho nunca nada mal, todo correcto y ajustado a derecho nacional e internacional.

1 respuesta
AikonCWD
#116Soy_ZdRaVo:

Y si que puedes hacer una manifestación legal sin comunicación formal

http://interior.gencat.cat/es/arees_dactuacio/seguretat/manifestacions_i_concentracions/comunicacio_de_manifestacio_o_concentracio/

En caso de manifestación o concentración, la Ley dispone que hay que informar a la Administración por medio de un escrito de comunicación.

Y como lo harías? Puedes organizar una manifestación de XXX personas sin pedir permiso ni informar a nadie? Dónde está escrito eso? Porque yo solo veo escrito justo lo contrario.

1 respuesta
B

Waterloo! Nananana, waterloo! Uooo oh oh(8)

luciacoptero

Vaya no es la libertad de expresión de mi bando, vamos a tirar mierda jeje.

Usuarios habituales

  • ReEpER
  • Mewtwo
  • elred
  • Solomito
  • Soy_ZdRaVo
  • AikonCWD
  • _RUGBY_