Hacienda prepara una norma para entrar en tu casa sin avisar

B

Si no se pone el requisito de orden judicial en el título éste hilo es manipulador, sensacionalista y erróneo.

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Leoshito

Seguid pensando que esto es de "izquierda" o "podemita".

Esto son medidas que ya estaban apalabradas por los dueños de verdad del país y simplemente el PSOE las está llevando a cabo para no desgastar al PP cuando ganen en 3 años y no quiten ninguna de estas medidas que ahora os parecen tan mal pero luego justificaréis con que no es tan mala usando eufenismos.

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Soy_ZdRaVo

#91 la ley que proponen es para en la práctica no necesitar orden judicial. Es decir, quieren volver al automatismo que ha anulado el TS

Hasta octubre las órdenes se deban automáticamente si Hacienda las solicitaba. Ahora el TS ha anulado esas órdenes y con ello todo el procedimiento que venía detrás por falta de motivación

Leed las sentencias xd

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B

#92 Cuando gobierna el PP, que fachas son, cuando es el PSOE, todos son iguales.

Renueva el guión.

Deckard82

#92 Pero, ¿tú te lees? ¿Cómo puedes no reírte mientras escribes eso?

intelntl

Es mucho mejor avisar al traficante de que van a entrar para que vaya destruyendo pruebas.

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Soy_ZdRaVo

#96 hacienda no persigue delitos

Word-isBond
#92Leoshito:

para no desgastar al PP cuando ganen en 3 años

Estás tú que termina legislatura en 3 años, se va a ir antes.

PChuckNorris

Es curioso, la gran mayoría de aquí defendiendo el ojo por ojo, penas de muerte para ladrones, linchamientos y cosas varias para criminales pero no les gusta que puedan entrar en el domicilio o local de un delincuente. No, no procesan una orden judicial para entrar en un domicilio de vuestro amigo Jose Carlos ni la vuestra.
Pero es que el regimen xd

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Ebel

El síndrome de Estocolmo aplicado a la política.

Elinombrable

#88 ¿Utilizado? La noticia tiene todo el puto sentido del mundo. Otra cosa distinta es buscar el marco legal adecuado pero ese es otro tema. La realidad entre el titular sensacionalista y lo que da a entender #1 y la realidad es pura coincidencia pero aquí todos se tragan cualquier mierda que les pongan sin investigar lo más mínimo si es verdad o no.

Word-isBond

#99 Qué cojones va a ser curioso, lo curioso es que alguien vea bien esto sabiendo cómo se las gasta Hacienda, que algunos parece que salís de Parkilandia.

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B

A ver cuando hacen lo mismo para las inspecciones de trabajo y de sanidad.
Ah no... que eso no interesa.

Elinombrable

#102 La noticia se plantea partiendo de la base de que sigue siendo necesaria una orden judicial y por tanto hay un juez de por medio que mide la necesidad o no del registro en base a las pruebas existentes y al proceso abierto así que tu comentario carece de sentido. Nadie está hablando de que hacienda tenga carta blanca para entrar donde quiera cuando quiera. Eso es lo que algunos quieren dar a entender con el titular amarillista pero no deja de ser una puta mentira.

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B

#93 entonces lo que dice #12 no es cierto?

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Word-isBond

#104 No estamos hablando de eso amigo, ni él ni yo. Lee lo que ha escrito.

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Soy_ZdRaVo

#105 salvo que este gobierno cambie la Constitución:

“ La sentencia, de 1 de octubre de 2020, no admite la posibilidad de adoptar la autorización de entrada sin dar traslado previo de ello al sujeto a cuyo domicilio se quiere acceder”

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Elinombrable

#105 Yo no me he inventado nada. Lo he sacado de la propia noticia.

Indican los inspectores de Hacienda en su nota que, no obstante, están de acuerdo con la reciente sentencia del Tribunal Supremo que limita sus entradas en domicilios, en cuanto a que urge un desarrollo legislativo del domicilio constitucionalmente protegido, algo ya advertido por esta Asociación en el último Congreso, celebrado en octubre de 2019 en Zaragoza.

Se refieren a que la sentencia, de 1 de octubre de 2020, no admite la posibilidad de adoptar la autorización de entrada sin dar traslado previo de ello al sujeto a cuyo domicilio se quiere acceder, si bien exige que se motive, justifique y pruebe la necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida de entrada. Analizando el caso concreto, el Tribunal Supremo llega a la conclusión de que la autorización judicial adolece de ciertos defectos de motivación.

Está puesto en la misma noticia enlazada de la misma fuente:

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10823132/10/20/Los-inspectores-de-Hacienda-muestran-su-desacuerdo-con-la-obligacion-de-avisar-de-las-entradas-en-los-domicilios.html

#106 Tú has hablado de que alguien vea esto bien (la frase exacta fué "lo curioso es que alguien vea bien esto " ) y yo estoy defendiendo que veo esta petición perfectamente así que creo que hablamos de lo mismo. Mientras siga habiendo por medio la decisión de un juez, me parecería perfecto eliminar la necesidad de informar a la persona previamente para evitar destrucción de pruebas.

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B

#107 el aviso previo se le puede dar en la puerta o tiene algún requisito formal o de tiempo previo a la entrada?

#108 no digo que que te lo inventaras, de hecho creo que tienes razón y por eso le pregunto a otro usuario x su opinión acerca de lo que has dicho.
Estoy tratando de aclararme acerca de esto xD

Deckard82

Esto es lo mismo que el hilo de la ley mordaza del PSOE y las fake news. BIEN USADO es útil y necesario. Pero ni me fío de un uso responsable de la nueva ley mordaza PSOE ni me fío de un uso responsable de esto. Y éste es otro Artículo más de la Constitución Española que se follan. A ver cuál es el siguiente.

Word-isBond

#108 Estoy empezando a dudar de tus intenciones porque reitaradamente me hablas de cosas que yo no he dicho. Lee su post y luego mi respuesta, todo lo demás que me estás contando es otro tema del que ni él ni yo hablábamos porque ni él ni yo hacemos referencia a esta medida concreta.

Soy_ZdRaVo

#108 los Inspectores como fuente de derecho xd

Me parece genial que opinen que cambiando una ley de Hacienda les van a dejar entrar a domicilios pero ya les ha dicho el TS que la Constitución no lo permite

#107 yo entiendo que tienen que avisar de que inician el procedimiento y dar oportunidad para que te opongas.

No olvidemos que Hacienda no investiga delitos y que si investigasen algo grave irían por lo penal con otros procedimientos distintos (donde si se permite investigar en secreto)

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Elinombrable

#93 Si el juez da automáticamente la orden a cualquier solicitud de hacienda el problema es del juez que no mira lo que se solicita, no de hacienda. Es como si un juez autoriza cualquier orden de registro de la policía nacional. Pues el mismo problema. ¿Prohibimos también los registros de la policía o las redadas por si acaso se utilizan mal?

#112 Ellos simplemente piden cambios y un marco legal que lo permita. No veo mal el querer buscar una solución a un problema real. Lo que no tiene sentido es avisar al tío de que le vas a registrar y que cuando vayas al día siguiente haya desaparecido todo rastro de las pruebas y toda la documentación. Es absurdo lo mires or donde lo mires. Y el problema es que #1 lo vende como que hacienda va a tener carta ancha para entrar en la casa de cualquiera al más puro estilo dictadura a ver si estás declarando todos tus bienes, lo cual no es cierto.

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B

#113 no.

Un juez no puede tramitar ninguna orden de hacienda ni de ningún ministerio, un juez tramita lo que la Lec, el CP, la Lecrim y otras leyes orgánicas (DDFF) y no orgánicas determinan en función de la materia jurisdiccional.

Un juez lo único que hace es, en caso de que se eleve escrito de un inspector de hacienda, hechos que pueden constituir delito, para que este los investigue y el de hacienda se queda a la espera de que termine el proceso penal.

Y si ya vamos a un juez de lo contencioso, lo único que hace es ver si la resolución dictada por el organo competente se ajusta a Derecho administrativo.

Ilícito administrativo <-> ilícito penal

Y aquí lo que se quiere es incluir materias propias del orden penal al orden administrativo, de ahí que sea un escándalo.

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Deckard82
#113Elinombrable:

Lo que no tiene sentido es avisar al tío de que le vas a registrar y que cuando vayas al día siguiente haya desaparecido todo rastro y documentación. Es absurdo lo mires or donde lo mires.

#112 Entiendo que si hay una investigación que concluye a un registro domiciliario es porque, en dicha investigación, hay indicios de delito o falta, ¿no? Y en el caso de que haya destrucción de pruebas, se sumaría otro delito, ¿no?

Elinombrable

#114 Vuelvo a citar lo que pone la noticia que solicitan los inspectores de hacienda.

Indican los inspectores de Hacienda en su nota que, no obstante, están de acuerdo con la reciente sentencia del Tribunal Supremo que limita sus entradas en domicilios, en cuanto a que urge un desarrollo legislativo del domicilio constitucionalmente protegido, algo ya advertido por esta Asociación en el último Congreso, celebrado en octubre de 2019 en Zaragoza.

Se refieren a que la sentencia, de 1 de octubre de 2020, no admite la posibilidad de adoptar la autorización de entrada sin dar traslado previo de ello al sujeto a cuyo domicilio se quiere acceder, si bien exige que se motive, justifique y pruebe la necesidad, adecuación y proporcionalidad de la medida de entrada. Analizando el caso concreto, el Tribunal Supremo llega a la conclusión de que la autorización judicial adolece de ciertos defectos de motivación.

Lo único que solicitan es que se construya un marco legal que permita cambiar el que se tenga que avisar a la persona antes para evitar la destrucción de pruebas. Única y exclusivamente. Sigo sin ver el escándalo.

karlosin

#112 con una orden judicial no? que diferencia hay en la nueva ley modificada con la anterior yo no lo entiendo.

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Soy_ZdRaVo

#117 no hay ninguna nueva ley.

Simplemente el Ts dice que la práctica de dar todas las órdenes de entrada que solicitaba Hacienda es ilegal y que antes de una entrada y registro se debe haber iniciado un procedimiento sancionador y haberle dado traslado al obligado tributario.

Eso y que el primer paso de un procedimiento sancionador no puede ser la entrada y registro.

#113 Había un precepto en la ley que automatizaba las órdenes si las solicitaba Haciebda en el curso de un procedimiento sancionador.

Ahora eso ya no existe porque el Ts dice que no puede aplicarse

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karlosin

#118 pues menuda basura, que efecto sorpresa va haber, y ahora con esto del ecommerce y todo , muchos ejercen la actividad en su domicilio privado.

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garlor

#86 de donde sacas que se quieran ventilar mediante un procedimiento administrativo la inviolabilidad del domicilio?

ha explicado que ese derecho protegido constitucionalmente hay que conciliarlo con el hecho de que un investigador, CON AUTORIZACIÓN JUDICIAL, pueda acceder a esos locales sin previo aviso

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