Hechos Probados:
"Se declaran expresamente probados los que seguidamente se relacionan:
La acusada Eulalia trabajaba en la pastelería DIRECCION000, sita en el nº DIRECCION001 de DIRECCION002, cuando el día 15 de junio de 2016, avisó a su pareja sentimental Bernardino, para que fuera a recogerla al trabajo para llevarla al hospital dado que se encontraba embarazada y tenía pérdidas. Ese día Bernardino, tras el aviso, llegó muy alterado al establecimiento y, tras dirigirse a voces hacia el propietario del local Julián, propinó un puñetazo a un armario congelador del local causando desperfectos. Tras dichos hechos la acusada Eulalia quedó en situación de baja laboral por riesgo de aborto, permaneciendo de baja hasta mayo de 2017, no volviendo a trabajar más en la pastelería. El incidente anterior determinó que en el propietario de DIRECCION000, Julián presentara denuncia contra Bernardino por los delitos de daños y amenazas, lo que dio lugar a que se incoaran las diligencias previas nº 1134/16 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Gijón, incoándose procedimiento abreviado por los delitos de daños y amenazas el 7 de diciembre de 2016, procedimiento en el que se formuló acusación por el Ministerio Fiscal por un delito de daños intencionados del artículo 263 del código penal y de un delito leve de amenazas del artículo 171 del mismo texto legal por el que interesaba sendas penas de multa; mientras que la acusación particular que representaba a Julián formuló acusación por un delito de daños intencionados del artículo 263 del código penal, interesando por este delito se le impusiera a la pareja de la acusada Eulalia la pena de un año y tres meses de prisión. Tras dichos escritos de acusación se procedió a la apertura de juicio oral el 30 de enero de 2017. El enjuiciamiento de dichos hechos correspondió al Juzgado de lo Penal nº 3 de Gijón que en marzo de 2017 procedió a efectuar las citaciones para el juicio oral previsto para el 15 de mayo de 2017, entre las que se encontraba la de la acusada Eulalia como testigo. Conocedora la acusada Eulalia de la acusación que se formulaba contra su pareja, en la que la acusación particular interesaba pena de prisión y no deseando trabajar más en la pastelería DIRECCION000 una vez concluyera su situación de baja laboral, entró en contacto con el sindicato DIRECCION003 en abril de 2017 con un doble objetivo, obtener el mayor dinero posible de la extinción por ella pretendida de su relación laboral con DIRECCION000 y evitar la acusación que contra su pareja se cernía por la acusación formulada contra ella en el juicio que estaba previsto se celebrara en fechas próximas y en la que el dueño de DIRECCION000, Julián, interesaba una pena de prisión para el como acusación particular. En las reuniones que mantuvo en el sindicato tras explicar su situación, se concertó con los también acusados, Gumersindo (Secretario de Acción Sindical de la DIRECCION003), Gracia, Gabriela, Felisa y Florinda, acordando todos ellos iniciar una campaña de presión contra Julián y su familia con el objeto de que cediera a las pretensiones económicas de su empleada, la acusada Eulalia, y que estaba pendiente de enjuiciamiento. Dicha campaña de presión, la iniciaron los acusados remitiendo el 20 de abril de 2017 un burofax a Julián desde la Secretaría de Acción Sindical de la DIRECCION003, en la que se le instaba a reunirse el día 24 de abril a las 17 horas con dicho sindicato para tratar de resolver un conflicto con una trabajadora suya afiliada al sindicato. Como quiera que Julián, a través de su abogado les contestó que cualquier reclamación se hiciera a través de su representante legal, los acusados antes mencionados al no recibir una respuesta positiva a dicho encuentro, decidieron iniciar de inmediato actos de hostigamiento contra el empresario. Así el día 25 de abril de 2017 un grupo de personas no identificadas, que decían ser del sindicato DIRECCION003, se personaron en la pastelería DIRECCION000 solicitando hablar con Julián y, como quiera que el mismo insistió que cualquier cuestión que quisiera tratar con él lo hicieran a través de su abogado, se colocaron delante del establecimiento con pancartas, dificultando el paso al local a la clientela del mismo. Paralelamente, los acusados antes mencionados, decidieron confeccionar y difundir en su estrategia de forzar una negociación favorable a sus intereses, un vídeo en el que se tratara al empresario como un acosador sexual y laboral de la empleada Eulalia. Para ello, contaron con la colaboración del también acusado, el activista Blas, que el 25 de abril se encontraba invitado en el local que la DIRECCION003 usa en la DIRECCION004 de DIRECCION002 para dar una conferencia. Para la confección de dicho vídeo, el acusado Blas se desplazó dicho día junto con las también acusadas Felisa, Gracia y Gabriela, a las inmediaciones de la pastelería DIRECCION000 y realizaron un vídeo en el que tras exponer el acusado Blas que estaban delante de la pastelería DIRECCION000 para denunciar un caso de acoso laboral, la acusada Gracia relató como una trabajadora de dicho establecimiento, la acusada Eulalia, habría sufrido durante dos años, que había estado trabajando para el establecimiento DIRECCION000, primero acoso sexual y luego acoso laboral de otro calibre, así como explotación laboral, no teniendo vacaciones en los dos años que ha estado trabajando, tener que trabajar de forma obligatoria horas extras, sin remunerar, todo ello realizado por el empresario Julián, al tiempo que instaban a la movilización y solidaridad, mientras que el acusado Blas concluía con las siguientes manifestaciones: "MUCHÍSIMAS GRACIAS CHICAS, AQUÍ ESTE ES EL BAR LA PASTELERÍA DIRECCION000, AQUÍ EN DIRECCION002, POR FAVOR DESDE LAS REDES SOCIALES DIFUNDAMOS Y DIGAMOS STOP AL MALTRATO, AL ACOSO LABORAL DE LAS TRABAJADORAS. HAY UNA COMPAÑERA TRABAJADORA QUE HA SUFRIDO ACOSO LABORAL Y SEXUAL EN ESTA CAFETERÍA DIRECCION000 DE DIRECCION002 DURANTE DOS AÑOS, POR FAVOR MÁXIMA DIFUSIÓN EN LAS REDES SOCIALES Y VAMOS A SOLIDARIZARNOS CON ESTA TRABAJADORA, MUCHAS GRACIAS". Dicho vídeo de una duración de 4 minutos y 22 segundos en los que se refleja una supuesta entrevista entre el acusado Blas y las otras acusadas partícipes en el mismo, fue publicado por dicho acusado a las 20:50 horas del día 25 de abril de 2017 y compartido a las 12 horas en la página de Facebook del sindicato DIRECCION003 el día 26 de abril de 2017 en la que hacían constar: DIRECCION003- DIRECCION002 ha compartido el vídeo de DIRECCION005. Nuevo conflicto laboral PASTELERÍA DIRECCION000, en DIRECCION001 en DIRECCION002. Acoso sexual y laboral durante meses y meses. En este vídeo, grabado por Blas, compañeros del sindicato explican la situación. Boicot al acosados, insertando la fotografía de las acusadas ya referidas, con indicación de 12.376 reproducciones, concluyendo UN EMPRESARIO DE DIRECCION002 ACOSA A UNA TRABAJADORA Y LA DIRECCION003 NO CALLA ... Una trabajadora embarazada ..../ ..../ afiliada a la DIRECCION003 DIRECCION002 ha sufrido durante dos años acoso sexual y psicológico por parte del dueño de un bar. Difundir para que no quede impune este acosador .... Julián, habiendo tenido conocimiento de dichas publicaciones, a las 20:17 horas del día el 26 de abril de 2017 presentó una denuncia en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de DIRECCION002, en un intento de poner fin a las mismas y evitar que la reputación de su negocio se viniera abajo.
El 29 de abril de 2017, siguiendo con los planes de hostigamiento hacia el empresario con el propósito de que se doblegaran a sus pretensiones, desde la página de Facebook del sindicato DIRECCION003 de DIRECCION002, se volvieron a efectuar publicaciones relativas a la pastelería DIRECCION000, del siguiente tenor
" DIRECCION003- DIRECCION002
Pastelería DIRECCION000 en la DIRECCION001 presume de ser la mejor pastelería de DIRECCION002. Su dueño, Julián, afamado maestro pastelero con 30 años de experiencia y formado en París, Alicante, Madrid, e incluso Dubai (o eso dice él) ha conseguido ganarse una fama envidiable en el mundo del pastel.
Ha llegado el momento de descubrir el verdadero pastel que se cocina en el obrador de este negocio. Nuestro inigualable pastelero posee un curriculum envidiable en el sector del esclavismo laboral, del baboseo machista, de la humillación a sus empleadas y de la crueldad. Dos años tuvo trabajando a una persona en su lujoso centro de explotación, contratada a 40 horas semanales pero haciendo en torno a 80 horas extras al mes obligatorias, y como viene siendo tradición en el mercado laboral, sin remunerar. Las jornadas laborales ya de por sí eternas se incrementaban en periodos festivos: navidades, semana santa, puentes varios, etc.... En los que nuestra compañera apenas tenía tiempo de descansar, siendo obligada a empezar su jornada laboral 3 horas antes de la hora de comienzo de esta. Además, en los dos años que llevó a cabo su trabajo para este sujeto, le fueron denegadas el disfrute de vacaciones. Por supuesto todo esto sin desembolsar ni un euro, ya fueran de las horas extras o de las vacaciones. No es de extrañar que exprimiendo de esta manera a nuestra compañera, la pastelería de nuestro memorable maestro esclavista adquiriera tanta fama y renombre, ya que todos sabemos que la mejor manera de triunfar en este mundo es ser una "persona" sin escrúpulos, sin ninguna otra preocupación que el dinero y sin la más mínima sensibilidad hacia sus empleadas. Aunque no es del todo cierto esto último, ya que nuestro admirado maestro sinvergüenza sí que tenía algo de sensibilidad, aunque no de la que hablábamos más arriba, ya que no se cortaba ni un pelo a la hora de tratar a su empleada no solo como a una esclava, también como a un trozo de carne. En las interminables jornadas de trabajo, nuestro famoso maestro baboso se dedicaba a decirle cosas como "si pierdes tal apuesta te desnudas, le preguntaba qué ropa interior llevaba o se lo decía él directamente cuando le transparentaba el uniforme, el color y forma de lo que llevaba debajo. Tampoco se cortaba en mandarle wasaps a su número personal, algunos incluso con imágenes sexuales o insinuaciones poco insinuantes.
Cuando la compañera decidió cortar por lo sano este tipo de prácticas, nuestro célebre maestro acosador pasó a llevar a cabo prácticas de acoso laboral hacia ella; pasando de ser una gran trabajadora a una inútil total, menospreciando su trabajo, insultándola y haciéndole aguantar broncas constantes. Pero lo peor todavía estaba por llegar: en mayo de 2016 se queda embarazada, con lo que esto conlleva, y nuestro afamado maestro miserable no solo no le facilita el trabajo teniendo en cuenta su estado, si no que le recrimina sus caras de mareos y sus nauseas constantemente, llegando a decirle que no se puede ir a trabajar con una cara tan horrible, entre otras cosas. Por otra parte nuestro ilustre maestro ruin no creía según su criterio que un embarazo fuera algo delicado, con lo que seguía con sus prácticas esclavistas en cuanto a la jornada laboral y haciéndole cargar con sacos de 25Kg., no importándole lo más mínimo el estado de nuestra compañera. Llegó a tal punto la situación que nuestra compañera sufrió dos amenazas de aborto. La primera de ellas tuvo lugar estando en su puesto de trabajo y al darse cuenta de que estaba sangrando pidió primero para ir a la mutua, a lo que nuestro insigne maestro psicópata se negó, no dándole los datos de esta y negándole la documentación necesaria para acudir a ella, a lo que colaboró su bien amada esposa, insultando a nuestra compañera, llegando a decirle que era una mala persona y que recibiría "un castigo divino", si pedía la bajo por riesgo de aborto. En agosto, al fin recibió la baja por embarazo de riesgo y desde entonces lleva de baja, debiendo de reincorporarse a su centro de trabajo el día 11 de mayo. Lógicamente nadie querría reincorporarse a semejante centro de exterminio físico y psicológico, menos teniendo un bebé de menos de un año, pero nuestro prestigioso maestro despreciable se niega a facilitarle las vacaciones que le adeuda o una solución a esta situación. Desde DIRECCION003- DIRECCION002 estamos ya más que hartas de ver a gentuza exprimiendo las vidas de sus trabajadores a cambio de una miseria, pero este caso se lleva la palma, ya que no se trata simplemente de un tema de explotación laboral, se trata de acoso laboral y sexual, se trata de despojar de la dignidad a las personas, se trata de torturar a su empleada y poner en riesgo su embarazo, se trata de desprecio por la vida de las personas a fin de cuentas, a las que solo ve como máquinas que le sirven para embolsarse una buena cantidad de dinero, y lo que pueda pasar con ellas no es cuestión suya. Por ello solicitamos que no se consuma en el establecimiento de nuestro eximio maestro chupa-sangres no solo hasta que le embolse las cantidades que le debe de horas extras, vacaciones y demás, si no que le exigimos a este explotador, acosador y torturador una solución a la situación de nuestra compañera antes de que tenga que incorporarse el día 11 de mayo a esta sala de tortura psicológica y física que llaman PASTELERÍA DIRECCION000.
Porque hay cosas que no se pagan con dinero, y la dignidad de nuestra compañera, que fue pisoteada hasta límites insospechados por nuestro renombrado engendro pastelero, es una de esas cosas. Y como la dignidad no se paga, a las trabajadoras solo nos queda luchar juntas para recuperarla y en este caso, pasa por boicotear a la PASTELERÍA DIRECCION000. Apelamos a la empatía y a la solidaridad, llamando a no consumir, a no acercarse siquiera al negocio de este elemento, al que jamás podríamos calificar como persona, ya que lo que ha sufrido nuestra compañera lo podríamos sufrir cualquiera de nosotras. No sabemos si realmente están tan deliciosos los pasteles y demás bollería de la PASTELERÍA DIRECCION000, ni queremos saberlo, porque esos pasteles están elaborados con la explotación, el acoso y la crueldad bañados con una capa de la dignidad que le arrebataron a nuestra compañera, que sin duda vamos a recuperar y de paso, a hacer todo lo posible para que este tipo de gentuza no tenga espacio en esta ciudad y ninguna trabajadora tenga que sufrir tales atropellos. Porque no somos máquinas de hacer dinero, somos seres humanos y como tal debemos ser tratadas. Solo tenemos una opción: reclamarlo en la calle boicoteando a quienes nos explotan y nos humillan. BOICOT A PASTELERÍA DIRECCION000 RECUPEREMOS NUESTRA DIGNIDAD. NO COLABORES CON LOS EXPLOTADORES". En el momento, en que se efectuaron dichas publicaciones, la acusada Eulalia no había presentado denuncia penal alguna por acoso ni por ningún delito contra la libertad sexual ni tampoco había efectuado reclamación alguna en el ámbito de la jurisdicción laboral. Los acusados antes mencionados, a excepción del activista Blas, el cual ya no tuvo ninguna otra intervención desde la creación y emisión del vídeo por él confeccionado, lejos de parar en sus acciones de presión para conseguir sus objetivos, incrementaron las mismas, así el día 1 de mayo de 2017 a las 17:15 horas un grupo de personas portando banderas y pancartas del sindicato DIRECCION003 se presentaron a las puertas de la pastelería DIRECCION000 e increparon al dueño, dificultando la entrada y salida de clientes del establecimiento. Dichas personas a su vez iban entregando a la gente que pasaba por la calle pasquines en los que se utilizaban expresiones y manifestaciones similares a las que se habían difundido a través de Facebook. Dicha concentración se prolongó durante 20 minutos. Tras estas acciones iniciales, el 4 de mayo de 2017, las acusadas Florinda, Felisa y Gabriela, acudieron a la pastelería y tras penetrar en su interior diciendo que representaban a la DIRECCION003 y a la también acusada Eulalia, exigieron a la familia del dueño que tenia que entregar una cantidad de dinero a la acusada Eulalia en concepto de despido improcedente y retirar la denuncia penal contra el compañero sentimental de Eulalia, cuyo juicio estaba próximo y que si no lo hacían se recrudecerían las concentraciones frente a su negocio, exigiendo igualmente que se reunieran con el sindicato para tratar esos temas. Tras dicha visita, se concertó una reunión ese mismo día por la tarde en el despacho del abogado de Julián al que asistió este último y su hijo Edmundo, de una parte y, por la otra, el acusado Gumersindo y la acusada Gabriela. En dicha reunión, de nuevo el acusado Gumersindo exigió que Julián como empresario abonará una serie de cantidades en concreto: 170,76 euros por despido improcedente, 2533 euros por diferencias salariales, 1862 euros por vacaciones no disfrutadas y por horas que serían casi 14.000 euros, pero por este concepto solo reclamarían 1.601 euros, en total 6039,46 euros, redondeando a 6039 euros y que retiraran la acusación formulada contra el compañero sentimental de Eulalia y no reclamaran indemnización alguna por los destrozos causados en la máquina del local, y cualesquiera otras denuncias que pudieran haber presentado por los incidentes ya ocurridos, y que si no lo hacían habría más movilizaciones, dándoles un plazo perentorio para responder a tales exigencias. El 5 de mayo de 2017 el abogado de Julián llamó telefónicamente al acusado Gumersindo, comunicándole en representación de su cliente que no iban a acceder a la entrega de suma alguna de dinero a la acusada por un despido que no había producido ni tampoco a retirar las denuncias por él presentadas ni a modificar su posición en el juicio contra la pareja de la acusada Eulalia. Como consecuencia de lo anterior y en represalia por no acceder a las pretensiones requeridas, los acusados ya mencionados, decidieron incrementar las acciones de boicot y presión hacia el negocio la pastelería DIRECCION000, buscando que al final el empresario Julián, cediera y se aviniera a sus pretensiones, sobre todo teniendo en cuenta que el juicio en el Juzgado de lo Penal número 3 se iba a celebrar en 10 días. Desde dicha fecha y orquestada por los acusados ya mencionados, cuando no con su participación directa, se practicaron las siguientes concentraciones delante del negocio de Julián, Pastelería DIRECCION000:
El 9 de mayo de 2017 el acusado Gumersindo, acompañado de, entre otras personas, las acusadas Eulalia, Gracia, Felisa y Florinda, se concentraron delante de la pastelería, y mientras el acusado Gumersindo, a través del megáfono, llamaba acosados y explotador sexual al empresario, se incitaba a que no se acudiera a dicho negocio, a obligar a cerrar el local y a no entrar a él. Durando la concentración unos 50 minutos.
El 10 de mayo de 2017 se llevó a cabo otra concentración a partir de las 17:40 horas frente a la pastelería DIRECCION000 en la que se llegaron a reunir 60 personas que portaban banderas del sindicato DIRECCION003 y una pancarta con el texto contra la explotación laboral, solidaridad. Mientras por megafonía increpaban de forma constante al dueño del negocio con expresiones tales como " Julián, acosador paga y vete de DIRECCION002", a la vez que repartían panfletos informativos entre los ciudadanos que paseaban por el lugar. Concentración que duró hasta las 18:40 horas y en las que se encontraba de nuevo el acusado Gumersindo, junto al también acusado Nicolas, miembro de la DIRECCION003 y perfecto conocedor de las razones reales que llevaban a presionar al empresario (la exigencia de un dinero para la compañera del sindicato que estaba de baja y que no había efectuado reclamación judicial alguna en la jurisdicción laboral ni presentado denuncia alguna por acoso laboral o sexual, que el empresario cambiara su posición en el juicio penal que se iba a celebrar el 15 de mayo y que retirara todas las denuncias que hubiera podido presentar por los incidentes previos), quienes liderando a los concentrados y haciendo uso de la megafonía ambos, incitaban al boicot al empresario.
Al día siguiente el 11 de mayo de 2017, convocada a través de las redes sociales por el sindicato DIRECCION003, se practicó una nueva concentración, formando parte de la misma unas 60 personas, en la que de nuevo los acusados Nicolas y Gumersindo, haciendo uso de la megafonía y actuando como líderes de la misma profirieron gritos y cánticos en los que se decía "no colabores con los explotadores" "Boicot a DIRECCION000" y " Julián paga y vete de DIRECCION002". Concentración que concluyó a las 19:50 horas y en la que se llegaron a lanzar dos petardos de gran potencia en la calzada.
El 16 de mayo de 2017, tras constatarse que el juicio contra la pareja de la acusada Eulalia se había celebrado el 15 de mayo, sin que la acusación particular ni retirara la acusación ni modificara a la baja sus pretensiones punitivas consistentes en multa de nueve meses con cuota día de ocho euros por el delito de daños; un año y tres meses de prisión por el delito de amenazas y una indemnización de 1.179 euros, se orquestó una nueva concentración que duró desde las 19 horas hasta las 21 horas, de similares características y en la que estuvo cortado al tráfico rodado la calle durante la protesta.
El 19 de mayo de 2017 hubo otra concentración similar pero ya con 80 partícipes entre los que se encontraban de nuevo los acusados Gumersindo y Nicolas haciendo uso activo de la megafonía contra el dueño del establecimiento que duró desde las 19:00 horas hasta las 21:00 horas, en el transcurso de la cual se lanzaron petardos y bombas fétidas hacia el local; los asistentes portaban pancartas del sindicato convocante DIRECCION003 y en concreto una con el siguiente texto: " DIRECCION000 acosa y esclaviza DIRECCION002 Obreru Boicot al pasteleru".
El 25 de mayo de 2017 desde las 19:30 horas hasta las 20:45 horas hubo una nueva concentración de unas 50 personas, portando banderas del sindicato convocante, DIRECCION003, y una pancarta con el texto: "Contra la explotación laboral. Solidaridad, firmada por la DIRECCION003.
El 2 de junio de 2017 alrededor de 60 personas se concentraron desde las 19:30 horas hasta las 21:06 horas oyéndose reiteradamente gritos referidos al empresario en el sentido de "paga y vete de DIRECCION002", haciendo uso de megafonía, bocinas, arrojando petardos a la vía pública y aludiendo en alguna de las pancartas al acoso sexual por parte del propietario hacia una empleada, llegándose a cortar el tráfico rodado.
El 9 de junio de 2017 alrededor de 60 personas se concentraron desde las 19:30 horas hasta las 21:15 horas oyéndose reiteradamente gritos referidos al empresario en el sentido de "paga y vete de DIRECCION002", haciendo uso de megafonía, bocinas, arrojando petardos a la vía pública y aludiendo en alguna de las pancartas al acoso sexual por parte del propietario hacia una empleada, llegándose a cortar el tráfico rodado durante unos minutos. En dicha concentración de uevo se encontraba el acusado Gumersindo.
Asimismo se portaban banderas del sindicato y tres pancartas del siguiente tenor: contra la explotación laboral, solidaridad; DIRECCION000 acosa sexualmente y nun colaboradores con los acosadores".
El 16 de junio de 2017 alrededor de 50 personas se concentraron desde las 19:30 horas hasta las 21:15 horas oyéndose reiteradamente gritos referidos al empresario Enel sentido de "paga y vete de DIRECCION002", exhibiéndose dos pancartas del siguiente tenor: " DIRECCION000 acosa y esclaviza y DIRECCION000 acosa sexualmente".
El 28 de junio de 2017 se concentraron 25 personas desde las 19:30 horas hasta las 21:11 horas; donde se exhibieron pancartas en los términos ya referidos.
El 13 de julio de 2017, 22 de agosto de 2017 y 19 de septiembre de 2017 se realizaron nuevas concentraciones a las que asistieron, 10, 20 y 35 personas respectivamente, siendo la concentración del 19 de septiembre la última, al haber conseguido uno de sus objetivos los acusados, que Julián y su familia cerraran el negocio en DIRECCION002. El cierre fue la consecuencia directa de la presión, constante, reiterada y desproporcionada derivada del número de concentraciones que se realizaron como respuesta a no haber accedido a las pretensiones económicas de los acusados y de no haber reiterado ni modificado la acusación contra el compañero sentimental de Eulalia. Dichas concentraciones generaron un clima insostenible de inquietud, intranquilidad e inseguridad no solo al empresario Julián y su familia, sino también a las demás personas que trabajaban en la pastelería, así como a la clientela, que debido a las numerosas molestias que se les ocasionaba cuando acudían al local, algunos de cuyos clientes incluso fueron increpados por los concentrados, reprochándoles cooperar con un presunto acosador, dejaron de frecuentar el establecimiento. Como consecuencia de los hechos descritos Julián, Agueda y Piedad fueron diagnosticados de DIRECCION006, y ante la pérdida de clientela el empresario se vio obligado al cierre del negocio y venta del local por el cual percibió la cantidad de 212.500 euros, sin contabilizar el denominado fondo de negocio, ascendiendo a 35.428,10 euros los perjuicios económicos ocasionados al empresario. De dicha decisión se jactaron los acusados quienes tras el cierre, colocaron carteles por la ciudad con el membrete de la DIRECCION003 en los que se decía "hemos conseguido cerrar la pastelería DIRECCION000", publicándose igualmente en el Facebook de la DIRECCION003 en fecha 27 de septiembre de 2017 el siguiente texto: Nota conflicto pastelería DIRECCION000 ¡Buenos días!. Hoy queremos informaros de una importante novedad: la Pastelería DIRECCION000 ha cerrado sus puertas y cesado en la actividad empresarial, la respuesta del DIRECCION007 y del pueblo de DIRECCION002 ha sido contundente. Todavía queda mucho camino por recorrer: juicios laborales, penales, una retafla de denuncias, querellas ... Pero la noticia es importante: ¡¡todavía impera la solidaridad!!.
Los acusados carecen de antecedentes penales computables".