Maneras de cerrar la habitación (problemas con caseros)

M

Buenas, mis caseros entran cuando les da la gana en casa, se supone que según el contrato de alquiler pueden, pero sé bien que han intentado entrar en mi habitación y no me da la gana que puedan vulnerar mi intimidad de esa manera.
Mi habitación contacta mediante una ventana con un balcón que tiene puerta al resto de la casa, por lo que hasta ahora cerraba la puerta por dentro y dejaba la ventana de tal manera que pudiera volver a entrar cuando voy a estar fuera por un par de días. Hago croquis, lo que va en rojo son las puertas, y lo de azul es la ventana. La estancia de la izquierda es el balcón.

http://imgur.com/ccRjNUI

De momento el resto de compañeras de piso llegarán dentro de un par de días, por lo que hasta entonces quiero asegurarme de que no puedan entrar a mi cuarto.
Esta vez han vuelto a intentar entrar, pero conmigo en la habitación (tenía puerta atrancada y persiana bajada porque me lo olía, pero no esperaba que fueran a insistir tanto) y han subido la persiana desde fuera. He pegado un grito porque estaba ya en pánico y se han pirado de la casa.
La ventana es: persiana/ventana propiamente dicha/cortina de las que se enrrollan. Con la persiana han podido, pero me gustaría que me comentárais las maneras de bloquear la ventana (me he dado cuenta de que una no se puede cerrar del todo, lo típico que hace "click" y sólo se puede abrir desde dentro), adjunto imagenes:

http://imgur.com/SSLFzwI

Ahora mismo cuento con asesoría legal, no me da la gana mudarme de nuevo (además que significan $$), y llamaré a la policía si se da el caso de que lo necesite, sólo quiero saber maneras de asegurar mi habitación, en este caso, la ventana

Le_Diable

En el contrato pone que pueden ver tu habitación cuando les plazca?

1 respuesta
Whyspis

Los caseros no pueden entrar en el piso si lo tienen alquilado, ya que aunque sigan teniendo la propiedad y sean los dueños, te han cedido el uso a ti y, por lo tanto, como ya comentas, violan tu intimidad. Yo hablaría con ellos claramente, diciéndole que lo que hacen es delito y que no quieres que entren sin tu permiso.
Y en cuando a lo de la habitación, a mi se me ocurrió en un piso en el que tenia problemas con un compañero, comprar dos puntas con arandela y clavarlas una en el marco de la puerta y otra en la puerta de manera que al cerrar la puerta quedasen superpuestas y pasar un candado por ahí.

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HeXaN

No pueden entrar. Habla con ellos seriamente o denuncia directamente.

2
melonz

Dices que tienes asesoría legal y que según contrato pueden entrar cuando quieran.
Revisa tu asesoría.

15
B

Compra una cabeza de animal en la carnicería, llena el piso de velas, simbolos rituales y sangre falsa o real conseguida en la misma carnicería y pon la cabeza en el centro de un pentagrama en el suelo, te ahorras peleas y seguro que no entran más

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Miaumamiau

Como te han dicho, no pueden entrar. Y sobre insistir a entrar en la habitación cuando estabas tu, no les avisaste de que estabas allí para que dejaran de intentar entrar y a ver si así les daba verguenza o algo?

1 1 respuesta
thecaballero

Lo siguiente es que ha encontrado cámaras en las habitaciones. ¿Es legal que en un contrato de alquiler pongan que pueden entrar cuando les venga en gana?

Cosamala

#6 La cabeza en el pentagrama, pero siempre en clave de sol

10 1 respuesta
M

si, ya me han dicho que es una estafa el contrato

2 respuestas
B

#10 Entonces wtf ? No has probado a hablar de la ilegalidad del mismo con tus caseros ?

M

acaba de pasar todo esto y no me ha dado tiempo?

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LeeSinGafas

#12 Probablemente

Eristoff

A ver si dejáis de inventaros leyes, perfectamente el propietario puede entrar en el piso cuando le salga de los cojones mientras hayan alquilado únicamente las habitaciones y bajo determinas circunstancias. Otra cosa es que puedan entrar en el cuarto de la muchacha, eso es otra historia.

MVInvents

3 1 respuesta
M

hay un vacío legal, y estoy valorando denunciar de hecho. Pero mientras tanto necesito algo para asegurar mi intimidad

1 respuesta
B

#15 El poder del miedo.

1
M

#7 hice como que no estaba pero esperaba que fueran más normales xD
cuando he visto que estaban a punto de entrar he pegado un grito y llamado a la policía, no lo quería poner porque no quería centrar el debate en esto

Troyer

Tienes arrendado el piso o la habitación?

1 respuesta
M

#3 lo miraré, gracias!

Whyspis

#10 Ese contrato es ilegal, porque va en contra de la ley...

FrUcTuS

#14 ¿eres abogado o algo? No me he partido la cabeza buscando pero...

La Constitución española establece en su artículo 18.2 que el domicilio es inviolable.

"Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito."

La Constitución señala cuales son las dos excepciones a la regla, en las que se admite la entrada del propietario a la vivienda: 1) consentimiento del arrendatario y 2) autorización judicial.

Hay que tener presente que, mediante el contrato de alquiler, el arrendador cede el uso de una casa o piso para que una tercera persona pueda satisfacer su necesidad de vivienda, convirtiéndose así en su domicilio, tal y como señala el artículo 2 de la Ley de arrendamientos urbanos (LAU).

"Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario."

Por lo tanto, constituido el contrato de arrendamiento de vivienda, el inquilino y su familia establecen en ella su domicilio o su residencia habitual, en virtud del artículo 40 del Código civil.

"Para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones civiles, el domicilio de las personas naturales es el lugar de su residencia habitual."

Además, el Código Penal, artículo 202, considera como un agravante que la entrada a la vivienda se realice con violencia o intimidación.

  1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

  2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.

¿Es legal una cláusula en el contrato de alquiler que permita al arrendador el acceso a la vivienda?

No. Una cláusula contractual que permita al propietario el acceso a la vivienda de alquiler prescindiendo del consentimiento del inquilino sería ilegal.

En los supuestos contemplados en los artículos 21 y 22 de la LAU, en relación a la conservación de la vivienda y obras de mejora, pueden existir cláusulas contractuales que faciliten al propietario el acceso a la vivienda, aunque es aplicable igualmente si no se menciona en el contrato, y para ello seguirá siendo necesario el consentimiento del inquilino.

2 2 respuestas
B

#9 como se llame la estrella esa yoquese

Yahia

Pero que coño buscan entrando que hasta fuerzan la puerta mientras estás dentro? Están locos por como lo cuentas, deberías marcharte de ahí.

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M

#18 es por habitaciones, pero que de todas maneras muy legal lo que han hecho no es

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Troyer

Si subes una foto del contrato será más sencillo ayudarte.

#24 Si tienes alquilada una habitación puede haber una cláusula dentro del contrato que le de permiso a entrar cuando quiera en las zonas comunes de la casa (cocina, lavabo, habitación de las escobas), pero bajo ningún concepto a tu habitación.

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M

#23 en un principo no tenía muchas ganas, lo valoraré, pero mientras necesito algo para preservar mi intimidad.

M

#25 un momento, lo pongo en un edit del post

Eristoff

#21

Yo como propietario de mi casa puedo alquilar una habitación de la misma sin tener que irme de mi casa.
Yo como propietario de una casa puedo alquilar una habitación de la casa y poder acceder a la casa cuando quiera si así dejo constancia en el contrato.
Yo como propietario de una casa puedo alquilar la casa y entonces no podré acceder a la vivienda sin el consentimiento del arrendatario.

Pick one.

2 respuestas
M

#2 evidentemente no, y aunque así fuera va contra la ley

1 respuesta
M

#28 no viven ahí, pero vale. Sabrás más que abogados a los que he consultado y que incluso la propia policía.

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