Duda multa Renfe

AngelRK

Bueno pues hace unos 3 años (tenía 15, a punto de cumplir los 16 en ese momento) quedé con un chaval para intercambiar unas piezas de BMX y vino él a mi pueblo, entonces quedamos en la estación de tren, así que yo me colé en la estación sin pagar (sin intención de coger el tren, era cambiarle la pieza y pirarme para fuera a mi casa, pero bueno sé que eso no es relevante y me colé, asi que asumo la culpa de eso).

Total que me pillaron colándome, me pidieron DNI y me hicieron mi multita de 100€ que si la pagaba al momento era la mitad.

Pues bueno, nos informamos y mi tía le pregunta sobre el tema a un amigo suyo abogado, el cuál le dice que al ser menor de edad (15 años) tendrían que haber llamado a mis padres y no ponerme a mi la multa directamente.

Ante eso que nos dijeron decidimos no pagar la multa por lo que dijo ese abogado y por que mucha gente decía que no pasaba nada por no pagar una multa de Renfe.

Bueno pues hace unos 2 años llegó la multa de nuevo pero esta vez 300€ por el retardo. Debido a lo que nos había dicho el abogado, mi madre y yo hicimos un escrito que envíamos para recurrirla, alegando lo que nos dijo el abogado, que era menor y tal tal tal.

Pues ha vuelto a llegar, mismo importe y diciendo que puedo hacer otro recurso en menos de 2 meses.
También decir que en la multa pone que VIAJABA SIN BILLETE cuando yo estaba en un banco de la estación sentado, no llegué a coger el tren, pero bueno ahi van las dudas:

¿Que hago?:

-¿Recurro de nuevo alegando lo mismo que me dijo el abogado?
-¿Pasa algo si no se paga una multa de Renfe? Es decir, ¿te pueden llegar a embargar parte de una nómina o algo así o que suba incluso más el importe a pagar?
-¿Alguien sabe SEGURO si te pueden multar directamente con 15 años sin llamar a tus padres ni nada?

Resumen: Me cuelo en la estación de Renfe Cercanías para esperar a una persona en el banco y me multan por ''viajar sin billete'' teniendo 15 años y sin llamar a mis padres antes ni nada, ¿esto se puede hacer?

Gracias de antemano y perdon por el tocho.

kritita

Sois muy jóvenes en el foro

Mikelete

Sin subirte a un tren en que estación te han multado? Yo flipo.

2 respuestas
eXtreM3

Pero si a las estaciones no hay que colarse, se entra por la puerta sin más.

perez_chuck

#3 en una de pueblo, son así allí

#1 para la próxima le dices a tu colega que salga de la estación /logic

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hjesush

No hay grabación o algo? no sé.

sincahonda

Yo no le hubiese dado ni el DNI al de renfe.

Una vez me colé en el metro y me pillaron, y me dijo el tio que le diese el DNI, y yo le dije que no, me contesto que tenía permiso de la policia LOL, me reí y mi pire.

Yo no pagaba.

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AngelRK

#3 COmo te dicen por ahí, en una de pueblo xD

#5 Es lo más lógico, pero en mi vida había visto un solo revisor en esa estación así que me fié y pasó lo que pasó.

#7 Es lo que pensé luego, pero contando que era un niño de 15 años con 4 revisores y 8 seguratas delante... chungo xD. Ahora ni flipando me pillan, pero en ese momento con esa edad y con la bici y todo y nervioso pues mira...

Chaotic

#1 Da igual que viajes o no, si accedes a una estación sin billete o permiso del jefe de estación, te has colado y tienen la obligación de multarte.

#7 Un jefe de estacion, maquinista, interventor, es agente de la autoridad, puede pedirte la documentacion perfectamente, otra cosa es que te vayan o no a detener. Sin seguridad no se meten en marrones, ordenes de la empresa.

1 respuesta
Mikelete

Joder ahora me entero que hay estaciones que no puedes acceder al anden libremente para recoger-dejar a alguien...

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RU_386

#10 qué tal es la vida en tu aldea?

4 1 respuesta
B

A mí también me multaron siendo menor, es lo que hay. No creo que la edad influya. Si no la pagas ahora tarde o temprano te embargarán la cuenta (no te subirá más de 300€). No puedes hacer nada, deberías de haberla recurrido cuando te la pusieron, y no dos años después.

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Mikelete

#11 Más bien todo lo contrario... Como dicen eso sucede en pueblos...

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sincahonda

#9 Un jefe de estacion me come la polla.

art. 16.2 de la Ley 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana.

  1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos.

Un jefe de estacion no es un agente de fuerza y cuerpo de seguridad y me la come bien gorda, y si viene un policia solo se lo mostraré si:

a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito.

Y aun así puedo negarme, eso sí pasara esto:

  1. Cuando no fuera posible la identificación por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica, o si la persona se negase a identificarse, los agentes, para impedir la comisión de un delito o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a las dependencias policiales más próximas en las que se disponga de los medios adecuados para la práctica de esta diligencia, a los solos efectos de su identificación y por el tiempo estrictamente necesario, que en ningún caso podrá superar las seis horas.

Asi que yo no tengo porque darle mi DNI a un segurata o empleado de la estacion si yo no quiero.

3 respuestas
B

300 pavos lol, ve a juicio y alega que eras menor de edad (que para empezar no pueden multarte a ti) y lo segundo que estabas en el andén y la revisión es en el puto tren de toda la vida, es que manda cojones el revisor jaja

Además debería haber prescrito que sólo son de 6 meses. Yo no pagaba ni de coña

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AngelRK

#12 Si no pasa de 300€ ni tan mal, a ir recurriendo hasta que se cansen en ese caso... no sé la verdad XD

#15 Con la tontería son 300 pavos por estar sentado en un banco de la estación esperando a una persona que venía en un tren xD

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Just1n

#13 Claro, por ejemplo en Madrid se puede acceder libremente a los andenes de las estaciones de tren. Por si por ejemplo tienes que recoger a tu primo que viene del pueblo.

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B

#10 Joder En Gijón a la estación puedes entrar pero luego para pasar a los andenes hay una máquina donde debes meter el billete y si te cuelas ahí saltando la máquina pues será multa seguramente.

Es decir no puedes ir a los andenes aún sin haber montando en ningún tren sin pagar billete.

#17 Que cosa más rara en Gijón no puedes acceder a los andenes sin pagar billete, hay unas máquinas y 95% veces segurata delante de ellas por si las saltas.

Si esperas a alguién lo esperas en la estación pero en los andenes no.

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B

#14 También las FCSE tiene la opción de sancionarte por:

  1. La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.

Y soplarte de 601 a 30.000 euros por listo.

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B

#16 Da igual que recurras, cuando tengas una nómina y recibas el primer sueldo te embargarán esos 300€ sin que te de tiempo ni a sacarlo del banco.

B

Creo que la prescripción es a los 4 años al menos las de tráfico así que si no tienes nómina ni nada a tu nombre espera.

Mikelete

#18 No tenía ni idea y eso que pillo el tren varias veces al año a muchos puntos del País Vasco, Castilla, Galicia y nunca he visto eso de la máquina para acceder...

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sincahonda

#19 Si, pero estamos hablando de identificarse, ellos no pueden obligarme a identificarme y una ley superior me ampara, si me multan por eso se recurre.

Es decir una empresa publica o privada no puede tener normas encontra de leyes estatales superiores.

Lo que tiene que hacer es si soy menor o no lo soy es llamar a la policia, decirle lo que pasa y entregar pruebas si las tiene, el policia me pedira la identificacion o me llevara a comisaria para identificarme.

Y por supuesto si soy menor con mis padres mediante, si no demanda.

1 respuesta
B

#23 Te hablo de las FCSE no de seguridad privada o metro, que entre tus opciones no estaba la de sancionarte por la ley de seguridad ciudadana.

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sincahonda

#24 El FCSE dirá misa, a mi me ampara el codigo penal, o vienen con normativa CE o de la constitucion o no pueden ponerse por encima del codigo penal.

Lo tienes todo en la ley mordaza.

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B

#22 Estas son lás máquinas en la estación de Gijon y detrás están los andenes:

Sin pagar no pasas.
Y me parece gracioso el tema por que aunque avises que tienes que dar algo o avisar a alguien que está detrás no te dejan pasar sin pagar de ninguna manera, ya lo he intentado varias veces...
Y si entras tienes que pagar la entrada y la salida ojo con esto, doble billete para entrar y salir.
La gente que espera a alguien espera justo en el punto donde se ha tomado la foto y ven a la persona saliendo por la máquinita pero nunca dentro en el andén.

Mikelete

Dudo mucho que le embarguen la nómina nunca, no lo hacen ni las compañías de teléfonos aunque tengas 800€ de deuda. Administraciones y tal si.

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B

#25 Pero que hablas? Si te niegas a identificarte te pueden sancionar por la ley de seguridad ciudadana, que por cierto cuñado, si no lo sabes es ley orgánica igual que el código penal.

Me hace gracia que nombres para justificarte la misma ley donde te sale la sanción xD, ahí se ve lo que controlas.

otheR

#13 en Madrid capital no hay ni una sola estación (tanto de metro como de Renfe) que puedas acceder al andén sin haber pagado previamente. Esas cosas sólo ocurren en estaciones de las afueras, véase por Getafe/Las Rozas.

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iPoded

#14 la ley 4/2015 no tiene cabida en este thread es una ley posterior a la suipuesta infracción.

#1 Es una putada lo que te han hecho, en las mismas circunstancias a más de uno le habría pasado lo mismo asique no te preocupes. Tendrían que haber llamado, efectivamente y no haberte puesto la sanción.

¿que tipo de sanción es, podrías decirlo? (leve, grave o muy grave)

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