Magrebí quema la iglesia de Fontellas en Navarra

Zoth

El juez considera un ataque islamista la quema de la iglesia de Fontellas e impone al autor el alejamiento de edificios católicos

El detenido, magrebí, se ha radicalizado en viajes a Marruecos, celebra ganarse el cielo con la acción y reconoce acciones similares en otras iglesias.


Imagen de una de las figuras y del retablo seriamente afectados en el incendio de Fontellas.

Un juez de Tudela ha dictado este sábado un auto por el que acuerda el alejamiento a 10 metros de centros religiosos de culto católico al magrebí que el pasado jueves atacó y quemó varias imágenes de la Virgen en la iglesia de Fontellas.

Considera que se trata de un acto de una facción islámica contraria a los valores religiosos de occidente. Tampoco podrá acercarse a actos o ceremonias religiosas, como una procesión, de culto católico, sean públicas o privadas.

Esgrime en el auto que se trata de proteger los edificios católicos de más ataques, por lo que procede imponer "la medida de prohibición de acercarse o entrar en edificios, centros o lugares que tengan uso de culto religioso católico, así como cualquier acto de este contenido, estando vigente esta medida hasta la finalización de la causa bien por archivo bien por sentencia firme".

La Policía Nacional detuvo el viernes al autor del ataque, un magrebí residente en la Ribera. Fue el propio párroco de Fontellas quien alertó a las asistencias porque salía humo del tempo. Una de las capillas laterales quedó completamente destrozada y varias figuras ardieron. Parte de la ornamentación del techo de la capilla se cayó, y la nave del templo quedó ennegrecida por el hollín.

Desde el primero momento se consideró que el fuego era intencionado. La policía localizó en menos de 24 horas al autor, sobre el que el juez ha tomado ahora esta decisión de alejamiento de edificios de culto católico.

En el auto, el magistrado considera que en los últimos meses, el hombre se había radicalizado después de llevar una vida aparentemente normal. Sin embargo, tras volver de vacaciones a su país de origen, Marruecos, llevó a cabo la acción contra la iglesia de Fontellas, algo que significa un ataque al "patrimonio histórico cultural dado su valor económico y su valor para la mayoría de la localidad".

El juez considera en su auto que se trata de una acción más o menos coordinada por parte de una facción Islámica contraria a los valores religiosos occidentales.

El hombre ha reconocido los hechos, no se ha arrepentido y ha manifestado que se ha ganado el cielo gracias a su acción. Además, según las investigaciones de la policía, parece ser también el autor de otros ataques a iglesias de otras localidades cercanas en la Ribera de Navarra con daños en símbolos religiosos católicos, como la rotura de libros sagrados.

Según el juez, que pone de manifiesto que el hombre quemó unas "banderitas" al confundirlas con símbolos religiosos, todo hace pensar "que existe en el investigado una radicalización de carácter religioso, que no viene motivada por consumo de alcohol o drogas según el mismo manifiesta, ni en principio de alteración mental alguna".

Por este motivo el juez considera que hay que proteger los edificios y lugares de culto católico para impedir que se reiteren estas acciones, "que con mayor o menos interés económico, vienen a producir una desazón e incluso indignación en las localidades donde se han producido".

Fuente - http://www.navarra.com/articulo/tribunales/ataque-islamista-fontellas-iglesia-magrebi-marruecos-faccion-islamica/20160910170931065776.html

josepginer

Quema una iglesia y se le ordena no acercarse a 10 metros de otros edificios xddd Marca España, que pena de país.

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vinilester

Menuda pena le han metido al pobre. Prohibido acercarse a menos de 10 metros a una iglesia.
Lo mismo me autoimpuse yo mismo hace 30 años.

60 1 respuesta
A

Si quemo yo una mezquita, ¿me impondrán la misma pena? Puta justicia de mierda.

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Link34

Un premio al redactor de la noticia

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Macharius

No se trata de quemar una iglesia, sinagoga o mezquita, se trata de una salvajada independientemente si está motivada por ideología política o fanatismo religioso.

Sinceramente no entiendo la pena, prender fuego a una iglesia, lo único que le imponen es no acercarse a menos de 10 metros… Según el Código Penal:

De los delitos de incendio:

Artículo 351

Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.

Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código.

Artículo 266

1. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años el que cometiere los daños previstos en el apartado 1 del artículo 263 mediante incendio, o provocando explosiones, o utilizando cualquier otro medio de similar potencia destructiva o que genere un riesgo relevante de explosión o de causación de otros daños de especial gravedad, o poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas.

Artículo 263

1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño.

  1. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que causare daños expresados en el apartado anterior, si concurriere alguno de los supuestos siguientes:

1.º Que se realicen para impedir el libre ejercicio de la autoridad o como consecuencia de acciones ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, bien se cometiere el delito contra funcionarios públicos, bien contra particulares que, como testigos o de cualquier otra manera, hayan contribuido o puedan contribuir a la ejecución o aplicación de las Leyes o disposiciones generales.
2.º Que se cause por cualquier medio, infección o contagio de ganado.
3.º Que se empleen sustancias venenosas o corrosivas.
4.º Que afecten a bienes de dominio o uso público o comunal.
5.º Que arruinen al perjudicado o se le coloque en grave situación económica.
6.º Se hayan ocasionado daños de especial gravedad o afectado a los intereses generales.

RPV: No entiendo la pena, según el CP debería haberle caído de 1 a 3 años y una multa de 12 a 24 meses...

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B

Esto no es la pena por haber quemado la iglesia, no hay sentencia sino unas medidas preventivas al autor de los hechos.

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Madball

Si dice que ya se ha ganado el cielo, eutanasia y que se vaya con Allah.

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B

Confirmamos ya que vuelve la república de mano de los moros?

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P

#8 Eutanasia?
Una paliza mejor.

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A

No acercase a 10 metros pffffff Jajajajaajajajajajajajaja me meoooo, país de pandereta

s0ny

Pero...

Cuando vuelva a hacer lo mismo y le pillen qué dirá al juez: Era mi primerito día!!

Y le darán una subvención para adaptarse al país? Esto es de chiste.

A-tuin

Por no hablar de que ir por ahí quemando edificios es una forma bastante fácil de matar gente, debería tener una pena de verdad y no esta mierda.

1mP

Después te cagas en la puta madre del Rey o prendes fuego a una bandera española y te meten en la cárcel. Leyes a la altura de nuestra democracia.

LmrZ

necesitamos que vengan mas valientes como este

klarens

como ha dicho #7, esto no es la pena por el delito, sino una medida preventiva mientras se resuelve el caso y se dicta sentencia o se cierra. A ver si aprendemos a leer chicos :S

Kenderr
#1Zoth:

Según el juez, que pone de manifiesto que el hombre quemó unas "banderitas" al confundirlas con símbolos religiosos, todo hace pensar

Omg, menudos individuos.

Averno

Una iglesia?

4
B

Espero que ahora surja otro movimiento que queme mezquitas..., entre ambos grupos radicalizados podriamos avanzar mas que en los ultimos 10 siglos..., a ver si el ojo por ojo y no queda ni un edificio en pie de sectas similares.

Javimorga

Si hubierais leído la noticia veríais que es una medida preventiva mientras sale el juicio...

Por cierto, ¿no hay ningún tipo de pena para la destrucción de obras de arte?

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Hardy

Que nooo hombre, que los viven aqui entre nosotros estén perfectamente integrados en nuestra forma de vida.

xDD

Kenderr

#20 En los casos en que el daño causado al Patrimonio Cultural de Navarra pueda ser valorado económicamente, la infracción será sancionada con multa que será como mínimo el valor del daño causado y como máximo el cuádruplo del valor del daño causado.

  1. En el resto de los casos procederán las siguientes sanciones:



a) Infracciones leves: sanción de hasta seis mil euros.

b) Infracciones graves: sanción de hasta ciento cincuenta mil euros.

c) Infracciones muy graves: sanción de hasta seiscientos mil euros.

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, la cuantía de la sanción no podrá ser en caso alguno inferior al beneficio económico obtenido como resultado de la actuación infractora.

  2. Los sujetos responsables podrán ser sancionados, según los casos, además de con las multas previstas en este artículo, con las siguientes sanciones accesorias:

a) El decomiso de los materiales y utensilios utilizados en la actividad ilegal.

b) En el caso de los profesionales, inhabilitación para intervenir profesionalmente con las Administraciones Públicas de Navarra en actividades relacionadas con el Patrimonio Cultural por un plazo de hasta dos años en las infracciones leves; de hasta cinco años en las infracciones graves y de hasta diez años en las infracciones muy graves.

c) Pérdida durante un plazo de hasta cinco años de la posibilidad de obtener subvenciones públicas, convocadas y concedidas por las Administraciones Públicas de Navarra y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales.

d) Prohibición durante un plazo de hasta cinco años para celebrar contratos en materia de Patrimonio Cultural con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y con las Administraciones Locales de Navarra.[/i]

Fuente

Esto es infracción muy grave y en base a la legislación de patrimonio de Navarra.

1
S

Si se han quemado esas cosas es porque Dios lo ha permitido. Quienes somos nosotros para cuestionar su voluntad?

Meleagant

Me da a mi que lo del alejamiento es una medida cautelar y que al individuo todavía no lo han juzgado. No quemas una iglesia, ni ningún edificio, y te vas de rositas.

B

A veces sueño con un mundo sin religiones, no me creeríais si os cuento lo que veo en ellos.

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Nerviosillo

#25 ¿Desmotivación y depresión en un alto número de personas que necesitan algo en lo que creer?
¿O sería la ciencia y el mismo ateísmo su nueva religión?

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B

#26 no exactamente... La religion desaparece y gracias a eso la gente recupera su verdadera espiritualidad.

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Yandr0s

Disfrutad lo multiculturalizado

hjesush

Un magrebí quemando cosas, notición.

Nerviosillo

#27 Entonces puede ser un sueño bonito.

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